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¿Problemas para pagar los impuestos? Un bien o un servicio a cambio de cancelar las deudas tributarias con la Municipalidad de San Miguel

La Municipalidad Distrital de San Miguel ordena modificar el artículo 3°, los numerales 4.1, 4.2, e incluir el numeral 4.3 en el artículo 4° de la Ordenanza N.° 333/MDSM. El texto final queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 3°.- Obligaciones susceptibles de ser canceladas a través de la dación en pago. Son susceptibles de ser canceladas a través del pago en especie, total o parcial, las deudas generadas por concepto de tributos administrados por la municipalidad, cualquiera sea el estado en que se encuentren.

Artículo 4°.- De los bienes materia de pago en especie. El pago en especie podrá realizarse a través de:

4.1.- La entrega de bienes con libre disposición y/o prestación de servicios. Excepcionalmente, podrán considerarse en calidad de pago, los servicios y/o bienes que hubieran sido prestados durante el ejercicio en vigencia o anterior, siempre que cuenten con la conformidad del área usuaria de los mismos.

4.2.- La entrega en propiedad de inmuebles inscritos en Registros Públicos, siempre que se encuentren libres de cargas, gravámenes y desocupados, tratándose de impuestos municipales.

4.3.- En el caso de las tasas y contribuciones podrá disponerse el pago en especie, los mismos que será valuados, según el valor de mercado a la fecha en que se efectúen». [MDSM, Ord. 424/MDSM, 22/12/2020]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Modifican la Ordenanza N° 333/MDSM, que regula el régimen de pago de obligaciones tributarias en especie – Dación en Pago.

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano”, Año XXXVII, N.° 15787.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM).

Modificaciones, adecuaciones y suspensiones: modificar el artículo 3°, los numerales 4.1, 4.2, e incluir el numeral 4.3 del artículo 4° de la Ordenanza N.° 333/MDSM.

Derogaciones: no aplica.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 23 de diciembre del 2020.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Artículo IV y X de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ordenanza N.° 333/MDSM, que aprobó la Ordenanza que regula el régimen de pago de obligaciones tributarias en especie – Dación en pago en la Municipalidad Distrital de San Miguel.

Jurisprudencia, informes y doctrina relacionada: ninguna.

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