Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Entrar
La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi decidió, en mérito a la solicitud presentada por la empresa productora nacional Fábrica de Cubiertos S. A. C., aplicar derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de cubiertos de mesa estándar (tenedor, cuchara, cucharita y cuchillo) de metal común, con un espesor de hasta 1,5 milímetros, originarias de la República Popular China, por un periodo de cuatro meses. Según la autoridad nacional, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos de forma y fondo requeridos para la aplicación de tales medidas, definidas en el artículo 7° del Acuerdo Antidumping y por el artículo 49 del Decreto Supremo N.° 006-2003-PCM, modificado por los decretos supremos números 004-2009-PCM y 136-2020-PCM. Sobre este tema se tiene que el 23 de agosto del 2024, en la audiencia virtual el importador apersonado al procedimiento (Dupree Venta Directa S. R. L.) alegó que, durante el periodo de análisis del caso (enero de 2021 – diciembre de 2023), se realizaron operaciones de importación de cubiertos chinos que correspondían a artículos que tenían un espesor y el mango de un material diferente al del producto objeto de investigación.
Leer más