Empresas que alquilan maquinaria pesada deben sustentar el destino, utilización y necesidad del combustible adquirido
/0 Comentarios/en Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Como resultado de la fiscalización parcial realizada a la empresa de este caso, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reparó el crédito fiscal del IGV, ya que no se acreditó el destino, utilización y necesidad del combustible adquirido. La recurrente sostiene que la administración tributaria no consideró su actividad principal, alquilar maquinarias y equipos de construcción, y que su componente primero es el combustible, pues cuenta con maquinaria pesada que, única y exclusivamente, funciona con Diesel B5. Leer más
La debida motivación es más que la coherencia entre las «premisas» y la «decisión adoptada»
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex Soluciones¿Cuál es la vigencia de la anotación preventiva de un proyecto de habilitación urbana y de sus preindependizaciones?
/0 Comentarios/en Civil, Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Registral | Propiedad Inmueble. El Tribunal Registral (TR) señaló que el asiento de anotación preventiva caducará de pleno derecho al vencer el plazo de vigencia de la licencia de habilitación computado conforme con lo previsto en el artículo 11 de la Ley N.° 29090. Luego, según resuelve esta instancia registral, «las partidas preindependizadas y las anotaciones preventivas extendidas en ellas se mantendrán vigentes hasta la caducidad del asiento de anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana. Producida la caducidad, se procederá al cierre de dichas partidas» (sic). En el desarrollo de su sentencia, el tribunal recuerda que «el Reglamento Nacional de Edificaciones define a la habilitación urbana como el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente, el terreno puede contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones. Las habilitaciones urbanas pueden ser ejecutadas por etapas en forma parcial, en forma simultánea con las obras de edificación y de forma progresiva con la ejecución de pistas y veredas. Conforme al citado reglamento, terreno urbano es la unidad inmobiliaria constituida por una superficie de terreno habilitado para uso urbano y que cuenta con accesibilidad, sistema de abastecimiento de agua, sistema de desagüe, abastecimiento de energía eléctrica y redes de iluminación pública y que ha sido sometida a un proceso administrativo para adquirir esta condición. Puede o no contar con pistas y veredas» (sic). Leer más
«Drawback»: no se necesita que la declaración de exportación esté regularizada al momento de presentar la solicitud de restitución arancelaria
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesCS: no se admite la indeterminación del crédito en la legislación civil
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesNo se puede decretar la sustracción de la materia si ya se emitió un pronunciamiento sobre la pretensión demandada
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl principio de especialidad | El contrato de compraventa de bien futuro no necesita determinar previa y exactamente el inmueble
/0 Comentarios/en Civil, Construcción, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Registral | Propiedad Inmueble. En el caso, el Tribunal Registral resolvió que la discrepancia sobre la identificación del bien objeto del contrato de transferencia materia de la solicitud de inscripción será objeto de observación siempre que no existan otros elementos suficientes que permitan tal identificación. Así, señala la instancia, «la sección de propiedad exclusiva que es objeto de un contrato de compraventa de bien futuro puede ser determinada o susceptible de determinación en el contrato respectivo, no resultando exigible que conste descrita de manera exacta, por cuanto su existencia quedará condicionada a la conformidad de obra de la edificación» (sic). A lo largo de su resolución, la instancia registral da cuenta que, «en el ámbito registral, la necesidad de la determinación de los bienes y derechos que son objeto del tráfico jurídico está amparada en el principio registral de ‘especialidad’ o ‘determinación’, recogido por el Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento General de los Registros Públicos (RGRP). Para identificar al predio objeto de transferencia lo usual es consignar su ubicación. Así, tratándose de predios urbanos, el predio quedará identificado si se indica la calle y numeración o lote, manzana y urbanización, además de precisar el distrito y provincia en que se ubica. Leer más
En el almacenamiento aduanero de depósito simple, no hay obligación de transmitir a la aduana la información relacionada con la carga que reciben
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Indecopi, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCorte Constitucional de Colombia rechazó solicitud de Minminas sobre nulidad del fallo de regalías
/0 Comentarios/en Derecho, Derecho Comparado, Jurisprudencia y doctrina, Minería, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLEX soluciones
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