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Con el objeto reconocerles a los vecinos del distrito de La Molina su contribución al fortalecimiento de la salud pública y el cuidado de la población frente a la COVID-19, la municipalidad ha dispuesto diversos beneficios e incentivos tributarios para las personas naturales, sociedades conyugales que mantengan deuda tributaria pendiente de pago referida al Impuesto Predial y/o arbitrios municipales a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza. Aplica también para todos los contribuyentes que al cierre del Ejercicio Fiscal 2020, no mantengan deuda tributaria pendiente de pago por Impuesto Predial y/o arbitrios municipales y que pertenezcan a las categorías Molicard A, B y C, descritas en el artículo 3° de la Ordenanza N° 385/MDLM. Esta disposición mantendrá su vigencia hasta el 30 de setiembre del 2021. [MDLM, Ord. 416/MDLM, 9/09/2021] Leer más