«La ruta para la empleabilidad», la estrategia del Gobierno para buscar el empleo decente e inclusivo

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El Ejecutivo aprobó la estrategia, denominada «La ruta para la empleabilidad», como mecanismo para que los servicios de promoción del empleo, empleabilidad y emprendimiento, se brinden de acuerdo con el perfil del ciudadano, considerando sus necesidades y oportunidades de mejora en la construcción de su trayectoria laboral. La finalidad de la estrategia es brindar a los ciudadanos los citados servicios bajo un esquema de articulación fáctica y digital, que coadyuve con la mejora de las condiciones de empleabilidad laboral. De esta manera, el Gobierno busca atender más activa e integralmente al ciudadano que incida en la promoción del empleo decente e inclusivo, transitando desde esquemas básicos de empleo a mejoras de las condiciones de empleabilidad. Por eso, la dirección general reportará trimestralmente a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo sobre (i) los ciudadanos que son atendidos en el marco de la intervención denominada Centro Integrado «Formaliza Perú»; (ii) otros mecanismos, intervenciones, planes y/o políticas a cargo de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo o de sus unidades orgánicas, previa coordinación y (iii) los trabajadores que han salido de la planilla electrónica, de acuerdo con las competencias de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, y de acuerdo con la información que solicite a las oficinas competentes. [MTPE, R. M. 300-2022-TR, 11/11/2022] Leer más

El MTPE oficializa el Plan de Acción Sectorial «Por más trabajo formal 2022 – 2023»

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La Política Nacional de Empleo Decente, aprobada por el Decreto Supremo N.° 013-2021-TR, promueve las condiciones institucionales, económicas y sociales necesarias para enfrentar el problema público del déficit de empleo decente, y de este modo garantiza que la población económicamente activa ocupada acceda a un trabajo decente y productivo; asimismo, cuenta con seis objetivos prioritarios que pretenden dar solución a este problema: i) Incrementar las competencias laborales de la población en edad de trabajar; ii) Fortalecer la vinculación entre la oferta y la demanda laboral; iii) Incrementar la generación de empleo formal en las unidades productivas; iv) Ampliar el acceso a la protección social, derechos y beneficios sociales de las y los trabajadores; v) Incrementar la igualdad en el empleo de la fuerza laboral potencial; y vi) Generar un entorno social e institucional adecuado en el país. Bajo estas consideraciones, el MTPE oficializa el Plan de Acción Sectorial «Por más trabajo formal 2022 – 2023». [MTPE, R. M. 302-2022-TR, 11/11/2022] Leer más

Pregunta

A consulta pública, las virtuales modificaciones al Reglamento de la Ley de Inspección Laboral

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El sector Trabajo saca a consulta pública el proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 019-2006-TR, y su exposición de motivos, para recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; durante el plazo de diez días calendario, contados desde mañana. La Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo se encargará de recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. [MTPE, R. M. 298-2022-TR, 11/11/2022] Leer más

Se espera el reglamento | Cinco días de licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado

Con esta norma, los trabajadores del sector privado que pierdan un familiar cercano tendrán cinco días de licencia, periodo que podría extenderse cuando el deceso se produzca en un punto geográfico distante del centro laboral. Esto según la Ley N.° 31602, que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado. El artículo primero de la ley detalla que la licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos se otorga por un plazo de cinco (5) días calendario. Cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro laboral del trabajador, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia, de acuerdo con lo que señale el reglamento. En su artículo segundo se detalla, además, que los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre licencias, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador. [PL, Ley 31602, 5/11/2022] Leer más

Washington Alosilla Robles es el nuevo director ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios del MVCS

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El sábado se designó a Washington Alosilla Robles en el cargo de director ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 313-2022-Vivienda, 6/11/2022] Leer más

Trabajadores que tengan uno o más hijos, mayores de edad, con discapacidad severa también percibirán la asignación familiar

Con esta ley se modifica el artículo 2° de la Ley N.° 25129, Ley que dispone que los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán el equivalente al 10 % del ingreso mínimo legal por todo concepto de asignación familiar. Así, el nuevo texto de este artículo establece que tienen derecho a percibir esta asignación los trabajadores que tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años. Ahora, si el hijo, al cumplir la mayoría de edad está cursando estudios superiores o universitarios, el beneficio se extenderá hasta que termine dichos estudios, por hasta un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de su mayoría de edad. Lo nuevo en la ley es el siguiente añadido: «Asimismo, tienen derecho a percibir esta asignación los trabajadores que tengan uno o más hijos, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada de conformidad con lo normado por la Autoridad Nacional de Salud, salvo que perciban la pensión no contributiva por discapacidad severa establecida por la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad» (sic). El Poder Ejecutivo, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de mañana, tendrá que adecuar el Reglamento de la Ley N.° 25129, aprobado por el Decreto Supremo N.° 035-90-TR. [PL, Ley 31600, 3/11/2022] Leer más

El fin de todas las restricciones impuestas por pandemia | El Ejecutivo levanta el estado de emergencia por la COVID-19

Con este decreto supremo, el Ejecutivo oficializa el fin del estado de emergencia por la COVID-19 y de todas las restricciones impuestas. En su parte considerativa, la norma señala que se «ve por conveniente» derogar el Decreto Supremo N.º 016-2022-PCM, que establecía el estado de emergencia, debido al contexto actual sobre la evolución de la pandemia del coronavirus, el avance del proceso de vacunación, la disminución de la positividad, la disminución de los pacientes internados en las unidades de cuidados intensivos y la reducción de la cifra de los fallecimientos a causa de la COVID-19. La única disposición complementaria final del decreto dispone que el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, dentro del ámbito de sus competencias y en permanente articulación, «promueven» el uso facultativo de mascarillas, la vacunación contra la COVID-19 y otras medidas de promoción y vigilancia de prácticas saludables y actividades, en relación a la emergencia sanitaria. [PCM, D. S. 130-2022-PCM, 27/10/2022] Leer más

Edición Extraordinaria: la emergencia por la COVID-19 se amplía por 31 días más, pero sin mascarillas en espacios abiertos

El Gobierno oficializó el decreto que establece el uso obligatorio de mascarillas solo en los hospitales y el transporte público. Se trata del Decreto Supremo N.° 118-2022-PCM que prorrogó además, el estado de emergencia a nivel nacional por el plazo de 31 días calendario, a partir del 1 de octubre del 2022, por las graves circunstancias que afectan la vida y la salud de las personas como consecuencia de la COVID-19. El decreto precisa en su artículo 4.1 que «es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), en establecimientos de salud, vehículos del servicio de transporte terrestre de personas y espacios cerrados sin ventilación. Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos y espacios cerrados ventilados. Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados» (sic). En las instituciones educativas, el uso de la mascarilla es opcional para los estudiantes y los docentes, pero se debe garantizar la ventilación adecuada de las aulas. Para restaurantes o similares espacios cerrados y sin ventilación «la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) sólo al momento de ingerir los alimentos» (sic). [PCM, D. S. 118-2022-PCM, 29/09/2022] Leer más

Edición Extraordinaria: este lunes 3 de octubre será día no laborable compensable para los miembros de mesa

El Gobierno declaró este lunes 3 de octubre «día no laborable compensable» para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022), que se desarrollarán este domingo 2 de octubre. El Decreto Supremo N.° 016-2022-TR, publicado este jueves 29 en una Edición Extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano», dicta una serie de facilidades para los miembros de mesa y electores en el marco de las elecciones. Según el artículo 1° del decreto el 3 de octubre será día no laborable de naturaleza compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones. «Para tal efecto, los empleadores de los sectores público y privado adoptan las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en el numeral precedente» (sic). Para gozar del beneficio del día no laborable, «el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación» entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). [MTPE, D. S. 016-2022-MTPE, 30/09/2022] Leer más

Fátima Soraya Altabás Kajatt es la nueva asesora II de la Secretaría General del MVCS

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Se oficializó la designación de Fátima Soraya Altabás Kajatt en el cargo de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 260-2022-Vivienda, 20/09/2022] Leer más