La fecha límite de posesiones informales para acceder al título de propiedad se amplía para los predios ocupados hasta el 2021

El Congreso de la República promulgó la ley que amplía el plazo de posesiones informales de terrenos estatales para obtener título de propiedad y formalizarse. Se trata de la Ley N.° 33267, «Ley que amplía por última vez los plazos del proceso de formalización de la propiedad informal en terrenos estatales ocupados por posesiones informales». El beneficio que esto tendrá para miles de familias que han ejercido la posesión de terrenos del Estado será permitirles acceder a los títulos de propiedad mediante el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) y, con ello, obtener beneficios como la seguridad jurídica y la posibilidad de acceder a servicios básicos esenciales. El nuevo plazo permitirá formalizar únicamente aquellas posesiones informales existentes hasta la fecha establecida (2021), sin incluir las ocupaciones posteriores al 1 de enero de 2022. En este contexto, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) tendrá la capacidad, a solicitud de las municipalidades provinciales, de realizar la permutación de terrenos. [PL, Ley 32267, 22/03/2025] Leer más

Organigrama y funciones | Esta es la organización de la Autoridad Nacional Autónoma del terminal Chancay

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Un grupo de trabajo propondrá un reglamento para la ley del desarrollo agrícola del cáñamo industrial

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Multa grave | Lima corrige la ordenanza que prohíbe el uso de inmuebles como depósitos en el Centro Histórico

Mediante la publicación de esta fe de erratas de la Ordenanza N.° 2711, Ordenanza que dispone la intangibilidad del Centro Histórico de Lima para el desarrollo de actividades de almacenamiento y depósitos y ordena su erradicación, publicada el día 15 de marzo del 2025; la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) precisa que la infracción por transportar mercadería dentro del Centro Histórico en vías no autorizadas, en vehículos que excedan 6,5 toneladas de pase (no paso) bruto vehicular, se castigará con 4 UIT e internamiento temporal del vehículo y decomiso de la mercadería. [MML, Fe de Erratas – Ord. 2711, 21/03/2025] Leer más

Anuncios de marketing | Lima dispone el reordenamiento de la publicidad exterior en bienes de dominio público

Con esta decreto de alcaldía, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) dispuso medidas de reordenamiento para los elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público (espacios públicos –alamedas, parques, plazas, paseos, malecones, intercambios viales, puentes y túneles–, vías metropolitanas –expresas, arteriales, colectoras y sus derechos de vía y aires– o áreas o infraestructura concesionada por Lima Metropolitana, o ubicados en propiedad privada que sobrevuelen los mencionados espacios públicos), a excepción de las vías locales del Cercado de Lima. La norma municipal también aprobó el formato de Declaración jurada de elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima. También se extiende el plazo establecido en el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N.° 001, del 8 de enero del 2025, hasta el 30 de abril del 2025, para que los titulares de elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima, se sujeten a las medidas de reordenamiento. [MML, D. de Alc. 002, 20/03/2025] Leer más

Con 43 millones de hectáreas de frontera agrícola | Colombia busca diversificar su oferta agrícola en mercados internacionales

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Derecho Comparado | Comercio Exterior. El Departamento Nacional de Planeación (DNP), con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), puso a prueba una nueva metodología para priorizar productos y mercados agropecuarios en los planes de admisibilidad sanitaria (PAS). Esta estrategia busca ampliar las oportunidades comerciales del país y atraer nuevos mercados al diversificar la oferta exportadora y mejorar la competitividad del sector agropecuario. Los PAS son herramientas clave para garantizar el acceso de los productos colombianos a los mercados internacionales, ya que permiten gestionar la producción nacional de acuerdo con los requisitos sanitarios y fitosanitarios exigidos en el comercio global. La actualización metodológica de estos planes se alinea con los principios del plan nacional de desarrollo 2022-2026, promoviendo un enfoque territorial, la seguridad alimentaria y la sostenibilidad económica. Según el DNP, las exportaciones agropecuarias de Colombia dependen mayoritariamente de productos tradicionales como el café, las flores y el plátano. Sin embargo, el crecimiento de la demanda mundial de alimentos representa una oportunidad para cambiar esta dinámica y fortalecer la presencia del país en los mercados internacionales. Leer más

Un grupo de trabajo desarrollará el Observatorio de Datos del Mincetur

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Si bien el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) cuenta con múltiples sistemas para permitir el acceso a la información sectorial, dicha información no ha sido consolidada, integrada y articulada para ser accesible. Bajo este contexto, la Oficina de Informática del Mincetur identifica la necesidad de desarrollar una plataforma unificada de datos, para consolidar, analizar y visualizar información relevante sobre comercio exterior y turismo, y facilitar la toma de decisiones basada en datos actualizados, precisos y accesibles. Entonces, con el objetivo de avanzar en este proceso, se dispone la conformación de un grupo de trabajo que se encargue del diagnóstico del estado actual de los sistemas de información del Mincetur y para diseñar un plan para implementar la posible integración de los datos e información en una plataforma, incluida la visualización de datos estratégicos. Leer más

La condición para amortizar el activo intangible es que sea adquirido a título oneroso y que exista una obligación de pago, con independencia de su cancelación íntegra

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El Mincetur proyecta las modificaciones al reglamento de la Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior

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Ante informes discrepantes presentados por las partes, el Indecopi puede optar por los de la municipalidad para castigar a la inmobiliaria

Jurisprudencia | Indecopi. En este caso, el señor Abel denunció a la inmobiliaria por presunta infracción de la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, porque (i) las dimensiones de las vigas no cumplirían con el predimensionamiento que establecen las normas E 060 y E 030 del Reglamento Nacional de Edificaciones y porque (ii) las columnas tampoco cumplirían con el predimensionamiento que establece la norma E 060 (falla por cortante, falla por flexión y falla por agotamiento) del reglamento citado. La Comisión del Indecopi declaró fundada la denuncia interpuesta contra la inmobiliaria, al considerar que el informe técnico presentado por el denunciante evidenció el defecto estructural en las vigas del inmueble que, además, concluyó que estas no habían cumplido con la evaluación estructural de sismo resistencia. La inmobiliaria escoltó su recurso de apelación con informes técnicos de parte. Así, la Sala del Indecopi, como segunda instancia, advierte que cada informe técnico ingresado brinda una conclusión a favor de la parte que lo presenta, «por lo que, en efecto, resultaría necesario la opinión profesional de un tercero para determinar la veracidad de dichos estudios, así como la existencia o no de las fallas estructurales denunciadas en el presente caso (…). Leer más