Hasta el 15 de julio Ate otorgará beneficios por deudas tributarias y no tributarias de los años 1999 al 2020
Esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Ate establece beneficios tributarios y no tributarios dentro de su jurisdicción, para aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan obligaciones pendientes de cancelación, incluidas las que se encuentren en la vía ordinaria, coactiva o fraccionada. El beneficio alcanza a las obligaciones correspondientes a los años 1999 al 2020, obligación vencida de acuerdo con su periodicidad y exigibilidad, de ser el caso, por los conceptos de: Impuesto Predial, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos, arbitrios de limpieza pública, barrido de calles y recojo de residuos sólidos, arbitrios de parques y jardines y arbitrios de serenazgo y las multas tributarias y administrativas; así como a las deudas que se encuentran con convenio de fraccionamiento de pago. La ordenanza estará vigente hasta el 15 de julio del 2020. [MDA, Ord. 534-MDA, 30/06/2020]









