Quedan solo tres días | Condonación extraordinaria del interés moratorio de deudas tributarias en San Isidro regirá hasta el último día hábil de mayo

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En el distrito de San Isidro, con el fin de coadyuvar en el proceso de reanudación de las actividades económicas y continuar con la política de flexibilización en materia tributaria para contribuir con la reducción de las consecuencias económicas que genera entre los contribuyentes; la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) decide prorrogar hasta el último día hábil del mes de mayo del 2021 la vigencia de la Ordenanza N.° 517-MSI, que aprueba la condonación extraordinaria del interés moratorio de deudas tributarias por el estado de emergencia. [MSI, D. de Alc. 010-2021-ALC/MSI, 28/04/2021]

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La Victoria ofrece descuentos por el pago de tributos hasta el 29 de mayo

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La Municipalidad Distrital de La Victoria (MLV) establece un régimen de beneficios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias entre sus contribuyentes, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren las obligaciones. De acuerdo con la norma, hasta el 29 de mayo del 2021 ellos podrán acogerse a los siguientes beneficios tributarios:

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Hasta el 15 de mayo vecinos de Pachacámac podrán acceder a beneficios tributarios y no tributarios

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La Municipalidad Distrital de Pachacámac (MDP) prorroga el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N.° 250-2020-MDP/C, norma que establece el «Otorgamiento de beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Pachacámac», hasta el 15 de mayo del 2021, de conformidad con su Sexta Disposición Final. [MDP, D. de Alc. 011-2021-MDP/A, 22/04/2021]

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Toda municipalidad debe justificar el aumento de los arbitrios por concepto de parques y jardines hasta el 31 de diciembre del ejercicio anterior

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró barrera burocrática ilegal el cobro de arbitrios municipales por concepto de parques y jardines para el año 2017 dirigidos a aeropuertos, materializado en la Ordenanza N.° 036-2016, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (recolección de residuos sólidos y barridos de calles), parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2017 en el cercado del Callao.

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Es barrera burocrática ilegal el cobro de arbitrios por concepto de seguridad ciudadana para el ejercicio 2018 en San Isidro

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró que constituye una barrera burocrática ilegal el cobro de arbitrios por concepto de seguridad ciudadana para el ejercicio 2018, materializado en la Ordenanza N.° 462-MSI, aplicado a los agentes económicos que operan en el distrito de San Isidro. Según entiende el ente administrativo, el artículo 69-A del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal señala que las ordenanzas que aprueban el monto de las tasas por arbitrios deben publicarse hasta el 31 de diciembre del ejercicio anterior al de su aplicación, además de explicar los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad beneficiada y los criterios que justifiquen los incrementos de tales costos, de ser el caso.

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Jesús María actualiza la TIM aplicable a deudas tributarias en moneda nacional

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En 0,90 % mensual queda la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos que administra o cuya recaudación estuviera a cargo de la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM). Asimismo, se fija en 0,42 % mensual la tasa de interés a que se refiere el inciso b) del artículo 38 del Código Tributario para las devoluciones en moneda nacional que se realicen por pagos efectuados indebidamente o en exceso.

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Reglas para acogerse al fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias en Breña

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Los procedimientos, requisitos y condiciones para el fraccionamiento de las deudas tributarias y no tributarias que tengan pendientes de pago los contribuyentes, los desarrolla la Municipalidad Distrital de Breña (MDB) en esta ordenanza. La regulación aplica a las personas naturales o jurídicas que tengan pendientes de pago importes correspondientes al Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias o multas administrativas, siempre que cumplan con las siguientes condiciones generales:

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Los Olivos corrige texto de artículo 16 del Reglamento que regula el procedimiento de inscripción y baja de oficio de las personas que no cumplen con presentar oportunamente la declaración jurada de autovalúo

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La Municipalidad Distrital de los Olivos (MDLO) corrige el artículo décimo sexto de la Ordenanza N.° 538-2021/CDLO, publicada en la edición del día 2 de abril del 2021, a través de esta fe de erratas. Así, el texto correcto es:

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Ancón extiende hasta el 30 de junio las fechas de vencimiento de impuestos y arbitrios

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La Municipalidad Distrital de Ancón (MDA) decide prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza N.° 445-2021-MDA, que fija el monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento, la tasa del interés moratorio (TIM) de deudas tributarias y prorroga de vencimiento y beneficio por pronto pago en arbitrios municipales, hasta el 30 de junio del 2021. [MDA, D. de Alc. 002-2021-MDA, 15/04/2021]

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La tercera cuota de los arbitrios municipales en Comas se podrá pagar hasta el 30 de abril

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La Ordenanza Municipal N.° 575-2019/MDC, que aprobó los arbitrios municipales para el periodo 2020, en su artículo 10 establece que los arbitrios municipales son tributos de periodicidad mensual, que se configuran el día uno (1°) de cada mes y el vencimiento para su pago se da el último día hábil del mes correspondiente. Asimismo, para el año 2021 se aprobó el régimen tributario de los arbitrios municipales con la Ordenanza Municipal N.° 597/MDC, que aplica el marco normativo de la Ordenanza Municipal N° 575-2019/MDC. En este sentido, ahora la Municipalidad Distrital de Comas (MDC) decide prorrogar, desde el 1 de abril del 2021 hasta el 30 de abril del 2021, la fecha de vencimiento de la tercera cuota mensual de los arbitrios municipales del presente ejercicio fiscal. [MDC, Ord. 612/MDC, 14/04/2021]

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