El SID-Sunarp tramitará partes consulares con firma digital sobre poderes y mandatos
/0 Comentarios/en Civil, Gestión pública, Gobierno, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesA partir de mañana, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) ampliará el alcance de la presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación digital SID-Sunarp de partes consulares con firma digital del funcionario consular que contengan los actos de revocación, modificación, ampliación, sustitución y rectificación de poder, para su inscripción en el Registro de Mandatos y Poderes. Esta presentación dispuesta es un medio alternativo a la presentación de partes consulares en soporte en papel que deben cumplir los funcionarios consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.), y bajo las reglas de excepción que dicte tal entidad conforme al Reglamento Consular. Las funcionalidades y actuaciones procedimentales directamente vinculadas con la presentación y tramitación electrónica de títulos que contengan los actos inscribibles señalados en esta resolución se regulan por lo previsto en la Directiva DI-002-SNR-DTR (V.02), cuya versión actualizada fue aprobada por la Resolución N.° 186-2023-Sunarp-SN; así como, por los lineamientos establecidos en el artículo 3° de la Resolución N.° 089-2024-Sunarp-SN. [Sunarp, R. 00164-2025-Sunarp-SN, 30/10/2025] Leer más
Perú impone requisitos sanitarios para importar embriones de bovino colectados y fertilizados in vitro desde el Uruguay
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) impuso requisitos sanitarios para la importación de embriones de bovino colectados y fertilizados in vitro procedentes de la República Oriental del Uruguay. Se trata de la Resolución Directoral N.° D000026-2025-Midagri-Senasa-DSA, que autoriza la emisión de los permisos sanitarios de importación para las mercancías pecuarias mencionadas. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente acto resolutivo se podrá aprobar y aplicar las medidas sanitarias que sean necesarias. [Midagri, R. D. D000026-2025-Midagri-Senasa-DSA, 30/10/2025]
El Senasa impone requisitos para importar plantas de zarzamora desde Chile y para material vegetal criopreservado
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTodo cobro municipal por tramitar licencias de edificación debe seguir la metodología establecida por la PCM
/0 Comentarios/en Comercio, Gestión pública, Gobierno, Indecopi /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declara barrera burocrática ilegal lo exigido en los procedimientos 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N.° 0000308-MDSA. Según resolvió la Sala, la Municipalidad Distrital de Santa Anita (MDA) no acreditó haber elaborado la estructura de costos que sustenta los cobros por la tramitación de los procedimientos para la obtención de licencias de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo, medio, alto y muy alto, de acuerdo con la metodología establecida en el Decreto Supremo N.° 064-2010-PCM; en consecuencia, tales cobros constituyen barreras burocráticas ilegales. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) enfatiza que lo resuelto no desconoce las competencias que tiene la Municipalidad Distrital de Santa Anita para realizar el cobro de derechos de tramitación y determinar el costo de dichos trámites para la entidad. Sin embargo, dichas competencias deben ser ejercidas respetando lo establecido en la Ley N.° 28976, el Decreto Supremo N.° 064-2010-PCM, el Decreto Supremo N.° 200-2020-PCM, la Resolución N.° 003-2010-PCM-SGP y las demás normas de alcance nacional sobre la materia, así como las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 27444. [Indecopi, R. 0378-2025-SEL-Indecopi, 25/10/2025] Leer más
Avanza el futuro Reglamento de Inscripciones del Registro de Mandatos y Poderes
/0 Comentarios/en Civil, Construcción, Gestión pública, Gobierno, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe dispuso la publicación del proyecto normativo «Reglamento de Inscripciones del Registro de Mandatos y Poderes – RIMP» y su exposición de motivos en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp). Y se estableció un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del 25 de octubre del 2025, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país; así como, a través de la mesa de partes virtual de la Sunarp (https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/) o podrán ser remitidos a los correos electrónicos: rguzman@sunarp.gob.pe y svalenzuela@sunarp.gob.pe. La Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral será la encargada de recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. [Sunarp, R. 00162-2025-Sunarp-SN, 24/10/2025] Leer más
La Sunarp deja todo listo para iniciar la actualización de oficio de la Base Gráfica Registral
/0 Comentarios/en Civil, Gestión pública, Gobierno, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesEn el marco de la mejora continua que rige la prestación de los servicios registrales, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprueba el «Lineamiento para la atención de la actualización de oficio de la Base Gráfica Registral«, que permitirá la actualización de oficio de la referida base, permitiendo que los servidores de la Sunarp realicen sus labores de manera más ágil y eficiente. Le corresponde a la superintendencia realizar de oficio la actualización de la Base Gráfica Registral de manera progresiva y conforme con la capacidad operativa de las zonas registrales, a partir de la información de los títulos archivados, considerando también que adicionalmente los ciudadanos y las entidades se encuentran solicitando vía correo o por escrito la actualización de partidas electrónicas determinadas. A partir de estos pedidos y de la actualización de oficio que realiza la Sunarp, se consideró necesario proponer lineamientos internos que identifiquen las acciones a ejecutar por parte de los servidores de catastro, plazo y datos necesarios que se requieren para poder realizar la actualización, entre otras acciones. [Sunarp, R. 00161-2025-Sunarp-SN, 24/10/2025] Leer más
Edición Extraordinaria: requisitos sanitarios para importar bovinos de lidia desde España
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa inmobiliaria no puede responder solo porque el consumidor no está conforme con los aspectos subjetivos de lo entregado
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Indecopi /por Unidad Editorial Lex SolucionesIndecopi | Inmobiliario. En recurso de apelación, los denunciantes manifestaron que no se había probado la idoneidad de la instalación efectuada por la inmobiliaria; por lo que, debía designarse un perito para realizar la evaluación correspondiente. Sobre este medio probatorio, la sala indica que, en sede administrativa, la prueba pericial se realiza de acuerdo con los hechos planteados por las partes que requieran ser probados y cuyo conocimiento escapa a la apreciación de los órganos resolutivos por su carácter técnico especializado, siempre en observancia de las disposiciones legales que alcanzan al procedimiento administrativo. Sin embargo, si bien la administración tiene el deber de impulsar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones controvertidas, dicho deber no involucra que pueda cargar obligatoriamente a los administrados el costo de pruebas que no solicitaron o no se encuentran dispuestos a asumir ni sustituir el deber de estos respecto de la probanza de sus afirmaciones. Así, en el caso, la sala tomó una decisión sobre la base de los medios probatorios que obran en el expediente y señaló que «la proveedora no ofreció una escalera con características previamente determinadas en cuanto a material o color. En ese sentido, contrariamente a lo señalado por la comisión, no puede establecerse una vulneración al deber de idoneidad, ya que no resulta posible determinar de manera objetiva en qué medida las características de la escalera instalada (material y color) afectan los derechos de los consumidores denunciantes (…). Leer más
La Sunat saca a consulta pública el nuevo procedimiento «Restitución simplificado de derechos arancelarios»
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLEX soluciones
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