Vigencia de beneficios tributarios y no tributarios del SAT de Lima va hasta el 30 de setiembre

Para motivar el pago oportuno de papeletas, multas, intereses y tributos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima amplía la vigencia de los beneficios dispuestos para el efecto hasta el 30 de setiembre; entre estos beneficios, figuran los descuentos de entre 45% y 95% para pagos de deudas tributarias y no tributarias correspondientes al 2020 y años anteriores. Los abonos se podrán efectuar al contado, en una sola cuota, y mediante cualquier medio de pago establecido por el SAT de Lima; asimismo, las deudas podrán fraccionarse siempre que la primera cuota se cancele el día de la suscripción. La entidad otorga descuentos de entre 65% y 85% a quienes cancelen al contado las sanciones impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículos menores, así como multas administrativas. Para el caso de los pagos fraccionados, los ciudadanos podrán acceder hasta un 70% de descuento, monto que se calculará según el año en que se generó la deuda y solo será válido para las sanciones impuestas hasta el 2019. Las infracciones relacionadas con el transporte público se cancelan ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Para evitar desplazamientos hasta las oficinas del SAT, se ofrece un descuento adicional del 5% a quienes paguen a través de Internet, bancos o agentes autorizados. [SAT, Noticia – SAT (plazo pagos), 10/09/2020]

Ficha:
Vigencia: 10/09/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

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