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Licencias de edificación y de funcionamiento | Lima ratifica derechos de trámite de 223 procedimientos administrativos para San Luis
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCon este acuerdo, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ratifica los doscientos veinticinco (225) derechos de trámite correspondientes a doscientos veintitrés (223) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados en la Ordenanza N.° 0337-MDSL/C [ver siguiente nota] de la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL). Leer más
El Indecopi oficializa los lineamientos para calificar y analizar las operaciones de concentración empresarial (monopolios)
/0 Comentarios/en Financiero, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLuego de que la comisión encargada de elaborar el proyecto referido a los lineamientos para calificar y analizar las operaciones de concentración empresarial presentara su propuesta, publicada el 31 de mayo del 2022 en el portal institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), para recibir los comentarios de especialistas y de la ciudadanía en general, analizó y discutió la pertinencia de los comentarios recibidos; con ello, decidió incorporar algunas modificaciones al texto. [Indecopi, R. 103-2022/CLC-Indecopi, 30/01/2023] Leer más
El Fondo Mivivienda y otras entidades | El nuevo Reglamento de deuda subordinada aplicable a las empresas del sistema financiero
/0 Comentarios/en Financiero, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) aprobó el nuevo Reglamento de deuda subordinada aplicable a las empresas del sistema financiero, que comprende a las empresas definidas en los literales A, B y C del artículo 16 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley N.° 26702), al Banco de la Nación, a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), al Banco Agropecuario y al Fondo Mivivienda S.A., facultadas para emitir y/o contraer deuda subordinada. La norma regirá a partir del 1 de enero del 2023, fecha a partir de la cual quedará sin efecto el Reglamento de deuda subordinada aplicable a las empresas del sistema financiero, aprobado por la Resolución SBS N.° 975-2016. El envío del Anexo N.° 12-II «Control de deuda subordinada» del Capítulo V «Información complementaria» del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, a través del Submódulo de Captura y Validación Externa (Sucave), por la información correspondiente de enero a junio del 2023, se efectuará en julio del 2023. Leer más
Empresas del sistema financiero podrán financiar créditos Mivivienda con o sin financiamiento del FMV
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el literal c) del numeral 2.1 del artículo 2° del Reglamento de la Ley N.° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2015-Vivienda, correspondiente a la definición del «Crédito Mivivienda» a solicitud del Fondo Mivivienda, que fundamenta su pedido con el siguiente texto: «..la tasa de interés para créditos hipotecarios otorgados con recursos propios por la banca múltiple entre abril de 2020 y abril de 2021 se ha reducido de 6,77 % a 5,88 %, debido a que a partir del estado de emergencia nacional declarado para evitar la propagación de la COVID-19, la banca múltiple está ofreciendo tasas cada vez más bajas, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Banco Central de Reserva del Perú en materia de política monetaria, tales como la reducción de la tasa de referencia en abril de 2020 e inyección de liquidez al sistema financiero mediante el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos, denominado Programa Reactiva Perú; sin embargo, la tasa de interés para créditos Mivivienda otorgados por la mencionada banca entre abril de 2020 y abril de 2021 ascendió de 7,95 % a 8,29 %, lo cual representó un incremento de 0,34 % en dicho periodo, y al mes de julio ascendió a 8,50 %;» (sic). El cambio permitirá a las empresas del sistema financiar dichos créditos con un financiamiento distinto al efectuado por el Fondo Mivivienda S.A. (FMV) e impulsar el financiamiento de viviendas de la población que califica a un Crédito Mivivienda y que es beneficiaria del BBP, dinamizar el mercado de créditos hipotecarios al incorporar una nueva alternativa de financiamiento y favorecer a la población que accederá a créditos con menores tasas de interés. [MVCS, D. S. 017-2021-Vivienda, 23/12/2021] Leer más
De comisiones por retiros, de membresía y de seguros de desgravamen | La Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros
/0 Comentarios/en Congreso, Financiero /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Congreso de la República publicó la Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros. Esta ley, que fue observada por el Ejecutivo, encarga al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) la fijación de las tasas de interés máximas y mínimas para operaciones de créditos bancarios (verbigracia: préstamos personales, tarjetas de crédito y préstamos a Mypes).
SMV dicta disposiciones para el uso de la palabra a través de la plataforma electrónica
/0 Comentarios/en Financiero, Gestión pública /por Unidad Editorial Lex SolucionesA partir del 2 de julio del 2020, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) pondrá en funcionamiento una plataforma electrónica que permitirá el uso de la palabra de los administrados de manera no presencial, bajo esta consideración aprueba las «Disposiciones para el ejercicio del uso de la palabra que se realizará a través de la plataforma electrónica por parte de los administrados, en la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores y otros», así los administrados que en el curso de los procedimientos administrativos sancionadores iniciados soliciten el uso de la palabra ejercerán tal derecho sujetándose, adicionalmente, a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Sanciones aprobado por la Resolución SMV N° 035-2018-SMV/01.
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