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Cesan al presidente ejecutivo del Sencico y al director ejecutivo del Cofopri

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dio por concluida la designación de Gonzalo Renato Arrieta Jovic, en el cargo de presidente ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico). Además, con otra resolución, da por concluida la designación de Hubert Quisocala Ramos, en el cargo de director ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) y se encarga dicho cargo a Francisco Javier Caro Calderón, viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. S. 026-2022-Vivienda, R. S. 027-2022-Vivienda, 20/12/2022] Leer más

Edición Extraordinaria: se suspende la inmovilización social obligatoria en Virú, Cangallo y Huamanga

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El Ejecutivo suspendió la medida de inmovilización social obligatoria que regía en las provincias de Virú (La Libertad), Cangallo y Huamanga (Ayacucho), mediante un decreto supremo publicado ayer en una Edición Extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano». Se trata del Decreto Supremo N.º 147-2022-PCM, que levanta la medida de inmovilización social obligatoria en dichas jurisdicciones había sido aprobada a través de los Decretos Supremos N.° 144-2022-PCM (15 de diciembre) y 146-2022-PCM (17 de diciembre). [PCM, D. S. 147-2022-PCM, 19/12/2022] Leer más

Magdalena aprueba el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones

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La Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) aprueba el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante la Ordenanza N.° 523-2012-MDMM y modificatorias, conforme con el Anexo N.° 1, que forma parte de la presente norma. Y encarga a la Oficina General de Tecnología de la Información la publicación del íntegro de este documento de gestión en el portal municipal www.munimagdalena.gob.pe y en el del Estado peruano www.peru.gob.pe[MDMM, Ord. 147-2022-MDMM, 14/12/2022] Leer más

Ninguna municipalidad puede fijar un plazo mayor al que establece la ley para mantener vigente su facultad sancionadora

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Ocho criterios que el Indecopi debe considerar para determinar la sanción y graduar la multa

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La Corte Suprema (CS) recuerda que, «si bien el Indecopi cuenta con la facultad de imponer sanciones para proteger los derechos de propiedad industrial, esta facultad debe someterse a ciertos límites, que son los establecidos por los artículos 120 y 121 del Decreto Legislativo N.° 1075, en mérito a los cuales para determinar la sanción y graduar la multa la autoridad administrativa debe tener en consideración los criterios de beneficio ilícito real, la probabilidad de detección de la infracción, la modalidad y el alcance del acto infractor, los efectos del acto infractor, la duración en el tiempo del acto infractor, la reincidencia y la mala fe en la comisión del acto infractor» (sic). En los detalles de este proceso, si bien de acuerdo con los antecedentes del presente caso, la mercadería infractora fue incautada por Aduanas, «ello no implica que no se hubiese cometido la infracción administrativa consistente en usar signos idénticos a las marcas registradas por Puma SE para identificar productos a ser comercializados sin consentimiento del titular, vulnerándose así sus derechos de exclusiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 155 inciso d) de la Decisión N.° 486. Por lo tanto, las alegaciones planteadas por el actor no resultan suficientes para modificar lo decidido por la instancia administrativa (…). Leer más

Para fijar los costos del proceso, también debe tomarse en cuenta si se acreditó o no el pago de tributos

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En reiterada jurisprudencia, el Tribunal Constitucional (TC) (Cfr., Expediente N.° 735-2014-PA/TC) ha establecido que, en cuanto al pago de los costos, conviene recordar que en la resolución emitida en el Exp. N.° 00052-2010-PA/TC se establecieron dos reglas, a saber: «a. La primera regla se aplica cuando no se ha demostrado el pago del Impuesto a la Renta y consiste en que para determinar el monto de los honorarios no sólo debe valorarse la razón del tiempo y la participación de los abogados, sino que también deben tenerse presente otros criterios relevantes, tales como el éxito obtenido y su trascendencia, la novedad o dificultad de la cuestión debatida, y si los servicios profesionales fueron aislados, fijos o constantes. b. La segunda regla se aplica cuando el juez de ejecución requiere el pago del Impuesto a la Renta o en autos se encuentra probado que este impuesto ha sido pagado y consiste en que sí se abonó el impuesto referido por el servicio profesional prestado, no resulta razonable que el juez regule el monto de los costos, pues justamente el pago del Impuesto a la Renta tiene como base imponible el monto pactado de los costos (servicios profesionales) que se reclama. Leer más

En sede administrativa, la potestad sancionadora está regida por el principio de retroactividad benigna

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Hasta el 23 de diciembre los vecinos de La Punta podrán pagar sus deudas tributarias y no tributarias con beneficios

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La Municipalidad Distrital de La Punta (MDLP) aprueba un programa de beneficio especial para el pago de deudas tributarias y no tributarias en su jurisdicción para los administrados que registren deuda, cualquiera sea el estado de cobranza en el que se encuentre, incluyendo la deuda en cobranza coactiva, que comprende:

Deuda tributaria: constituida por los tributos, las multas y los intereses determinados por  la municipalidad, tales como Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias, así como la contenida en los convenios de fraccionamiento sobre deuda tributaria y en resoluciones de pérdida de beneficio. Leer más

¿Una persona o un robot? | Consumidores podrán elegir una atención personal o automatizada

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Según esta ley, publicada el sábado 5 de noviembre del 2022, los consumidores tendrán derecho a contar con una opción o alternativa de atención personal cuando el proveedor ofrezca al público cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital. Se trata de la Ley N.° 31601, que modifica la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, para garantizar la atención personal del proveedor al ofrecer sistemas de atención automatizada. Desde el campo legal, se incorpora literal l) al numeral 1.1 del artículo 1° de la Ley N.° 29571. [PL, Ley 31601, 5/11/2022] Leer más

Se modifica la ley del procedimiento administrativo | El plazo para resolver el recurso de reconsideración ahora es de quince días

Este último sábado se oficializó la ley que reduce el plazo para resolver el recurso de reconsideración. Según la Ley N.° 31603, que modifica el artículo 207 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el plazo para resolver el recurso de reconsideración ahora es de quince días. La Única Disposición Complementaria final Ordena que el Poder Ejecutivo «adecúa el Texto Único Ordenado y el Reglamento de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, conforme a las modificaciones efectuadas en la presente ley, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles» (sic). [PL, Ley 31603, 5/11/2022] Leer más