Quince días más para el cómputo de los plazos de trámite de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo y positivo

Dada la coyuntura que enfrenta nuestro país se considera de máxima prioridad preservar la vida y la salud de todo el personal que labora en las entidades del Poder Ejecutivo, pues ellos reasumirán sus actividades al término del estado de emergencia nacional. En este contexto, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) dispuso diversas acciones administrativas necesarias, entre ellas la dotación de personal bajo la modalidad de prestación de servicios que permitan mantener el distanciamiento mínimo de un metro; así como la mejora de procesos, entre estos, la prórroga del plazo de suspensión de los plazos de trámite de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo y positivo. Ahora, la PCM dispone la prórroga del cómputo de los plazos de trámite los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la presente norma, por el término de quince días hábiles contados a partir del 29 de abril del 2020. [PCM, D. S. 076-2020-PCM, 28/04/2020]

Ficha:
Vigencia: 29/04/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

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