La Suprema recuerda cuándo las prestaciones resultarán ser ciertas

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Con la doctrina nacional, la Corte Suprema (CS) expone que «2.1 Las prestaciones son ciertas, cuando están perfectamente descritas en el titulo la existencia de un sujeto activo (acreedor) y un sujeto pasivo (deudor) (…). 2.2 Son prestaciones expresas, cuando constan por escrito aquello que el deudor debe satisfacer a favor del acreedor (…). 2.3 El título debe contener además prestaciones exigibles. Por exigibilidad se entiende aquella cualidad que permite que la obligación sea reclamable (…). Leer más

El traslado laboral es un motivo que justifica que la madre ceda el cuidado del menor al padre

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En el análisis de este caso, reconocimiento de tenencia y custodia de menor, la Corte Suprema (CS) advierte que la sala superior ha decidido bajo las mejores circunstancias en las que el menor pueda desenvolverse, pues convivido con el padre por más tiempo. Según la corte, la recurrente debe entender esta situación y, conforme con sus días de visita, debe retomar «la confianza y acercamiento entre la madre y el hijo, lo que es paulatino y no apresurado, dada la edad de 13 años en la que se encuentra el menor» (sic). Leer más

¿Qué es la representación sucesoria y la petición de herencia?

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
La representación sucesoria es un derecho establecido por ley mediante el cual los descendientes más próximos en grado sucesorio al heredero originalmente llamado pueden acceder a la herencia del causante cuando aquel no quiera o no pueda recibir la cuota hereditaria que pudo corresponderle, la que se distribuirá entre dichos descendientes ulteriores por estirpe, de modo tal que no afecte el derecho de los restantes herederos originarios del causante que recibirán sus correspondientes cuotas. Además, la Corte Suprema (CS) entiende que «la petición de herencia, o acción petitoria de herencia, se concede al heredero que no posee los bienes hereditarios contra quien los posee, en todo o en parte, a título sucesorio, como heredero, coheredero o legatario, sea de buena o mala fe, para excluirlo (por ser sucesor aparente) o para concurrir con él (cuando el coheredero posee rehusando reconocer al reclamante la calidad de coheredero del mismo grado, por tanto, con derecho a concurrir con él en la herencia) (…). Leer más

El recordatorio de la Suprema: nada impide que el tercero supuestamente afectado por una decisión del Cofopri pueda recurrirla en la vía civil

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En este caso, la Corte Suprema determinó que «nada obsta para que pueda dilucidarse la pretensión en el presente proceso civil, pues, la actuación de Cofopri afecta el derecho de propiedad de un tercero, y lo contrario afectaría el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, conforme lo señalado por la Corte Suprema en la Casación N.° 1226- 2008-Ica ‘(…) Leer más

Una nueva directiva de la Sunafil regula la supervisión del sistema de inspección del trabajo

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Este documento, denominado «Directiva que regula la supervisión del sistema de inspección del trabajo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil», regula las directrices que orientan la supervisión de los procedimientos de acciones previas al inicio de las actuaciones inspectivas, las actuaciones inspectivas, la fase instructora y sancionadora, así como el seguimiento y monitoreo de los informes técnicos de supervisión, y el desarrollo de la asistencia técnica dirigida a los servidores civiles a cargo de las mencionadas acciones o actuaciones. Leer más

El otorgamiento de escritura pública no tiene como requisito «sine qua non» el pago del precio, salvo que esté condicionada a ello

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

 

En la reivindicación, que el bien se encuentre inscrito no supone que la propiedad esté acreditada

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En una demanda de reivindicación, resulta imprescindible acreditar la propiedad del bien. Sin embargo, para la Corte Suprema (CS), «ello no ha ocurrido aquí, pues si bien aparece como propietaria registral la inmobiliaria demandante, ello no se condice con la transferencia realizada anteriormente al aporte societario a favor de la emplazada, cuya nulidad o ineficacia no ha sido demandada. f. Debe advertir que no se ha denunciado infracción del artículo 2022 del Código Civil, pero también en este supuesto no sería de aplicación, por la inexistencia de buena fe por parte de las socias de la inmobiliaria, dado que tenían pleno conocimiento de la transferencia previa realizada. Leer más

Más allá de las diferentes teorías, la Suprema considera que «el fin del acto jurídico es su función económico individual, su finalidad concreta programada o la función concreta del acto»

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En este caso, donde el recurrente señala que en el proceso se ha demandado la causal de nulidad contenida en el inciso 4 del artículo 219 del Código Civil, por fin ilícito; sin embargo, se ha realizado un análisis en torno a la causal prevista en el inciso 6 del mencionado artículo, es decir, cuando no revista la forma prescrita bajo sanción de nulidad. Sobre esto, la Corte Suprema entiende que «la recurrida ha concluido que ha quedado evidenciado que el procedimiento notarial de prescripción adquisitiva materia de litis se ha seguido con incumplimiento de normas de orden público y a las buenas costumbres. Leer más

La firma es la que identifica a las partes, más allá de quien haya redactado el contenido del contrato

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Los contratos escritos pueden ser por escritura privada o por escritura pública. A los primeros, según explica la Corte Suprema (CS), solemos llamarlos minuta, y documentan las cláusulas del programa contractual de cuyo contenido se apropian las partes haciéndolo suyo mediante la firma respectiva. «Esa firma, además, es la que los identifica, más allá de quien haya redactado el contenido del contrato» (sic). Así, en el caso, «en la parte del documento en el que aparece el bien y el precio (requisitos indispensables para que exista compraventa) no existe huella digital del vendedor; desconociéndose si sobre tales puntos el vendedor expresó su voluntad y si quiso hacer suyo el contenido de lo allí escrito (…). Leer más

El 5 de noviembre será feriado no laborable: el Día del Trabajador Municipal

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Este sábado se oficializó la ley que declara el quinto de día de noviembre de cada año como el Día del Trabajador Municipal. En su artículo único, la norma indica que este beneficio se circunscribe a los trabajadores y las trabajadoras que desempeñan dicha responsabilidad dentro de los gobiernos locales del país. El Día del Trabajador Municipal será remunerado y se considerará como laborado para todo efecto legal. [PL, Ley 31701, 4/03/2023] Leer más