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La subdivisión de un predio urbano vía regularización de edificaciones solo procede si la construcción de edificaciones independientes declaradas originó el fraccionamiento de hecho del predio matriz

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Tribunal Registral | Registro de Predios. Según esta resolución del Tribunal Registral, la subdivisión de un predio urbano por regularización de edificaciones, prevista en la Ley N.° 27157, procederá solo cuando la construcción de edificaciones independientes declaradas en vía de regularización conllevó el fraccionamiento de hecho del predio urbano matriz, que podrá determinarse de la existencia de unidades inmobiliarias independientes debidamente delimitadas estructuralmente por muros, paredes o cercos. En el caso, se solicita la inscripción de la declaratoria de fábrica y subdivisión, en vías de regularización al amparo de la Ley N.° 27157, del terreno con un área de 5.191,18 m2 inscrito en el Registro de Predios de Lima.

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El Cofopri dicta una nueva ficha e instructivo para el levantamiento del catastro de daños

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Como la «Ficha de Levantamiento para el Catastro de Daños de Niño Costero», aprobada mediante la Resolución Directoral N.° 073-2017-Cofopri/DE, no guarda correspondencia con la normativa vigente en materia de catastro de daños; el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) aprueba una nueva ficha, que se utilizará ante los eventos adversos que pudieran presentarse. Esta resolución aprobada, que también oficializa el «Instructivo para el llenado de la Ficha de Levantamiento para el Catastro de Daños», deja sin efecto la Resolución Directoral N.° 073-2017-Cofopri/DE, de fecha 10 de abril del 2017. [Cofopri, R. D. D000064-2021-Cofopri-DE, 12/05/2021]

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La inscripción en el Índice del Verificador Catastral es a plazo indeterminado | Cambios y derogaciones que quedan luego del análisis de calidad regulatoria de la Sunarp

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Con el análisis de calidad regulatoria (cfr., Decreto Legislativo N.° 1310) y con el informe de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria presidida por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) observa que la legalidad del plazo de dos años de vigencia previsto por el Reglamento del Índice de Verificadores del Registro de Predios y por el Reglamento del Índice del Verificador Catastral, contraviene lo dispuesto en el artículo 42 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y esto da pie para entender que los títulos habilitantes emitidos tienen vigencia indeterminada, salvo que, por ley o decreto legislativo, se establezca un plazo determinado de vigencia y, excepcionalmente, por decreto supremo.

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Un cambio al Reglamento del Registro de Sociedades: las solicitudes de inscripción que contienen acuerdos de fondos de inversión no son inscribibles

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En el recuento normativo de esta resolución, se tiene que la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.° 200-2001-Sunarp/SN aprobó el Reglamento del Registro de Sociedades que establece, entre otros, las reglas de calificación de los actos relativos a las personas jurídicas societarias, especificando, para mayor predictibilidad, cuáles de dichos actos resultan inscribibles y cuáles no, considerando la finalidad del registro y su relación con los terceros.

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En mayo, la «Alerta de Inscripción» de Sunarp llevará un enlace en el mensaje para acceder directamente al detalle del estado del título

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El día de hoy, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el fortalecimiento del servicio «Alerta de Inscripción», que forma parte del servicio Alerta Registral, para ello hecha mano a la mejora en la información que se comunica al ciudadano.

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Las comisiones de trabajo son el primer paso | La Sunarp proyecta modificar el reglamento de predios y el de sociedades

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) ordenó crear comisiones de trabajo de naturaleza temporal con el objetivo de elaborar los proyectos normativos de modificación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios y del Reglamento del Registro de Sociedades. Las comisiones tienen un plazo de vigencia de treinta días calendario, contados desde su instalación, para presentar los proyectos de reglamento de inscripciones a la Dirección Técnica Registral de la Sunarp. Los cambios o las modificaciones se orientarán a adecuar los reglamentos de inscripciones de los distintos registros jurídicos a los marcos normativos vigentes para reducir cargas administrativas bajo el parámetro de legalidad y para emplear las herramientas que ofrece las tecnologías de la información (cfr., Decreto Legislativo N.° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo). [Sunarp, R. 063-2021-Sunarp/SA, 15/04/2021]

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¿Todavía tengo un mandato? | La Sunarp cumple con dictar los lineamientos para anotar de oficio la extinción de mandatos o poderes por fallecimiento

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En el Diario Oficial «El Peruano» la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) publica los «Lineamientos para la anotación de oficio de la extinción de mandatos o poderes por fallecimiento», texto en el que establece las disposiciones para que la instancia registral extienda de oficio los asientos de extinción de mandatos o poderes por fallecimiento del interviniente, conforme con lo que regula el artículo 32 del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento General de los Registros Públicos. Estos lineamientos los aplican, a nivel nacional, los abogados certificadores, registradores públicos, Tribunal Registral, unidades registrales y jefaturas zonales de la Sunarp. La actuación de oficio del registrador se desenvuelve al tomar conocimiento cierto del fallecimiento de alguno de los intervinientes en el poder o mandato, bajo las siguientes circunstancias:

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Las copias informativas de títulos archivados en formato electrónico estarán disponibles para el trámite a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó la expedición de la copia informativa de título archivado de los diferentes registros jurídicos en formato electrónico a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), pero exceptúa de la medida al Registro Personal y al Registro de Testamentos. Según esta resolución, la copia informativa de título archivado en formato electrónico estará disponible para el trámite a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), de acuerdo con el siguiente cronograma:

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A partir de hoy, el SID-Sunarp se encargará del trámite de los actos inscribibles en el Registro de Bienes Muebles

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La Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) autorizó a partir de hoy, 31 de marzo del 2021, la presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp) de los partes notariales, copias certificadas, documentos privados con certificación notarial de firmas y solicitudes en general, según corresponda, de acuerdo con la naturaleza y formalidad del acto, que se suscriban con firma digital del notario y contengan los actos inscribibles en el Registro de Bienes Muebles.

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El Congreso oficializa la ley que permitirá a los gobiernos regionales sanear y formalizar los predios rurales y las tierras eriazas

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Este sábado pasado, el Congreso de la República dictó la ley que establece el marco legal para la ejecución de los procedimientos de saneamiento físico-legal, formalización de los predios rústicos y de tierras eriazas habilitadas a nivel nacional a cargo de los gobiernos regionales en virtud de la función transferida prevista en el literal n) del artículo 51 de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a fin de promover el cierre de brechas de la titulación rural.

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