Jesús María modifica su ordenanza | La altura máxima edificable en la zona circundante de la Iglesia San José es una menor o igual a cinco pisos
Con la Ordenanza N.° 643-MDJM, la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) declaró como área de valor urbanístico el entorno de la Iglesia San José y suspendió temporalmente la recepción de solicitudes de anteproyectos en consulta y proyectos de edificación nueva bajo las modalidades C y D, así como la emisión de parámetros urbanísticos y edificatorios. Ahora, la comuna distrital precisa el artículo primero, deja sin efecto el artículo segundo y modifica los artículos tercero y cuarto de esta misma ordenanza, con la finalidad de fijar medidas administrativas que delimiten el área circundante estrictamente necesaria (especificado en el plano anexo de esta ordenanza), que tiene una conformación unitaria especial, pues denota características particulares de valor de conjunto, con presencia de edificaciones de aspectos predominantemente homogéneos respecto del tratamiento de las fachadas, volumetría, perfil urbano, además de tipología de edificación con similar estilo de arquitectura. Leer más










