Ángela Bonilla Cairo es la nueva gerente de la Oficina de Administración y Finanzas del Sencico

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El día de hoy se oficializó el Acuerdo N.° 87-02 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en su Sesión Extraordinaria N.° 87, de fecha 06 de mayo del 2022, que designa a Ángela Bonilla Cairo en el cargo de confianza de gerente de la Oficina de Administración y Finanzas del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico), bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057. Esta decisión da por concluida la designación en este mismo cargo de Jorge Barreda Madrid, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 44-2022-02.00. [Sencico, R. 97-2022-02.00, 20/04/2022] Leer más

A leer el nuevo texto | Llega una nueva versión del «Protocolo de fiscalización en materia de hostigamiento sexual»

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) oficializó la versión 02 del Protocolo N.° 007-2019-Sunafil/INII, denominado «Protocolo de fiscalización en materia de hostigamiento sexual». Este documento, que en su versión completa (la resolución y su anexo) se publicarán en el portal institucional de la Sunafil (www.gob.pe/sunafil), entrega un instrumento técnico normativo que establece las reglas y pautas que debe seguir el personal inspectivo durante las actuaciones inspectivas de investigación, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa sobre la materia y, asimismo, actualizar el contenido del protocolo de acuerdo con las modificaciones normativas vigentes. [Sunafil, R. 257-2022-Sunafil, 13/05/2022] Leer más

El plazo para recibir sugerencias sobre el anteproyecto del Código de Trabajo se amplía hasta este 24 de mayo

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la ampliación por veinte días calendario del plazo para la recepción de sugerencias, comentarios y recomendaciones de empleadores y trabajadores, entidades públicas y privadas y la ciudadanía en general, sobre el anteproyecto del Código de Trabajo. Leer más

Nuevos formularios para registrar accidentes laborales | El MTPE modifica el reglamento de seguridad y salud laboral

Bajo los compromisos internacionales asumidos por el Estado, la normatividad internacional, el Objetivo Prioritario 01 de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo al 2030 y la declaración de la emergencia nacional, que manifestó la necesidad de fortalecer eficazmente la seguridad y salud en el trabajo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprueba nuevos formularios para el Registro único de información sobre accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, para alinearlos con el objetivo 8 de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. Igualmente, adapta el Sistema informático de notificación de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, a las necesidades contemporáneas del sector, para optimizar la información que se notifica y recopila en la actualidad, así como propiciar la interoperabilidad de este sistema con otros sistemas electrónicos para la validación de información de los trabajadores y las trabajadoras nacionales y extranjeros(as). Leer más

El Reglamento de la ley para prevenir y erradicar el trabajo forzoso

El día de hoy se oficializó el reglamento de la Ley N.° 31330, «Ley que declara de interés nacional el cumplimiento de las políticas públicas para prevenir y erradicar el trabajo forzoso y la creación del Observatorio Nacional de Trabajo Forzoso», que consta de dos títulos, seis capítulos, veintinueve artículos y dos disposiciones complementarias finales. Este reglamento detalla que el observatorio constituye un instrumento de política pública que contribuye con el logro de los objetivos previstos para la lucha contra el trabajo forzoso a través de la generación, consolidación y análisis de información sobre la prevención, detección, atención y reintegración de víctimas; así como la sanción del delito y la infracción administrativa de trabajo forzoso. El observatorio lo administra el MTPE, a través de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales, quien, a su vez, coordina con la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso para la elaboración de los indicios e indicadores de trabajo forzoso, lineamientos técnicos y procedimientos estandarizados para su funcionamiento. Las directrices para el funcionamiento del observatorio son de obligatorio cumplimiento para los funcionarios y servidores de las entidades públicas a nivel nacional y regional que participan en la prevención, detección, atención y reintegración de víctimas, sanción del delito y la infracción administrativa de trabajo forzoso. El plazo de funcionamiento del observatorio es indefinido. [MTPE, D. S. 005-2022-TR, 21/04/2022] Leer más

Sube el sueldo mínimo | A partir de mayo la remuneración mínima será de S/ 1 025

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Este último domingo, el Ejecutivo oficializó el aumento del sueldo mínimo de S/ 930 a S/ 1 025, media que beneficia a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Así, la remuneración sube tras cuatro años y lo hace en S/ 95. Sin embargo, el incremento tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022. [MTPE, D. S. 003-2022-TR, 3/04/2022] Leer más

Sesenta días más para que el grupo de trabajo termine con la elaboración de tres protocolos para vigilar la salud en el sector construcción

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El Sector Trabajo dispuso extender por sesenta días hábiles, a partir del 12 de febrero del 2022, la vigencia de Grupo de trabajo multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), creado por la Resolución Ministerial N.° 078-2021-TR. Según explica el MTPE, se ha concluido con la elaboración de tres protocolos específicos para la vigilancia de la salud de los trabajadores del sector construcción, pero se necesita culminar con su revisión y adecuación, ya que fueron aprobados, y con el proyecto de protocolo de vigilancia de la salud de los trabajadores del sector construcción con exposición a agentes físicos; así como con la elaboración del protocolo de vigilancia de la salud de los trabajadores del sector construcción con exposición a agentes químicos. [MTPE, R. M. 031-2022-TR, 11/02/2022] Leer más

«Ciudad Mujer» es el espacio físico donde la MML brindará servicios integrales para prevenir la violencia de género y empoderar a la mujer

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El Minsa dicta nuevas pautas para vigilar, prevenir y controlar la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al SARS-CoV-2

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Luego de las distintas medidas dictadas por el Gobierno para enfrentar la pandemia, el Ministerio de Salud (Minsa) oficializa la Directiva Administrativa N.° 321-Minsa/DGIESP-2021, que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al SARS-CoV-2. Esta decisión deroga la Resolución Ministerial N.° 972-2020/Minsa. Según al artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N.° 008-2017-SA, modificado por el Decreto Supremo N.° 011-2017-SA, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en salud pública en materia de salud mental, prevención y control de discapacidad, salud sexual y reproductiva, prevención y control de enfermedades no transmisibles, raras y huérfanas, prevención y control del cáncer, inmunizaciones, salud bucal, prevención y control de enfermedades metaxénicas y zoonosis, prevención y control de VIH-SIDA, enfermedades de transmisión sexual y hepatitis, prevención y control de la tuberculosis, intervenciones por curso de vida y cuidado integral, promoción de la salud; y pueblos indígenas u originarios. [Minsa, R. M. 1275-2021/Minsa, 12/03/2021] Leer más

Sistemas de seguridad, vestuarios, servicios higiénicos… | El incumplimiento de las normas técnicas de edificación pueden configurar faltas laborales que sanciona la Sunafil

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En este caso, el personal inspectivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) requirió que la empresa inspeccionada acredite que cuenta con un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo del proyecto denominado «Mejoramiento y ampliación de la infraestructura del Palacio Municipal del distrito de Carabayllo», y que este cumple con los requisitos que establece el numeral 9 de la Norma Técnica de Edificación G.050 «Seguridad durante la Construcción». Como el plan presentado por la inspeccionada correspondía a una empresa distinta y a otras actividades relacionadas con la actividad minera, la inspeccionada con su escrito de descargo presentó un nuevo Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, pero que tampoco cumplía con los requisitos esenciales que refiere el numeral 9 mencionado.

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