El Agustino establece beneficios tributarios y no tributarios

El Concejo Municipal de El Agustino dicta una ordenanza que dispone diversos beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito, con la finalidad de establecer facilidades e incentivar el pago del Impuesto Predial, los arbitrios municipales, las multas tributarias y las administrativas; así como, reducir los índices de morosidad. Según esta ordenanza, se condona el 100% de los intereses moratorios generados por concepto de Impuesto Predial y arbitrios municipales, que resulten exigibles por parte de la administración tributaria. El periodo de vigencia de la presente ordenanza es de 30 días calendario. [MDA, Ord. 639-2018-MDEA, 20/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 21/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

El Rímac prohíbe toda forma de discriminación en el distrito y locales comerciales deben colocar un cartel al respecto

Con el objeto promover el respeto a la igualdad entre los ciudadanos así como prohibir, eliminar y sancionar el ejercicio de prácticas discriminatorias en todas sus formas o modalidades, la Municipalidad Distrital del Rímac aprueba una ordenanza que sanciona este tipo de conductas hasta con una UIT y con la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento. [MDR, Ord. 531-MDR, 18/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Ate modifica las tolerancias permisibles y consideraciones normativas para las edificaciones en el distrito

Con fecha 21 de agosto del 2015 se publicó la Ordenanza N° 379-MDA, que regula diversos aspectos edificatorios para el distrito de Ate. Ahora, la Municipalidad de Ate aprueba la ordenanza que modifica las tolerancias permisibles y consideraciones normativas de edificaciones en el distrito. [MDA, Ord. 462-MDA, 17/2/2018]

La Municipalidad de Santiago de Surco regula la actividad de los “paseadores de canes”

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, a raíz del Informe N° 288-2017-SGBS-GDS-MSS del 10 de noviembre del 2017, de la Subgerencia de Bienestar Social, modifica e incorpora infracciones en las ordenanzas números 179-MSS y 334-MSS para regular las actividades y registro de los paseadores de canes dentro del distrito. La ordenanza regula esta actividad que no existía cuando se expidió la Ordenanza N° 179-MSS, para que no afecte el ornato distrital ni cause perjuicio o malestar al vecindario, pues los paseadores de canes realizan sus actividades alrededor de parques y avenidas. [MSS, Ord. 575-MSS, 16/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 17/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ordenanzas números 179-MSS y 334-MSS.

Lo que dice la ordenanza:

“(…).

Artículo Tercero.- Incorpórese el literal k) al artículo 10 de la Ordenanza N° 179-MSS, el cual queda redactado de la forma siguiente:

(…).

  1. k) Obtener un collar de identificación el que deberá contener: el nombre del can, número de Registro Municipal del Can y número telefónico del propietario y/o responsable de la tenencia.

Artículo Cuarto.- Incorpórese el literal d) al artículo 14 de la Ordenanza N° 179-MSS, el cual queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 14.- De las áreas de uso público.

(…).

  1. d) La persona contratada por el propietario o responsable del can, para pasear y/o conducir canes, podrá trasladar en un mismo momento:
  • Máximo 4 canes de tamaño mediano.
  • Máximo 3 canes de tamaño grande
  • Máximo 2 canes de tamaño gigante.
  • Máximo 5 canes, cuando sean de tamaños: miniatura y/o pequeña.
  • Máximo 4 canes, cuando sean de tamaños: pequeño y/o mediano.
  • Máximo 3 canes cuando sean de tamaños: mediano y/o grande.
  • Máximo 1 can de tamaño gigante y uno de tamaño mediano o grande.

(…)”.

Nuevo TUO del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao

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Barranca ratifica recaudación por fracción de arbitrios del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana a través de los recibos de luz

El alcalde de la Municipalidad Provincial de Barranca ratificó la ordenanza municipal que autoriza la recaudación por fracción de arbitrios del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana a través de los recibos que extiende a sus usuarios la Empresa de Servicios Eléctricos Municipales de Paramonga S.A. (Emsemsa) para el año fiscal 2018. [MDB. Ac. de Concejo 007-2018-AL/CPB, 15/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 16/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Modificaciones a los lineamientos para calificar y aprobar proyectos de vivienda en Arequipa

El Decreto Regional N° 001-2018-Arequipa, del Gobierno Regional de Arequipa, oficializa las modificaciones al Decreto Regional N° 004-2016-Arequipa “Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de vivienda de interés regional en el marco de lo establecido en el inc. b) del artículo 77, del Decreto Supremo N° 007-2008-Vivienda, Reglamento de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”. [GRA, D. Reg. 001-2018-Arequipa, 15/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 16/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Modifica el Decreto Regional N° 004-2016-Arequipa.

Municipalidad Distrital de Ate dispone la modificación de decreto de alcaldía que creó el Sistema Informático de Transporte

La Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, sobre la base del Informe N° 265-2017-MDA-GDU/SGTTV, considera de necesidad la modificación del Decreto de Alcaldía N° 003-2016/MDA, norma edil que crea el Sistema Informático de Transporte (SIT), para incorporar los registros que detalla el artículo 2° del Decreto de Alcaldía N° 001-2018/MDA que citamos. Así, la subgerencia mencionada espera que se contribuya con el reordenamiento del sistema de transporte y se cumpla con lo que dispone la Ordenanza N° 457-MDA. [MDA. D. de Alc. 001-2018/MDA, 14/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 15/02/2018.

Modificaciones y derogaciones: Modifica el D. de Alc. N° 003-2016/MDA.

Chorrillos: pensionistas están exonerados del 30% del pago de los arbitrios municipales – 2018

La Municipalidad Distrital de Surquillo dictó una ordenanza que establece la exoneración del 30% del pago total de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2018, para los contribuyentes pensionistas. [MDS, Ord. 402-MDS, 14/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 15/02/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

“Beneficio por Pronto Pago” en Barranca es del 25%

Para estimular el pago adelantado, velar permanentemente por el saneamiento y actualización de los estados de cuenta de sus contribuyentes y vecinos en la línea del fomento del bienestar y con la Ordenanza Municipal Nº 003-2018-AL/CPB, la Municipalidad Provincial de Barranca aprobó el “Beneficio por Pronto Pago”, aplicable a los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2017 se encuentren al día en el pago de sus tributos municipales y no registren montos por fraccionamiento. El beneficio es del “25% sobre el monto total anual a pagar por Arbitrios Municipales cuyos predios sean destinados al uso exclusivo de casa – habitación. correspondientes al período 2018, siempre que efectúen el pago al contado de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del mencionado período, hasta la fecha del vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial, es decir hasta el 31 de Marzo del 2018”. [MPB, Ord. 003-2018-AL/CPB, 12/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 13/02/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.