El proceso no puede caer en abandono si está suspendido por mandato judicial

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

 

La posesión real y efectiva (y no la prueba formal) del predio en litis es lo que exige el ejercicio de la acción del interdicto de recobrar

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El procedimiento para proteger la naturaleza de la complejidad de la investigación preparatoria es la tutela de derechos y no el control del plazo

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Un nombre comercial no utilizado en el mercado y una razón social en sí no permiten anular una marca por supuesta mala fe

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
La Corte Suprema precisa que «la causal de nulidad relativa de un registro de marca por haberse efectuado de mala fe es una causal abierta para que se proscriba cualquier conducta que pretenda falsear el propio ordenamiento jurídico, la competencia en el mercado o hacer daño a un competidor determinado; empero un nombre comercial no utilizado en el mercado y una razón social en sí no confieren un derecho que permita anular una marca por supuesta mala fe». Al revisar este caso, y expuestas las razones esenciales que sustentan la recurrida, la Corte Suprema aprecia que «esta tiene determinadas premisas fácticas [pf], consistente en las proposiciones fácticas comprobadas determinadas por el órgano jurisdiccional de segunda instancia tras la valoración probatoria, las mismas que residen básicamente en las siguientes: [pf1]. Corporación 911 no acreditó la titularidad del nombre comercial ‘Seguridad 911’ con el que sustentó su pedido de nulidad de la marca registrada a favor de Goe 911. [pf2]. (…) Leer más

¿El fiscal debe precisar la pertinencia, utilidad y conducencia de cada acto de investigación durante la etapa de investigación preparatoria?

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Con los artículos 60, 64, 65, 122, 336, 337, apartado 1 y 3, del Código Procesal Penal, la Corte Suprema (CS) advierte que las instancias inferiores consideraron que en las disposiciones fiscales no se precisó el objeto de las testimoniales convocadas, solo se anotó que tales declaraciones eran necesarias, «por lo que, como estimaron que es obligación del fiscal fijar el objeto de un acto de investigación» (sic). Sin embargo, explica la máxima instancia judicial, «como el modelo de investigación implantado por el Código es ‘participativo’, resulta evidente que, de un lado, el imputado y su defensa, así como las demás partes procesales, deben conocer -ser notificados- de los medios de investigación y demás diligencias de investigación que deben realizarse; y, de otro lado, éstos tienen el derecho de intervenir en ellas, así como de solicitar otros medios de investigación, si fueran pertinentes y útiles (…). Sin embargo, el nivel de exigencia o rigurosidad de los juicios de pertinencia y utilidad no es el mismo -o de igual intensidad- luego de la interposición de la pretensión (formulación de la acusación: procedimiento intermedio) o ya en el plenario (procedimiento principal o de enjuiciamiento), en los que (i) ya culminó el procedimiento de investigación preparatoria y (ii) ya se tiene claro el hecho punible indagado y qué medios de pruebas sirven para sostenerlo en el plenario, por lo que el control de su admisión en estas etapas procesales es pleno (…). Leer más

copring

Que la marca a registrar lleve un término de uso común para la clase que distingue no significa que exista semejanza y que genere riesgo de confusión

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
  La Corte Suprema (CS) explica, en este caso, que «si bien es cierto que en las marcas en conflicto existe un término semejante, como lo es SURE, pero, atendiendo a las pautas establecidas por la Comunidad Andina (…), la apreciación en conjunto de las mismas (desde el punto de vista fonético) evidencian que aquellas presentan notorias diferencias, pues en el caso de la marca de la demandante, se encuentra conformada por vocales y consonantes son: E-U-E / N-S-R; mientras que en el caso de la marca de la empresa codemandada, (…) se conforma de vocales y consonantes que son: E-A-U-E / N-F-S-R; por consiguiente, de la combinación de aquellas vocales y consonantes, evidencian que la pronunciación presentan notorias diferencias (…). Leer más

Corte Suprema: la pertenencia o integración a una organización delictiva es un criterio clave para atender a la existencia de un serio peligro procesal

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

La Corte Suprema recuerda desde cuándo se inicia el plazo de caducidad del proceso de nulidad de cosa juzgada fraudulenta

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Ninguna municipalidad puede fijar un plazo mayor al que establece la ley para mantener vigente su facultad sancionadora

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Valoración de la testimonial de la víctima de violación sexual: «no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales»

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo: