Contar es lo primero | Censos Nacionales XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas
El Poder Ejecutivo declara de interés y prioridad nacional la ejecución de los censos nacionales XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas, a realizarse en el año 2025. La fuente de información de los censos nacionales serán las personas naturales que se encuentren en el territorio nacional al momento del empadronamiento. En la parte considerativa de este decreto supremo, se explica que estos censos constituyen la fuente primaria más importante de información estadística de un país para conocer la estructura, crecimiento y distribución de la población, viviendas y comunidades indígenas, y su distribución espacial dentro del territorio nacional; además, sirven de insumo para la adecuada formulación y evaluación de los planes nacionales de desarrollo. Leer más










