Vivienda actualiza catorce indicadores de brechas y elimina otros cuatro

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El artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 035-2019-Vivienda, modificada por las resoluciones ministeriales N.° 005-2020-Vivienda, N.° 338-2020-Vivienda y N.° 396-2021-Vivienda, se modifica para señalar lo siguiente: «apruébanse los indicadores de brechas del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, para su aplicación en la fase de Programación Multianual de Inversiones de los tres niveles de gobierno que, en anexos denominados Formato N° 04-A: Indicador de Brecha, forman parte integrante de la presente resolución, bajo los siguientes nombres: Leer más

Tres designaciones más en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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El día de hoy se oficializaron las designaciones de Úrsula Verónica Rondón Valero, en el cargo de directora de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); de Diana Janet Belzusarri Padilla, en el cargo de directora ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao del MVCS; de Luis Eduardo Garibotto Sánchez, en el cargo de director general de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del MVCS. [MVCS, R. M. 388-2022-Vivienda, R. M. 391-2022-Vivienda, R. M. 392-2022-Vivienda, 22/12/2022] Leer más

Un predio que se independizó y construyó bajo la norma vigente en su oportunidad no necesita realizar una nueva habilitación urbana

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Vivienda | Opinión vinculante. ¿Se necesitará licencia de habilitación urbana para un predio edificado bajo la normativa vigente en su oportunidad para uso residencial en el año 1923, inscrito en el Registro de Predios y que cuenta con los servicios básicos de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica, así como pistas y veredas ejecutadas? Sobre tal predio se tiene un anteproyecto en consulta aprobado por la municipalidad respectiva. Además, ¿se requerirá de certificación ambiental para un proyecto de edificación de uso residencial? Estas dos preguntas las absolvió el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) de la siguiente manera:

«Un predio en el cual se efectuó la independización y construcción bajo el amparo de normativa vigente en su oportunidad, anterior a la emisión del Reglamento de Urbanizaciones y Sub División de Tierras aprobado por Decreto Supremo N.° 01-F del 20 de enero de 1955 y que contempló la ejecución de las obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública; tiene las características de un predio habilitado, en consecuencia, no corresponde efectuar una nueva habilitación al amparo de la Ley N.° 29090. Caso contrario, si dichas obras se ejecutaron sin ningún tipo de autorización, corresponde tramitar la respectiva regularización de licencia de habilitación urbana. Leer más

Cesan al presidente ejecutivo del Sencico y al director ejecutivo del Cofopri

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dio por concluida la designación de Gonzalo Renato Arrieta Jovic, en el cargo de presidente ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico). Además, con otra resolución, da por concluida la designación de Hubert Quisocala Ramos, en el cargo de director ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) y se encarga dicho cargo a Francisco Javier Caro Calderón, viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. S. 026-2022-Vivienda, R. S. 027-2022-Vivienda, 20/12/2022] Leer más

Las dos nuevas designaciones en Vivienda: José Antonio Franco Iparraguirre y Yuri Iván Ayala Alfaro

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Con dos resoluciones ministeriales, se designó a José Antonio Franco Iparraguirre en el cargo de director de la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a Yuri Iván Ayala Alfaro en el cargo de director general de la Oficina General de Administración del del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, R. M. 375-2022-Vivienda, R. M. 378-2022-Vivienda, 19/12/2022] Leer más

Municipalidad de Lurigancho reglamenta la implementación, conservación, mantenimiento y gestión de las áreas verdes en el distrito

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La Municipalidad Distrital de Lurigancho (MDL) regula la implementación, conservación, mantenimiento y gestión de las áreas verdes de uso público en el distrito como elementos esenciales para la reserva ambiental, sostenibilidad, seguridad y mejora de la calidad de vida de las personas y del ambiente en la ciudad; además, para mitigar el impacto de la erosión y deslizamientos (huaycos) en las zonas denominadas intangibles y de alto riesgo. Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, así como sus normas complementarias son de obligatorio cumplimiento, para toda persona natural o jurídica, pública o privada dentro de la circunscripción distrital. La norma desarrolla y regula los siguientes temas: la naturaleza jurídica de las áreas verdes, derechos y obligaciones, medidas de protección, planificación y aprobación del plan implementación, protección y mantenimiento de arbolado, mantenimiento de bermas, jardines, parques y áreas verdes, tala de árboles de la propiedad privada, elección de especies, administración de áreas verdes de uso público, tala y/o poda severa de especies arbóreas, implementación de catastro de áreas verdes, reciclaje y utilización de aguas servidas, participación ciudadana, realización de actividades públicas, sector educación, infracciones y conductas o acciones infractoras. [MDL, Ord. 325-MDL, 17/12/2022] Leer más

Séptima convocatoria del año 2022 para el otorgamiento del BAE

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Esta es la séptima convocatoria del año 2022 para el otorgamiento del «Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) en atención al estado de emergencia declarado por el Decreto Supremo N.° 032-2022-PCM y sus prórrogas». La cantidad de bonos aprobada es de 180, dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables a causa de las intensas precipitaciones pluviales en los departamentos de Amazonas, Ayacucho y Piura. [MVCS, R. M. 371-2022-Vivienda, 17/12/2022] Leer más

Mirada al mar | La SBN incorpora la base gráfica temática del Sinabip en Mórrope

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Este domingo, la Superintendencia de Bienes Estatales (SBN) ordenó la incorporación a la base gráfica temática del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (Sinabip), de la Línea de más Alta Marea (LAM) y del límite de la franja ribereña hasta cincuenta metros de ancho paralela a la LAM determinada e integrada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi), en virtud del Convenio N.° 0023-2021-SBN, en el distrito de Mórrope, así como de las playas Naylamp, San José, Pimentel, Punta Cabezona, Las Rocas, Santa Rosa, Puerto Eten y Acantilados de Puerto Eten, ubicadas en los distritos de San José, Pimentel, Santa Rosa y Puerto Eten, de las provincias de Lambayeque y Chiclayo del departamento de Lambayeque. Esta información también se incorpora al Visor Geográfico denominado «Zona de Playa Protegida (ZPP)». [SBN, R. 0094-2022/SBN, 18/12/2022] Leer más

La Constitución proscribe las expropiaciones indirectas

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En línea con lo señalado por el Tribunal Constitucional (TC), la Corte Suprema (CS) explica: «si bien la Constitución Política no hace mención a la proscripción de las expropiaciones indirectas, ello no significa que las tolere, pues una interpretación constitucional válida lleva a concluir que toda vez que la Constitución reconoce, respeta y protege el derecho de propiedad de los privados, como parte del modelo de economía social de mercado al que se adscribe, al establecer la exigencia de un adecuado procedimiento expropiatorio que incluya un pago en efectivo de indemnización justipreciada para intervenir sobre la propiedad de privados, las expropiaciones indirectas se encuentran proscritas. Las bases constitucionales que fundamentan la protección contra las expropiaciones regulatorias o indirectas se encuentran en los artículos 2°, inciso 2, 63, 70, 71 y 61 de la Constitución Política del Estado» (sic). Leer más

El retiro frontal, lateral y posterior | Son las municipalidades las que determinan las distancias mínimas entre el límite de propiedad y el límite de la edificación

Vivienda | Opinión vinculante. En el año 2019, se consultó sobre los retiros municipales de un lote rectangular con cuatro lados, de ellos, tres dan a la vía pública y uno colinda con la propiedad de terceros. En el lote se ejecutaría un proyecto para uso de hotel y oficinas administrativas. Según el administrado, como el lado que colinda con la propiedad de terceros corresponde al lado posterior, no se requeriría de un retiro pues colinda con una zonificación residencial que tiene una condición establecida en la normativa municipal de la respectiva jurisdicción. El administrado, en este contexto, realizó las siguientes consultas: Leer más