¿Es correcto señalar que solo las rentas de la actividad minera están afectas al aporte al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica?

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La Corte Suprema (CS) advierte, en este caso, que la sala superior realiza una distinción no establecida en el ámbito de aplicación en la Ley del Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica (FCJMMS). «Dicha distinción proviene del concepto de ‘empresa integrada’ que establece el artículo 2° del Reglamento de la Ley N.° 28258 – Ley de Regalía Minera. De esa forma, el colegiado superior determina, en la parte final de su considerando noveno, que existen rentas que solamente provienen de la actividad minera y rentas que provienen de otras fuentes productivas, para concluir que solo las primeras se encuentran afectas al aporte al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica; sin embargo, no tiene en cuenta el ámbito de aplicación ni la razón y fundamento de la Ley del Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica (norma vinculada a los hechos en controversia) (…). Leer más

La base de cálculo del mineral no metálico se puede determinar en función de su equivalencia al concentrado

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Sentencia la Corte Suprema que la base de cálculo del mineral no metálico es posible determinarla, razonablemente, en función de su equivalencia al concentrado; por ello, no puede considerarse el valor del mineral en la cantera ni tampoco se puede partir del valor bruto de venta, pues en ninguno de esos casos se llega al equivalente del concentrado. Leer más

El Plan Operativo Institucional 2024 y el Plan de Género para la Pequeña Minería y Minería Artesanal 2023-2025

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mineria, informal

Una comisión realizará el seguimiento a la formalización minera y a las acciones para erradicar la minería ilegal

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El Ejecutivo dispuso la creación de una comisión multisectorial de naturaleza permanente con el objeto de realizar el seguimiento a la formalización minera y a las acciones para erradicar la minería ilegal y para la recuperación del ambiente, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). Según detalla la norma, esta comisión tendrá las siguientes funciones:

«a) Realizar el seguimiento y monitoreo de las acciones realizadas para el desarrollo del proceso de formalización de la minería y la erradicación de la minería ilegal y su impacto en el desarrollo social y económico. Leer más

Nuevas versiones de normas técnicas para cables de energía

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El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) oficializó, entre otras, las siguientes normas técnicas peruanas 2023:

NTP-IEC 60229:2018 (revisada el 2023) Conductores eléctricos. Ensayos sobre cubiertas extruidas con una función de protección especial. 1ra. Edición, que reemplaza a la NTP-IEC 60229:2018; Leer más

El Minem actualiza el Inventario de Pasivos Ambientales Mineros

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La Resolución Viceministerial N.° 006-2021-Minem-VMM aprobó la Directiva N.° 001-2021-Minem-VMM, denominada «Directiva que norma el procedimiento de identificación y clasificación de pasivos ambientales mineros en el Ministerio de Energía y Minas», que tiene por objeto establecer las disposiciones que deben seguir los órganos y unidades orgánica del Minem, cuya actividad se encuentra vinculada con la identificación y clasificación de pasivos ambientales mineros para, con ello, luego, actualizar el Inventario de Pasivos Ambientales Mineros. En este marco, se decide aprobar la actualización del Inventario de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolución Ministerial N.° 290-2006-MEM-DM y sus actualizaciones. Leer más

Esta es la comisión que elegirá o ratificará a los peritos mineros 2024-2025

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Se oficializa el nombramiento de la comisión evaluadora que efectuará la calificación de los interesados que se han presentado a la convocatoria efectuada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MInem) para elegir o ratificar a los peritos para el periodo 2024 y 2025. Leer más

mineria, informal

Sí es posible determinar razonablemente la base de cálculo del mineral no metálico en función de su equivalencia al concentrado

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Al resolver esta casación, la máxima instancia judicial sustentó que «es posible determinar razonablemente la base de cálculo del mineral no metálico en función de su equivalencia al concentrado; no puede considerarse el valor del mineral en la cantera ni se puede partir del valor bruto de venta, pues en ninguno de esos casos se llega al equivalente al concentrado. Siendo así, para calcular el equivalente al valor del concentrado, es válido establecer que, cuando el mineral se encuentra en condiciones de fabricación del producto final, puede ser considerado como el equivalente al concentrado. Leer más

Cincuenta metros debe ser la distancia entre el surtidor o dispensador de una estación de servicios o grifo y un centro educativo

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La Corte Suprema (CS) confirma que se debe cumplir con lo dispuesto en artículo 11 del Reglamento de seguridad para establecimiento de venta al público de líquidos derivados de hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 054-93-EM, que establece la distancia mínima de cincuenta metros (50 m) desde un centro educativo al surtidor o dispensador, conexiones de entrada de los tanques y ventilaciones más cercanos de una estación de servicios o grifo, lo que deberá verificarse «in situ». Leer más

mineria, informal

La concesión minera otorga a su titular el derecho del use y disfrute del recurso natural

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