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Derecho Comparado | Colombia. El Ministerio de Minas y Energía de Colombia solicitó a la Corte Constitucional colombiana declarar la nulidad de la Sentencia C-489 del 2023, que declaró inexequible la prohibición de deducción de las regalías de la base gravable del Impuesto de Renta de los explotadores de recursos naturales no renovables, por considerar que dicho fallo violaba el debido proceso. Lo anterior se sustentó en tres razones: i) desconocimiento del precedente relativo al alcance del control de constitucionalidad y la facultad de limitar las deducciones en el impuesto de renta; ii) incongruencia entre la parte motiva y resolutiva porque se debió declarar la exequibilidad condicionada y iii) omisión de decisión de asuntos con relevancia constitucional, pues no se consideró que la prohibición de deducción de las regalías garantizaba la integridad de las mismas prevista en el artículo 360 de la Constitución Política. No obstante, la Sala Plena rechazó la solicitud de nulidad por incumplimiento de la carga argumentativa mínima que permite entrar a resolver de fondo este tipo de solicitudes. En particular, indicó, los argumentos propuestos correspondían a controversias resueltas en la Sentencia C-489 del 2023, de manera que no se ofrecieron argumentos para demostrar una violación ostensible, probada, significativa y trascendental del debido proceso.
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