San Isidro no puede imponer al constructor o propietario de una edificación la instalación de un sistema de video vigilancia en la entrada y salida de la obra
Los artículos 5° y 8° de la Ordenanza Municipal N.° 435-MSI, dictada por la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) para establecer medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales del distrito, de acuerdo con la Sala del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), constituyen barreras burocráticas ilegales.










