El SAT aprueba la tabla de valores unitarios de obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes para el 2023
Sobre el Impuesto Predial, el artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 776, Ley de Tributación Municipal, establece que las instalaciones fijas y permanentes serán valorizadas por el contribuyente de acuerdo con la metodología aprobada por el Reglamento Nacional de Tasaciones, considerando una depreciación de acuerdo con su antigüedad y estado de conservación; indica, también, que dicha valorización está sujeta a fiscalización posterior por parte de la municipalidad respectiva. Para estos fines, hoy el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima publicó la «Tabla de valores unitarios de obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes para el ejercicio 2023» que, como Anexo N.° 1, forma parte de la presente resolución y se publica en el portal de transparencia de la entidad: www.sat.gob.pe. [SAT, R. J. 001-004-00004952, 30/11/2022] Leer más










