Jesús María ofrece beneficios tributarios y no tributarios para reducir el impacto económico generado durante el estado de emergencia entre los contribuyentes

Con beneficios de carácter tributario y no tributario, la Municipalidad Distrital de Jesús María facilita entre los contribuyentes del distrito el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias y no tributarias y con ello se pueda reducir el impacto económico que les podrían generar las medidas extraordinarias adoptadas durante el estado de emergencia nacional declarado por el Gobierno nacional contra el avance de la COVID-19. El beneficio rige mañana sábado 23 de junio y tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2020; vencido este plazo, la administración procederá a cobrar el íntegro de la obligación tributaria y no tributaria, reajustada a la fecha de pago.

Los beneficios en materia tributaria son los siguientes:a) Los contribuyentes que tengan como máximo tres predios con uso declarado distinto a casa habitación y con deuda tributaria correspondiente al ejercicio 2020, menor a S/ 5.000 tendrán el descuento del 4% en los arbitrios municipales 2020, siempre que efectúen el pago anual de manera presencial y del 9% sobre este mismo tributo, cuando el pago anual sea a través de nuestra página web o app “Paga fácil”.
b) Los contribuyentes (personas naturales y sucesiones) cuyo uso del predio sea casa habitación, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, se encuentren al día en el pago de sus tributos municipales hasta diciembre 2019, tendrán el descuento adicional del 2% en arbitrios municipales 2020, siempre que efectúen el pago anual a través de nuestra página web o app “Paga fácil”, adicional al descuento aprobado por la Primera Disposición Final de la Ordenanza N° 604-MDJM.
c) Los contribuyentes (personas naturales y sucesiones) que hayan cumplido con el pago adelantado y/o puntual de los arbitrios municipales 2020 y que cuyo uso declarado sea de casa habitación, se les brindará el descuento del 2% adicional a los descuentos que se aprueben para los arbitrios municipales del Ejercicio 2021.
d) Los contribuyentes que se encuentren en proceso de fiscalización tributaria en calidad de omisos o subvaluadores, tendrán un descuento conforme con el cuadro que adjunta la norma. [MDJM, Ord. 614-MDJM, 19/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 20/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

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