San Luis regula el horario y el tiempo de uso de estacionamientos en tres vías del distrito

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Para racionalizar y optimizar el uso del espacio público que hacen los conductores y/o propietarios de los vehículos del distrito de San Luis, la municipalidad regula el horario y el tiempo para tal efecto en las siguientes vías: Aux. Av. Circunvalación, Jr. General Felipe Salaverry y Aux. Av. Nicolás Arriola. Los horarios y el tiempo límite para el uso de los estacionamientos en las vías indicadas por esta norma son

Horario ordinario: el tiempo límite máximo para el uso de estacionamientos públicos en el horario ordinario será de un máximo de cuatro (04) horas para vecinos (residentes del distrito de San Luis) y de un máximo de dos (02) horas para visitantes (no residentes del distrito de San Luis). Leer más

Múltiples quejas y discrepancias | El Callao suspende las limitaciones impuestas a la circulación del transporte de carga y mercancías

Frente a las discrepancias sobre las restricciones a la circulación del transporte de carga en la Provincia Constitucional del Callao dispuestas por la Ordenanza Municipal N.° 005-2022 (ver Información relacionada) y ante una posible contraposición técnica y/o normativa, la comuna del Callao decidió suspender temporalmente la vigencia de la ordenanza arriba citada, que aprobó el Reglamento que regula la circulación del transporte de carga y/o mercancías y uso de vías en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao. La suspensión se da por un periodo de noventa días calendario, plazo en el que se deberá conformar una Mesa Técnica de Trabajo para revisar la ordenanza, integrada por la Comisión de Transporte de la Municipalidad Provincial del Callao, quien la presidirá; la Gerencia General de Transporte Urbano; la Gerencia General de Desarrollo Urbano; la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización; la Gerencia General de Protección de Medio Ambiente; la Gerencia General de Seguridad Ciudadana y los representantes de los gremios de transportistas de carga y mercancía, en un número no mayor a cinco integrantes. [MPC, Ord. 008-2022, 2/10/2022] Leer más

Más de dos mil espacios disponibles | Estacionar en Surco cuesta S/ 0,50 por treinta minutos

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Con el Acuerdo N.° 306-2022, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ratifica la Ordenanza N.° 664-MSS, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS), que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en las zonas urbanas del referido distrito, un servicio que se prestará en más de dos mil espacios, de lunes a domingo, en el horario que establece el artículo 10 de la Ordenanza N.° 664-MSS, con la tasa de S/ 0.50 por treinta minutos. Este acuerdo ratificatorio tiene una vigencia condicionada al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada, en especial de los anexos que contienen los cuadros de estructura de costos, estimación de ingresos, cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del servicio. La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco es la que publica la Ordenanza N.° 664-MSS, norma que en su artículo 10 establece que la tasa de estacionamiento vehicular temporal será exigible de lunes a domingo de 8:30 a 20:30 horas. [MML, Ac. 306-2022, 26/09/2022] Leer más

Video y audio para la transparencia | Una directiva fija las reglas para atender a los visitantes en el MVCS

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Con esta directiva general denominada «Disposiciones para la atención de visitantes y representantes acreditados/as de los gobiernos regionales, gobiernos locales y de empresas prestadoras de servicios de saneamiento en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento» se promueven los mecanismos que permiten la comunicación directa, transparente y oportuna entre los servidores del ministerio y los visitantes, las autoridades y los representantes de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Lo establecido deroga la Directiva General N.° 003-2018-MVCS/SG, «Protocolo de atención de representantes acreditados de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas prestadoras de servicios de saneamiento que visiten el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento», aprobada por la Resolución de Secretaría General N.° 023-2018-Vivienda/SG. Será la Oficina de General de Administración la que realizará, dentro del plazo de sesenta días hábiles contado a partir de mañana, las acciones para el acondicionamiento de todas las salas del ministerio en las que se atienda a visitantes y representantes acreditados. La Oficina General de Estadística e Informática implementará y pondrá en operatividad el Sistema de Programación y Validación de Visitas dentro de un plazo máximo de setenta y cinco días hábiles, contado a partir de mañana. En tanto se implemente el Sistema de Programación y Validación de Visitas, la Oficina General de Estadística e Informática generará una herramienta tecnológica o similar para su aplicación [MVCS, R. M. 261-2022-Vivienda, 23/09/2022] Leer más

Los números cardinales | Así se realizará la numeración y publicación de las leyes y resoluciones legislativas

Esta ley regula el procedimiento de numeración y publicación de las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso, la disponer que el Poder Ejecutivo, a través de la entidad pertinente, asigne a las leyes y resoluciones legislativas el número cardinal que les corresponda una vez que se promulguen dentro del plazo constitucional. La numeración debe llevarse a cabo en un plazo máximo de 48 horas contadas a partir de la promulgación de la norma, sea que la haya promulgado el presidente de la República o el presidente del Congreso de la República; se tienen tres días calendario desde su promulgación como plazo máximo para enviarlas al Diario Oficial «El Peruano», para su respectiva publicación. El Congreso de la República, a través de la oficina institucional pertinente, asigna a las resoluciones legislativas que emita el número cardinal que les corresponda seguido del año de la legislatura y las siglas del Congreso, de acuerdo con el orden en que las promulgue, y tiene tres días calendario desde que las promulga como plazo máximo para enviarlas al Diario Oficial «El Peruano» para su respectiva publicación. El diario oficial tiene, así mismo, un plazo máximo de 24 horas para publicar las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso, el que se computado desde la recepción de la norma. El funcionario, servidor público o trabajador de una empresa del Estado que omita, rehúse o retarde la enumeración o publicación de leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso comete falta muy grave en materia administrativa; asimismo, incurre en el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales previsto en el artículo 377 del Código Penal. [PL, Ley 31577, 22/09/2022] Leer más

Todas las medidas de retiro y reubicación de cableado aéreo se coordinan obligatoriamente con las empresas prestadoras de servicios públicos

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declaró como barreras burocráticas ilegales diversas exigencias impuestas por la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) relacionadas con las medidas de ordenamiento (retiro, reubicación, reordenamiento) de la infraestructura aérea existente del servicio público de electricidad, materializadas en la Ordenanza N.° 530-2019-MDB. Para la Sala, estas disposiciones municipales son ilegales pues, con su imposición, la comuna vulnera lo establecido en el artículo 19 de la Ley N.° 30477, dado que no se han coordinado con las empresas prestadoras de servicios públicos. Además, los artículos 80 y 159 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de ornato, salud y salubridad, disponen que es la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), en el caso en particular, la encargada de emitir la normativa destinada a regular la planificación y el urbanismo, dentro de estas, el ornato en el ámbito de su competencia, así como regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. [Indecopi, R. 0293-2022/SEL-Indecopi, 21/09/2022] Leer más

Autorizaciones municipales para prestar servicios de transporte se sujetan a evaluación previa con silencio administrativo positivo

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Es una barrera burocrática ilegal la calificación con silencio administrativo negativo del procedimiento denominado «Permiso de operación de servicio de transporte masivo público regular de personas urbano e interurbano», materializada en el procedimiento 4.4.14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Piura (MPP), aprobado por la Ordenanza Municipal N.° 135-06-CMPP y modificado por el Decreto de Alcaldía N.° 025-2019-A/MPP. Resuelve la Sala del Indecopi, que la municipalidad tendría que haber observado lo establecido en el artículo 53-A del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por el Decreto Supremo N.° 017-2009-MTC, que dispone que todos los procedimientos para otorgar la autorización para prestar servicios de transporte en todos sus ámbitos y modalidades se sujetan a evaluación previa con silencio administrativo positivo. [Indecopi, R. 0298-2022/SEL-Indecopi, 21/09/2022] Leer más

En Chorrillos se cobrará S/ 0,50 por treinta minutos del servicio de estacionamiento vehicular

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

En la Separata Especial del Diario Oficial «El Peruano» de hoy se publica el Acuerdo de Consejo N.° 299-2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), que ratifica la Ordenanza N.° 431-2022/MCH, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas en dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 145 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 8° de la Ordenanza N.° 431-2022/MCH, con la tasa de S/ 0,50 por treinta minutos del servicio. La vigencia del acuerdo ratificatorio se condiciona al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada; en este sentido, también se publica el texto íntegro de la Ordenanza N.° 431-2022/MDCH que, además, establece que la tasa por el estacionamiento vehicular temporal será exigible de lunes a domingo, en un horario de 08.00 am a 08:00 pm, de acuerdo con las necesidades del usuario para el estacionamiento de sus vehículos teniendo en cuenta los cambios del distrito y, además, publica el detalle de las áreas destinadas para el estacionamiento vehicular temporal en la circunscripción del distrito de Chorrillos sujetas al cobro de la tasa de estacionamiento. [MML, Ac. de Consejo 299-2022, MDCH, Ord. 431-2022/MDCH, 16/09/2022] Leer más

Transportistas accederán al subsidio del 40 % del monto pagado por peajes desde hoy día

En una Edición Extraordinaria de la Separata de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», publicada ayer, el Gobierno aprobó los «Lineamientos para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 021-2022, que establece medidas para promover el servicio de transporte público terrestre de mercancías y el servicio de transporte regular de personas«. Este documento viabiliza a favor de los transportistas (personas naturales y/o jurídicas) que prestan el servicio de transporte público terrestre de mercancías y el servicio de transporte regular de personas un subsidio equivalente al cuarenta por ciento (40 %) del monto pagado por peajes ubicados en el territorio nacional, por un periodo de cuatro meses; asimismo, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao son los responsables de atender las solicitudes presentadas por los transportistas en la forma, plazo y condiciones precisadas en las respectivas normas complementarias. [MTC, R. M. 741-2022-MTC/01, 1/9/2022] Leer más

La ATU corrige los errores en su directiva de fiscalización del servicio de transporte urbano en Lima y Callao

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) publica la Fe de Erratas del Anexo 1 y del Anexo 2 de la Directiva N.° D-001-2020-ATU/DFS, Versión V02, «Directiva de fiscalización del servicio de transporte urbano en Lima y Callao», aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 150-2022-ATU/PE, publicada en la edición del día viernes 5 de agosto del 2022. Las correcciones recaen sobre el Formato del Acta de Fiscalización (no conforme) física y el Formato del Acta de Fiscalización (no conforme) emitida a través del Aplicativo Informático de Fiscalización. [ATU, Fe de Erratas Anexo – R. 150-2022-ATU/PE, 18/08/2022] Leer más