El MVCS promoverá el desarrollo de la construcción vía tecnologías constructivas no convencionales

La construcción es una actividad económica transversal al sector público y privado cuyo fin primordial es garantizar la seguridad estructural de las edificaciones a fin de que en caso de siniestros se salvaguarde la vida y salud de las personas que las habitan, así como que sean funcionales para el uso que sea destinada, para lo cual se cuenta con el Reglamento Nacional de Edificaciones, una norma rectora de alcance nacional que establece los criterios mínimos de diseño y construcción de edificaciones y habilitaciones, siguiendo procesos constructivos convencionales. Sin embargo, se anota que el Perú cuenta con una creciente brecha de vivienda formal y adecuada, de equipamiento urbano e infraestructura, que puede ser atendida favorablemente con el uso de tecnologías no convencionales, sin disminuir las condiciones de seguridad. Ante esto, el Gobierno otorga al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la función de establecer disposiciones para promover el desarrollo de la construcción, a través de tecnologías constructivas no convencionales. Desde el campo legal, se modifica el artículo 8º (Funciones generales) de la Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [PE, D. Leg. 1650, 13/9/2024] Leer más

Con proyección al 2050 | San Borja inicia el proceso de Formulación del Plan Local de Cambio Climático

Se dio inicio oficialmente al proceso de Formulación del Plan Local de Cambio Climático (PLCC) de la Municipalidad Distrital de San Borja (MDSB), con proyección al año 2050. Además, para esta tarea, se dispone la conformación de un equipo técnico municipal integrado por los siguientes miembros: Leer más

La autoridad laboral explica cómo se paga la participación de utilidades a los trabajadores de construcción civil

Opinión laboral | Construcción. En esta opinión, la autoridad laboral explica que los trabajadores sujetos al régimen laboral especial de construcción civil (régimen que contiene disposiciones especiales relativas a la participación en las utilidades) no se encuentran dentro del alcance subjetivo del Decreto Legislativo N.° 892. Así, según la autoridad laboral, «dichos trabajadores no computan para determinar si las empresas cuentan con más de veinte (20) trabajadores a efectos de determinar la obligación de repartir utilidades conforme al régimen general» (sic). Según se explica en esta opinión, «en atención a las características de la actividad de construcción civil, la legislación peruana ha previsto disposiciones especiales que otorgan, en términos porcentuales, un monto sustitutorio por concepto de participación en las utilidades. Se trata de un 3 % del total de los jornales básicos que perciben los trabajadores de construcción civil durante el tiempo de servicios que laboren para un mismo empleador, conforme a lo detallado en el punto 3.9 del presente informe (…). Las empresas que desarrollan actividades de construcción civil se encuentran vinculadas por el Decreto Legislativo N.° 892, en tanto empresas generadoras de rentas de tercera categoría y considerando el listado de actividades previsto en el artículo 2° de la referida norma (…). En consecuencia, si la empresa además de contar con trabajadores de construcción civil, tiene trabajadores sujetos al régimen general de la actividad privada (recepcionistas, choferes, contadores, administrativos, etc.), resulta evidente que, respecto de estos últimos, debe analizar si se encuentra obligada al reparto de utilidades respectivo conforme al Decreto Legislativo N.° 892» (sic). (Director de Normativa de Trabajo Sergio Salguero Aguilar) [MTPE, Inf. 000320-2024-MTPE-2-14.1, 13/05/2024] Leer más

Así se tramitará el Certificado de Jurisdicción, el Certificado de Nomenclatura Vial y el Certificado Negativo Catastral en San Martín

Con esta ordenanza se regula el procedimiento para la atención de solicitudes de emisión de los certificados de Jurisdicción, de Nomenclatura Vial y el Negativo Catastral, a cargo la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (MDSP). La norma municipal es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas que requieran la obtención de los certificados arriba mencionados. Así, por ejemplo, el artículo quinto de la norma señala que, para obtener el Certificado de Jurisdicción, el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: Leer más

Corrección necesaria | Son 83 y no 84 las ordenanzas derogadas por Lima

Este sábado pasado, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) publicó una fe de erratas de la Ordenanza N.° 2645, publicada en la edición del día 30 de agosto del 2024, para precisar que son 83 y no 84 ordenanzas municipales las que salen o están derogadas. [MML, Fe de Erratas – Ord. 2645, 7/09/2024] Leer más

CS: no hay nulidad del laudo arbitral laboral por prescindir del informe económico a cargo de la autoridad laboral

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Sindicatos a la obra | Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024-2025

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En cumplimiento de lo establecido por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 290-2005-TR, modificada por la Resolución Ministerial N.° 314-2006-TR, que establece que los convenios colectivos u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o gremio registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la autoridad administrativa de Trabajo, se publican en el Diario Oficial «El Peruano» y en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dentro de los diez días hábiles siguientes a su presentación; el MTPE oficializa el documento denominado «Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024-2025», suscrito en trato directo con fecha 21 de agosto del 2024, entre la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP). [MTPE, R. M. 139-2024-TR, 6/09/2024] Leer más

Cinco nuevas designaciones en Vivienda: directores y asesores

El día de hoy, el Gobierno oficializó las designaciones siguientes en el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS): Ana Cecilia Talavera Aguirre, en el cargo de directora de la Oficina de lntegridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del ministerio; Gilmer Marcelo Flores, en el cargo de director general de la Oficina General de Administración; Daniel Alfonso Camacho Zárate, en el cargo de director general de la Oficina General de Estadística e Informática; Franco Axel Dávila Gálvez, en el cargo de asesor II del despacho ministerial; Pilar Melgar Gutiérrez, en el cargo de asesora II del despacho ministerial. [MVCS, R. M. 312-2024-ViviendaR. M. 313-2024-ViviendaR. M. 315-2024-ViviendaR. M. 316-2024-ViviendaR. M. 317-2024-Vivienda, 4/09/2024] Leer más

Si la Sunat no realizó un adecuado análisis de comparabilidad, corresponde que el TF declare la nulidad de la resolución de determinación y no que la revoque

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En este caso, la administración determinó intereses por préstamos recibidos de la parte vinculada de la recurrente (matriz no domiciliada ubicada en Bahamas) y estableció un ajuste por aplicación de las normas de precios de transferencia, al cual aplicó la tasa de retención del 30 %, con lo cual obtuvo una omisión a la retención del Impuesto a la Renta de no domiciliados. No obstante, en la apelación, el Tribunal Fiscal (TF) concluyó que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), al realizar el análisis de comparabilidad, según lo regulado en el inciso d) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, solo cumplió con analizar cuatro elementos de comparabilidad, los que fueron debidamente sustentados, pero no analizó los elementos solvencia del deudor y la calificación de riesgo, los cuales podrían tener impacto en la fijación de la tasa de interés a cobrar; en este sentido, revocó la apelada y dejó sin efecto la resolución de determinación. Leer más

Magdalena del Mar dicta una nueva ordenanza para prevenir y sancionar el acoso callejero

El día de hoy, jueves 5 de setiembre del 2024, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) aprobó su nueva ordenanza que previene, prohíbe y sanciona los actos de acoso sexual en contra de toda persona, en especial contra niñas, niños, adolescentes y mujeres, en el distrito. La decisión deroga expresamente la Ordenanza N.° 043-2019-MDMM, Ordenanza que previene, prohíbe y sanciona a quienes realicen y toleren el acoso sexual en espacios públicos en contra de las personas, en especial contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, en la jurisdicción de la Municipalidad de Distrital de Magdalena del Mar, así como toda norma de la misma o inferior jerarquía que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. El alcalde queda facultado para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las normas reglamentarias o complementarias que se requieran para la adecuada ejecución e implementación de la presente ordenanza. Leer más