Base imponible determinada | Valores oficiales de edificación para Lima y Callao vigentes para el 2025

El Ejecutivo oficializa los Valores unitarios oficiales de edificación para Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, la Sierra y la Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025. Además, aprobó el Instructivo para la determinación de la base imponible de las obras complementarias, instalaciones fijas y permanentes y edificaciones con características especiales, usos especiales o sistemas constructivos no convencionales para el cálculo del Impuesto Predial, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025. También se aprobaron los Valores unitarios a costo directo de algunas obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes para Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, la Sierra y la Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025. Estos valores pueden ser utilizados opcionalmente por los gobiernos locales o contribuyentes como una guía, a fin de complementar el autoavalúo en caso tuviera que declararse el rubro instalaciones fijas y permanentes, sin perjuicio que el contribuyente pueda efectuar la declaración del citado rubro, según el instructivo aprobado. La norma precisa que las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación números 01, 02, 03, y 04, según el material estructural predominante, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025, se incluyen en el Anexo I del Reglamento Nacional de Tasaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 172-2016-Vivienda y sus modificatorias. [MVCS, R. M. 411-2024-Vivienda, 30/10/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban los Valores unitarios oficiales de edificación para Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao la Costa la Sierra y la Selva vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18212.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigencia a partir del 31 de octubre del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 010-2012-Vivienda, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

* Resolución Ministerial N.° 172-2016-Vivienda, que aprueba el Reglamento Nacional de Tasaciones.

Información relacionada:

+ Edición Extraordinaria: Valores unitarios de edificación para Lima Metropolitana y El Callao, la Costa, la Sierra y la Selva – 2024. [MVCS, R. M. 469-2023-Vivienda, Anexo, 30/10/2023]

+ Las brechas del acceso a una vivienda digna | Un cambio en el reglamento de tasaciones para impulsar proyectos inmobiliarios de vivienda social. [MVCS, R. M. 186-2021-Vivienda, 3/07/2021]

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.