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El Congreso publicó este domingo en el Diario Oficial «El Peruano» la Ley N.° 31433, que fortalece las atribuciones y responsabilidades de los concejos municipales y de los consejos regionales, con la finalidad de fortalecer el ejercicio de su función fiscalizadora. Esta ley modifica los artículos 9°, 10, 13, 20, 29 y 41 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Entre las principales modificaciones, está la posibilidad de que el concejo municipal designe comisiones investigadoras sobre cualquier asunto de interés público local, y para dicha conformación, así como el envío de informes a la autoridad competente, se requiere el voto favorable de no menos del 25 % del total de miembros hábiles del concejo. También incorpora el artículo 119-A en la Ley N.° 27972 con el que establece las audiencias públicas municipales, a efectos de rendir cuentas en los aspectos presupuestales y los logros de la gestión. El tercer artículo de la ley modifica lo artículos 14, 15, 16, 21, 24, 39 y 78 de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Es en el inciso i del artículo 15 en el que se establece la designación de las comisiones investigadoras sobre cualquier asunto de interés público regional. La ley contiene, además, seis disposiciones complementarias finales y dos disposiciones complementarias. En ellas se define el uso de los recursos para fortalecer la función de fiscalización de estos entes; así como la participación de la Contraloría General de la República en las sesiones del concejo municipal o del consejo regional. [PL, Ley 31433, 6/03/2022] Leer más