Beneficios para contribuyentes de Surco con multas pendientes de pago en estado coactivo

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En el marco del estado de emergencia nacional declarado por el Gobierno a consecuencia de la COVID-19, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco dicta medidas excepcionales para brindar descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en estado coactivo, así como la condonación de las costas procesales. Entre los beneficios están:

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Bajo escrutinio público por diez días, el proyecto de decreto supremo que busca modificar el reglamento de licencias de habilitación urbana y de edificación

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El día de hoy el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la publicación del proyecto de decreto supremo que desarrolla la modificación del «Reglamento de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación», aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda, y su exposición de motivos. El virtual decreto se publica para recibir sugerencias, comentarios y/o aportes de las personas interesadas a través del portal institucional www.gob.pe/vivienda, en el link «Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda«, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde hoy. La Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo se encargará de consolidar y evaluar las sugerencias, comentarios y/o aportes que el público haga llegar. [MVCS, R. M. 028-2021-Vivienda, 26/01/2021]

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Fe de Erratas de la ordenanza que regulariza las edificaciones sin licencia en Carabayllo

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Con el Oficio N.° 027-2021-SG/MDC, la Municipalidad Distrital de Carabayllo (MDC) publica una fe de erratas para la Ordenanza N.° 448-MDC, publicada en la edición del diario oficial del día 19 de enero del 2021. Según estas correcciones, el artículo 4° (Requisitos de acogimiento) debió decir: «(…) 4.4. El plazo para acogerse a los beneficios de la presente ordenanza vence el 30 de junio del 2021». Se enmienda, también, el artículo 6°, 6.1 (Para edificaciones. Modalidad Ay B) y 6.2 (Para edificaciones – Modalidad C y D). [MDC, Fe de Erratas – Ord. 448-MDC, 26/01/2021]

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San Borja incorpora 12 procedimientos sobre licencia de funcionamiento en su TUPA

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En cumplimiento del Decreto Supremo N° 010-2020-Produce, que reglamenta la ley que regula el otorgamiento de la licencia provisional de funcionamiento, la que se otorgan las municipalidades de forma automática, gratuita y por única vez, previa conformidad de la zonificación y compatibilidad correspondiente; la Municipalidad Distrital de San Borja (MSB), aprueba la incorporación de doce procedimientos administrativos estandarizados en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante la Ordenanza N° 609-MSB y modificatorias, ratificado por Acuerdo de Concejo N° 477-MML, de fecha 25 de octubre del 2018; conforme con el anexo que forma parte integrante del presente decreto. Por otro lado, se deroga el Decreto de Alcaldía N° 008-2019-MSB-A y toda norma o disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía. El citado documento se publica en el portal de transparencia institucional www.munisanborja.gob.pe[MSB, D. de Alc. 02-2021-MSB-A, 26/01/2021]

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La Molina actualiza once procedimientos administrativos estandarizados de licencias de funcionamiento

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La Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM) aprueba la actualización de once procedimientos administrativos estandarizados relacionados con las licencias de funcionamiento y ocho derechos de trámite, igualmente vinculados, en atención a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 200-2020-PCM, conforme detalla la norma edil en su Anexo 01, la que se publica en el portal web de la entidad: www.munimolina.gob.pe y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano. [MDLM, D. de Alc. 001-2021/MDLM, 26/01/2021]

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Nuevo «Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación»

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Vivienda) aprueba el «Reglamento de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación”, que consta de cinco (5) títulos, ochenta y nueve (89) artículos, cinco (5) disposiciones complementarias finales y una (1) Disposición Complementaria Transitoria.

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Cambios en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Miraflores sobre las licencias de funcionamiento

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Para que la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) se adecue a las disposiciones del Decreto Supremo N° 200-2020-PCM, norma que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas, modifica su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por la Ordenanza N° 490/MM, y encarga a la Secretaría General que publique la presente ordenanza en el Diario Oficial «El Peruano» y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional (www.miraflores.gob.pe). [MM, Ord. 560/MM, 23/01/2021]

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Ventanilla adecua su TUPA a su nueva estructura orgánica y a la variación de la UIT

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La Municipalidad Distrital de Ventanilla (MDV) modifica su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por la Ordenanza Municipal N° 034-2013/MDV-CDV, para adecuarlo a la Ordenanza Municipal N° 003-2020/MDV que aprueba, a su vez, la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la municipalidad, así como el nuevo monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) fijada mediante el Decreto Supremo N° 392-2020-EF, en S/ 4.400. [MDV, D. de Alc. 017-2020/MDV-ALC, 24/01/2021]

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Nuevos valores de vivienda y actualización excepcional y temporal de los valores del Bono del Buen Pagador

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Este sábado último, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispuso la actualización de los valores de la vivienda y la actualización excepcional y temporal de los valores del Bono del Buen Pagador, de acuerdo con lo que establece el numeral 2.2 del artículo 2° del Reglamento de la Ley N.° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2015-Vivienda y modificatorias. Los valores estarán vigentes hasta que se actualicen los valores correspondientes al año 2022. Sobre este tema, se tiene que Ley N.° 29033 crea el Bono del Buen Pagador (BBP), como una de las acciones de política de acceso de la población a la vivienda, con el objetivo de incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del crédito Mivivienda otorgado en nuevos soles. El BBP consiste en la ayuda económica directa no reembolsable que se otorga a las personas que acceden al crédito Mivivienda o al financiamiento del Fondo Mivivienda (FMV), por medio de las empresas del sistema financiero. El reglamento de la Ley N.° 29033, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2015-Vivienda y sus modificatorias, establece los valores de la vivienda y el valor del BBP. Los rangos de los valores de la vivienda, cuya finalidad es determinar la aplicación del BBP, se actualizan como producto de la multiplicación del valor de vivienda del año anterior por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana, con un redondeo a la centena superior. Los valores del BBP se actualizan por la variación de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), con un redondeo a la centena superior. Estos valores se actualizan simultáneamente una vez al año, a partir del siguiente día hábil de la publicación de los referidos índices anuales. [MVCS, D. S. 003-2021-Vivienda, 23/01/2021]

 

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Vivienda actualiza los valores de las viviendas y del Bono del Buen Pagador

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento modifica el numeral 2.1 del artículo 2° (Definiciones) del Reglamento de la Ley N° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2015-Vivienda, para incorporar en la definición del Bono del Buen Pagador (BBP) su aplicación para viviendas «tradicionales» y «sostenibles». Asimismo, actualiza los valores de las viviendas y del BBP establecidos en el numeral 2.2 del artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 29033. [Vivienda, D. S. 003-2020-Vivienda, 24/01/2020]

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