El pago de utilidades a los trabajadores debe cumplir con el criterio de generalidad para ser deducible
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En el caso, la recurrente no acreditó que las utilidades distribuidas a los trabajadores fueron entregadas con criterio de generalidad, es decir, los criterios empleados para la distribución fueron aplicados en ciertos trabajadores y no en otros; asimismo, varios trabajadores cumplieron con los criterios y no fueron beneficiados con dichos montos y otros que no cumplieron si fueron beneficiarios, por lo tanto, según la Corte Suprema (CS), es válido el reparo por la deducción del gasto denominado «complementario de utilidades». Leer más
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