Se extiende la emergencia sanitaria por la COVID-19

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El Decreto Supremo N.° 003-2023-SA, publicado en la edición extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano», dispone la prórroga, a partir del sábado 25 de febrero y por un plazo de noventa días calendario, de la emergencia sanitaria declarada en el país por el Decreto Supremo N.° 008-2020-SA debido a la pandemia de la COVID-19. La emergencia sanitaria se declaró, originalmente, a través del Decreto Supremo N.° 008-2020-SA, norma prorrogada sucesivamente por los decretos supremos N.° 020-2020-SA, N.° 027-2020-SA, N.° 031-2020-SA, N.° 009-2021-SA, N.° 025-2021-SA, N.° 003-2022-SA y N.° 015-2022-SA. Leer más

Agua, grifo

El Sistema de Agua por Emergencia | Lima declara en situación de emergencia el abastecimiento de agua potable en los sectores más vulnerables

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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) declaró en situación de emergencia el abastecimiento de agua potable en los sectores más vulnerables, a fin de implementar el «Sistema de Agua por Emergencia», que le permitirá brindar una solución y mitigar la falta de agua en ellos. Será la Gerencia de Desarrollo Social la unidad que identifique las zonas que se beneficiarán con este sistema. [MML, Ac. 036, 24/02/2023] Leer más

Emergencia sanitaria por brote de dengue en Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín y Ucayali

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El Gobierno declaró en emergencia sanitaria, por el plazo de 90 días calendario, 59 distritos de los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín y Ucayali conforme a lo detallado en el Plan de Acción «Emergencia Sanitaria por Brote de Dengue en 13 Departamentos y 59 Distritos». Leer más

La notificación vía casilla electrónica de los actos del Osinfor es obligatoria

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Como el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor) ya cuenta con una plataforma tecnológica que permite asignar una casilla electrónica a los administrados para efectos de las notificaciones, garantizando su confidencialidad, autenticidad, integridad y disponibilidad; se dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica, que constituye un mecanismo de notificación más célere, eficiente y seguro para los administrados. El Osinfor, en un plazo no mayor a sesenta días calendario, mediante resolución de jefatura, deberá aprobar el Reglamento del Sistema de Notificación vía Casilla Electrónica del Osinfor, documento que deberá precisar la forma progresiva de su implementación, así como las situaciones de excepción para su uso obligatorio. Leer más

Saberlo todo | Ley que garantiza la publicación de las resoluciones del Indecopi

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Con la publicación de la Ley N.° 31692, se garantiza que las resoluciones finales, sean de primera o segunda instancia, y las resoluciones que otorgan o deniegan medidas cautelares que emiten los órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), previa comprobación de la validez de su notificación, sean publicadas en el portal institucional, en un plazo determinado, de forma que los consumidores, agentes económicos y ciudadanía en general tengan acceso permanente a lo resuelto.  Leer más

Barrera burocrática ilegal: exigir que se presenten los planos de ubicación y perimétricos firmados por el propietario del predio para obtener el visado

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Es una barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar los planos de ubicación y perimétricos debidamente firmados por el propietario del predio para obtener el visado de planos, materializada en los numerales 2° y 3° del procedimiento 70 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB), aprobado por la Ordenanza N.° 391-MDB. Precisa el Indecopi que la Municipalidad Distrital de Barranco cuenta con competencia para tramitar el procedimiento de visación de planos; no obstante, debe ejercerla dentro de los límites establecidos en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS. Leer más

Un decreto de alcaldía no puede desarrollar normas reglamentarias y de aplicación sin contar con una ordenanza vigente que la habilite para ello

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Son barreras burocráticas ilegales las prohibiciones impuestas a los locales comerciales que desarrollan el giro de «Salón de Eventos» en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero (Arequipa), materializadas en el artículo 5.1 del Decreto de Alcaldía N.° 005-2018-MDJLByR, consistentes en (i) realizar espectáculos públicos no deportivos; (ii) vender bebidas alcohólicas; (iii) cobrar el ingreso o vender entradas para el evento a realizarse bajo ninguna modalidad. Leer más

La Libertad prohíbe el tránsito de vehículos de carga pesada en la Carretera Costanera

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El Gobierno Regional de La Libertad decidió aprobar la restricción del tráfico vehicular pesado mayor a 18 toneladas en la Carretera Costanera para evitar el deterioro acelerado de esta vía, que inicia en el empalme con la carretera nacional PE-1N, Óvalo Huanchaco – Provincia de Trujillo, y culmina en el empalme con la carretera departamental LI-103, Magdalena de Cao – Provincia de Ascope, Región La Libertad. Leer más

El nuevo gerente general del Cofopri es Manuel Augusto Montes Boza

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Luego de dar por concluida la designación de George Gembey Otsu Sánchez en el cargo (Resolución Directoral N.° D000005-2023-Cofopri-DE), el Gobierno designa a Manuel Augusto Montes Boza como gerente general del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), cargo de confianza bajo el régimen laboral de la actividad privada que regula el Decreto Legislativo N.° 728. [Cofopri, R. D. D000029-2023-Cofopri-DE, 21/02/2023] Leer más

Agua, grifo

La Libertad declara de interés regional y de necesidad pública la conservación y protección de las cabeceras de cuencas de los distritos de Bolívar, Ucuncha, Uchumarca, Longotea, Bambamarca y Condormarca

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El Gobierno Regional de La Libertad declara de Interés Regional y de Necesidad Pública la Preservación, Conservación, Protección y Promoción de las Cabeceras de Cuencas, sus Lagunas y su Diversidad Biológica de los Distritos de Bolívar, Ucuncha, Uchumarca, Longotea, Bambamarca y Condormarca, de la Provincia de Bolívar. La finalidad de esta ordenanza regional es conservar la diversidad biológica, los recursos naturales y paisajísticos; las fuentes de agua; sus lagunas, sus cabeceras de cuenca. Leer más