Solo Vivienda y el Minedu tienen competencia | San Isidro no puede exigir 800 m2 de área mínima de lote para que los centros de educación inicial obtengan la licencia de funcionamiento
La exigencia de contar con un predio de 800 m2 de área mínima de lote como condición para obtener una licencia de funcionamiento para quienes pretenden desarrollar la actividad de educación inicial constituye una barrera burocrática ilegal. Así lo establece la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas al analizar lo impuesto por la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) en el artículo 19 de la Ordenanza N.° 103-MSI. Según la Sala, la Primera Disposición Complementaria Final de la Norma Técnica de Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa, aprobada por la Resolución de Secretaría General N.° 239-2018-Minedu, precisa que las particularidades de la infraestructura de los servicios educativos de educación básica, en todas sus modalidades, están detalladas en sus respectivas normas técnicas de infraestructura. La Segunda Disposición Complementaria Final de esta misma norma precisa, por su parte, que la prelación normativa para aplicar las disposiciones referidas a la infraestructura educativa siguen el siguiente orden: Leer más










