Instituciones y congregaciones religiosas en Magdalena quedan exoneradas del pago de arbitrios municipales por determinados usos de sus predios
Según el artículo 1° de esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Magdalena, se condona el pago de deudas tributarias por arbitrios generados hasta el 31 de diciembre de 2017 «a las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas ubicadas en la jurisdicción del Distrito de Magdalena del Mar, cuyos predios tengan los siguientes usos: a) Convento, Monasterio; b) Aires; c) Casa Habitación; d) Fundación o Asociación; e) Educacional y Servicios Generales”. [MDMM, Ord. 003-2018-MDMM, 26/1/2018]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 27/01/2018.
Modificaciones y derogaciones: Ninguna.
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