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Transportistas accederán al subsidio del 40 % del monto pagado por peajes desde hoy día

En una Edición Extraordinaria de la Separata de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», publicada ayer, el Gobierno aprobó los «Lineamientos para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 021-2022, que establece medidas para promover el servicio de transporte público terrestre de mercancías y el servicio de transporte regular de personas«. Este documento viabiliza a favor de los transportistas (personas naturales y/o jurídicas) que prestan el servicio de transporte público terrestre de mercancías y el servicio de transporte regular de personas un subsidio equivalente al cuarenta por ciento (40 %) del monto pagado por peajes ubicados en el territorio nacional, por un periodo de cuatro meses; asimismo, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao son los responsables de atender las solicitudes presentadas por los transportistas en la forma, plazo y condiciones precisadas en las respectivas normas complementarias. [MTC, R. M. 741-2022-MTC/01, 1/9/2022] Leer más

El Minem ordena la conformación de un grupo de trabajo para reglamentar la ley de explotación e industrialización del litio

Con la propuesta de la Dirección General de Minería, el Ministerio de Energía y Minas dispone la conformación del Grupo de Trabajo denominado «Grupo de trabajo para proponer acciones y medidas de competencia del Sector Energía y Minas, orientadas a la reglamentación de la Ley N° 31283». El artículo 1º de la Ley N.° 31283 declara de necesidad pública, interés nacional y recurso estratégico la exploración, explotación e industrialización del litio y de sus derivados en el territorio nacional, con el propósito de garantizar su desarrollo sustentable, disponiendo que la comercialización del litio y de sus derivados constituyen recursos estratégicos para el desarrollo del país. Según la norma, el grupo de trabajo se instalará en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados desde mañana. Además, tendrá una vigencia de treinta días hábiles contados desde mañana. [Minem, R. M. 317-2022-Minem/DM, 25/8/2022] Leer más

El Gobierno Regional de Moquegua oficializa las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados los meses de mayo y junio del año 2022

El Gobierno Regional de Moquegua oficializa, en vías de regularización, en el Diario Oficial “El Peruano”, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de mayo y junio del año 2022, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua. La publicación se realiza de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto Supremo N.º 020-2020-EM. [GRM, R. D. R. 091-2022-DREM.M/GRM, 19/8/2022] Leer más

El Gobierno Regional de La Libertad regula el traslado, transporte y comercialización de minerales y/o subproductos dentro del ámbito de la pequeña minería y minería artesanal

El Gobierno Regional de La Libertad publicó esta ordenanza regional que establece disposiciones para regular el traslado, transporte y comercialización de minerales y/o subproductos dentro del ámbito de la pequeña minería y minería artesanal en la región liberteña. La norma, que es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica que traslade, transporte y comercialice minerales y/o subproductos en el ámbito de la Región La Libertad, exige, por ejemplo, que el minero informal que realice el traslado/transporte de mineral y/o subproducto acredite lo siguiente:

“1. Inscripción en el Reinfo en condición de vigente, a través de la visualización de la página web del Registro Integral de Formalización Minera (en adelante, Reinfo) del Ministerio de Energía y Minas, y/o Hoja impresa emitida y visada por la GREMH LL con una vigencia no mayor de treinta (30) días calendarios.

2. Guía de Remisión Remitente.

3. Guía de Remisión Transportista.

4. Otros documentos exigibles por la Ley General de Transportes.

La Guía de Remisión Remitente y de Transportista deben estar debidamente llenada de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (en adelante, la Sunat)” (sic). [GRL, Ord. 000011-2022-GRLL/CR, 18/8/2022] Leer más

Colores

El proyecto de directiva que fijará el tratamiento para la inscripción, actualización y baja en el registro de contribuyentes del aporte por regulación del Osinergmin

El Ejecutivo autorizó la publicación del proyecto de «Directiva que establece el tratamiento para la inscripción, actualización y baja en el Registro de Contribuyentes del Aporte por Regulación por Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – Osinergmin», así como su exposición de motivos. Los comentarios de los interesados serán recibidos por escrito en Mesa de Partes de Osinergmin ubicada en Calle Bernardo Monteagudo N.º 222, Magdalena del Mar – Lima, o vía correo electrónico a comentarios_UATGC@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince días calendario siguientes. La Unidad de Administración Tributaria y Gestión de Cobranza de la Gerencia de Administración y Finanzas es la encargada de la recepción y análisis de los comentarios y/o sugerencias que se formulen al proyecto de resolución publicado. [Osinergmin, R. 160-2022-OS/CD, 5/8/2022] Leer más

El Minam saca a consulta pública las disposiciones para que el Renami entre en funcionamiento

El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba las “Disposiciones para el funcionamiento del Registro Nacional de Medidas de Mitigación (Renami)” y su exposición de motivos. El documento se publica en la sede digital del Minam (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), a fin de recibir las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de treinta días hábiles contado a partir de mañana. Las opiniones y/o sugerencias sobre este proyecto deberán ser remitidas por escrito al Minam, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima, o a la dirección electrónica lineamientos@minam.gob.pe. Leer más

Lima no puede exigir un estudio de impacto vial a los propietarios de grifos y tiendas de autoservicio

Este último sábado el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró barreras burocráticas ilegales las exigencias contenidas en el numeral 14.3 del artículo 14 y en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N.° 2087 dictada por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). Se trata de (i) la exigencia de presentar estudios de monitoreo dentro de los plazos establecidos a efectos de que las estaciones de servicio y tiendas de autoservicios puedan seguir operando en el mercado, dirigida a los establecimientos destinados a los usos de grifo, establecimiento de venta al público de GNV y/o GLP-gasocentro, y estaciones de servicios; y de (ii) la exigencia de presentar un estudio de impacto vial impuesta a los establecimientos o edificaciones que estén operando y que ocasionen impactos viales negativos, aunque dicho estudio no haya sido previamente requerido. Según resuelve la Sala del Indecopi con la Ley Orgánica de Municipalidades (N.° 27972) y el Reglamento Nacional de Edificaciones (Decreto Supremo N.° 017-2020-Vivienda), la Municipalidad Metropolitana de Lima cuenta con las competencias suficientes para emitir las normas necesarias para regular los procedimientos de licencias de habilitación urbana y proyectos de edificación, así como lo vinculado con la planificación y regulación del tránsito urbano de peatones y vehículos. Sin embargo, esto «no determina que deba imponer una carga adicional específica a los administrados que carece de sustento jurídico en alguna norma nacional con rango de ley. Ello por cuanto de la revisión del contenido del Texto Único Ordenado de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su reglamento y del Reglamento Nacional de Edificaciones, no se evidencia que se requiera que los establecimientos de ventas de combustibles y tiendas de autoservicio se encuentren obligados a presentar un estudio de impacto vial o estudio de monitoreo antes (como requisito para la obtención de la licencia respectiva) o después (como documentación necesaria para permanecer en el mercado)» (sic). [Indecopi, R. 0171-2022/SEL-Indecopi, 30/07/2022] Leer más

Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en junio del año 2022 por el Gobierno Regional de La Libertad

El Gobierno Regional de la Libertad oficializó las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio del año 2022, de acuerdo con la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124 del Decreto Supremo N.° 014-92-EM y 38 del Decreto Supremo N.° 020-2020-EM. [GRL, R. J. 001-004-00004863, 27/7/2022] Leer más

Con intervención del BCRP | El Gobierno aprueba el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192

El Ministerio de Energía y Minas decidió aprobar la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote 192, ubicado entre las provincias de Datem del Marañón y Loreto del departamento de Loreto, adjudicándolo a Perupetro SA y declarándolo materia de suscripción de contrato. El Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192 consta de una cláusula preliminar, veinticuatro cláusulas y nueve anexos será celebrado entre Perupetro SA y Petróleos del Perú (Petroperú SA), con intervención del Banco Central de Reserva del Perú, para garantizar a la empresa contratista lo establecido en los artículos 63 y 66 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N.º 042-2005-EM. [Minem, D. S. 009-2022-EM, 22/7/2022] Leer más

Música

Lineamientos del Minam para elaborar planes de acción para prevenir y controlar la contaminación sonora

Con la finalidad de prevenir, mitigar y controlar los posibles impactos negativos en la calidad de vida de las personas ocasionados por la exposición al ruido; el Ministerio del Ambiente (Minam) oficializa los «Lineamientos para la elaboración de planes de acción para la prevención y control de la contaminación sonora». El texto completo de la norma se publicará en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.peru.gob.pe) y en la sede digital del Minam (www.gob.pe/minam). [Minam, R. M. 152-2022-Minam, 21/07/2022] Leer más