Gobierno Regional de Lima rectifica ordenanza que declaró de interés público y de prioridad regional la prevención y persecución de la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes

La Ordenanza Regional N° 03-2017-CR/GRL, publicada en el Diario Oficial «El Peruano» el 25 de marzo del 2017, declaró de interés público y de prioridad regional la prevención y persecución de la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes y la protección de sus víctimas en el ámbito de la Región Lima. Hoy día, después de más de un año de su entrada en vigencia, mediante carta, el gobernador regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, solicita la rectificación de la Ordenanza Regional N° 003-2017-CR/GRL, pues el párrafo segundo y tercero de los considerandos señalan lo mismo. [GRL, Ord. Reg. 012-2017-CR-GRL, 8/11/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 9/11/2018.

Modificaciones y derogaciones: Rectifica la Ordenanza Regional N° 03-2017-CR/GRL.

Comas incorpora el “Voluntariado Juvenil” a la gestión territorial y a la gestión de riegos de desastres, enmarcado en el ámbito del desarrollo urbano

La Municipalidad Distrital de Comas, en el marco de la Ordenanza Municipal N° 483/MC, de fecha 11 de agosto del 2016, que formalizó el voluntariado juvenil en el distrito de Comas; decide incorporar este voluntariado juvenil en la gestión territorial y la gestión de riesgo de desastres. Tal decisión permite también estar acorde con las modificaciones legales y la incorporación de la sociedad civil en el mejor desarrollo urbano de la comunidad. [MC, Ord. Mun. 517/MC, 8/11/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 9/11/2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

El Mincetur realiza cambios y derogaciones en el reglamento de guías de turismo

El Ministerio de Comercio Exterior y de Turismo modifica diversos artículos del Reglamento de Guías de Montaña y del Reglamento de la Ley del Guía de Turismo (Decreto Supremo N° 028-2004-Mincetur) con la finalidad incorporar medidas de simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos de estos prestadores de servicios turísticos. Se modifican los artículos 5° (Requisitos y procedimiento de autorización) y 7° (Vigencia de la credencial) del Reglamento de Guías de Montaña, y se incorpora la Única Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento de Guías de Montaña, entre otros cambios. [Mincetur, D. S. 010-2017-Mincetur, 31/7/2017]

Cambios a los reglamentos de restaurantes y de establecimientos de hospedaje

A raíz de la dación del Decreto Legislativo N° 1246, que aprobó diversas medidas de simplificación administrativa aplicables, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo decide modificar diversos artículos del Reglamento de Restaurantes (Decreto Supremo N° 025-2004-Mincetur) y del Reglamento de Establecimientos de Hospedaje (Decreto Supremo N° 001-2015-Mincetur). Estas modificaciones también contemplan un plazo adecuado y suficiente para que los prestadores de servicios cumplan con la presentación de la documentación correspondiente ante la autoridad competente, a fin de que puedan ejercer la actividad de acuerdo al marco legal sectorial vigente. [Mincetur, D. S. 009-2017-Mincetur, 31/7/2017]

A partir del 7 de agosto, regirá el procedimiento de ingreso como recaudación de los fondos depositados en la cuenta de detracciones

En el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 940, aprobado por el Decreto Supremo N° 155-2004-EF y normas modificatorias, que establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (Sistema), cuya finalidad es generar fondos, a través de depósitos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nación, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias del titular de dichas cuentas; la Sunat aprueba el procedimiento de ingreso como recaudación de los fondos depositados en la cuenta de detracciones, que regirá a partir del 7 de agosto del 2017 para aquellos titulares de cuentas que pertenezcan al directorio de principales contribuyentes de la Intendencia Lima o al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y para el resto de titulares de cuentas a nivel nacional, salvo lo dispuesto en el párrafo 5.1 del artículo 5 que entra en vigencia el 1 de octubre del 2017. Esta decisión de la Sunat modifica expresamente la R. N° 109-2000/Sunat y la R. N° 014-2008/Sunat. [Sunat, R. 184-2017/Sunat, 31/7/2017]

MTC dispone que vehículos de transporte de dinero y de hasta dos toneladas queden exceptuados del sistema de control y monitoreo

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Estacionar en San Borja cuesta S/ 0.50 por media hora

La Municipalidad Metropolitana de Lima ratificó la Ordenanza N° 585-MSB de la Municipalidad Distrital de San Borja, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito. Según lo aprobado, la prestación del servicio se efectuará en un total de 1, 280 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Anexo 03 de la Ordenanza N° 585-MSB, con la tasa de S/ 0.50 por treinta minutos, y los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Borja proyecta recibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiarán el 97.54% de los costos por la prestación del servicio. La diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la Municipalidad Distrital de San Borja. [MML, Acuerdo de Concejo N° 248, 31/7/2017]

Estos son los 224 cambios realizados al TUPA del MTPE

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) cumplió con publicar en su página web los 224 cambios que realizó a su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Tales cambios se oficializaron con la publicación de la norma aprobatoria en el Diario Oficial “El Peruano” el pasado viernes 16 de junio. En el detalle, la entidad elimina 11 procedimientos administrativos, elimina la base legal de 9 procedimientos administrativos, modifica la calificación de 7 procedimientos administrativos, fusiona 2 procedimientos administrativos, reduce plazos de atención en 3 procedimientos administrativos, elimina 106 requisitos innecesarios en 32 procedimientos administrativos, modifica 55 requisitos en 31 procedimientos y elimina 2 servicios prestados en exclusividad. Además, elimina 26 requisitos innecesarios en 3 servicios que se prestan en exclusividad; así como 3 publicaciones especializadas. [MTPE, R. M. 107-2017-TR, 16/06/2017]

El Gobierno Regional de Lima rechaza la desafectación de los Humedales de Puerto Viejo (Cañete) que decretó el Minam

Un último acuerdo de Consejo Regional de Lima rechazó la Resolución Ministerial N° 95-2017-Minam que declara la desafectación de la Zona Reservada Humedales de Puerto Viejo, ubicada en los distritos de San Antonio y Chilca, de la provincia de Cañete-Lima. Según los fundamentos del acuerdo, la decisión del Ministerio del Ambiente (Minam) ha generado indignación en la sociedad civil, pues elimina la única protección legal con la que contaban los humedales “asolados por traficantes de tierras, desorden de habilitación urbana y zonificación, e intereses empresariales”. [GRL, Ac. 070-2017-CR/GRL. 9/06/17]

La modificación del derecho de superficie no necesita la intervención del acreedor hipotecario

En esta resolución, que se basa en el artículo 1030 del Código Civil, el Tribunal Registral dejó claro que la intervención del acreedor hipotecario no es necesaria en la modificación del derecho de superficie. La razón, según el tribunal, sería que al acreedor solo le será oponible aquello que se encontraba registrado con anterioridad a la inscripción de su derecho. (V. P. Gloria Amparo Salvatierra Valdivia). Sunarp, R. 1269-2014-Sunarp-TR-L, 10/07/2014.