Colombia y Costa Rica acordaron profundización de su Acuerdo Comercial

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Caso por caso se verificará si, además de relacionar las unidades funcionales, se debe indicar nombre, marca, referencia y serial de los componentes

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Las salsas de soya y las mostazas tendrán nuevas metas de reducción de sodio y no necesitarán certificado de conformidad

Derecho Comparado | Colombia. El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) de Colombia modificó los artículos 2°, 3°, 6°, 7°, 8°, sustituyó los anexos técnicos 1 y 2, y derogó el artículo 7° de la Resolución 2013 del 2020, mediante la cual estableció el reglamento técnico que define los contenidos máximos de sodio de los alimentos procesados, en el marco de la Estrategia Nacional de Reducción del Consumo de Sodio, y definió 2 metas de reducción para 59 alimentos. El MinSalud revisó los aspectos tecnológicos para el cumplimiento de las metas de las categorías «salsas de soya» y «mostazas» evidenciando que hay procesos tecnológicos diferentes para subcategorías de estos dos grupos, por lo que se modificó el artículo 3° y los anexos técnicos 1 y 2, con el objeto de establecer las definiciones de cada subcategorías, subpartidas arancelarias y metas de reducción. De otra parte, Estados Unidos, Costa Rica, Paraguay y Guatemala y empresas nacionales, solicitaron revisar y modificar los parámetros de evaluación de la conformidad, ya que el número de organismos de certificación no es suficiente para evaluar los contenidos de sodio y los costos asociados a esta evaluación son altos especialmente para micro y pequeñas empresas, lo cual dificulta el cumplimiento de la Resolución 2013 del 2020; en ese sentido, y atendiendo a las directrices de las buenas prácticas regulatorias, se modificaron los artículos 6° y 8°, para eliminar el requisito de certificado de conformidad de tercera parte, y modificarlo al requisito de conformidad de primera parte, con el fin de mejorar el cumplimiento de la norma y derogar el articulo 7°, toda vez que no será necesaria la emisión del certificado de conformidad. Leer más

No es extemporánea una solicitud de prórroga del término de permanencia de la mercancía en depósito presentada dentro del plazo legal, pero fuera de los horarios de atención al público

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Corte Constitucional publica sentencia relativa al impuesto sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes

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Derecho Comparado | Colombia. La Corte Constitucional de Colombia dio a conocer el texto de la Sentencia C-506 de 2023, donde Cristina Pardo Schlesinger fue la vocal ponente. Con esta sentencia se declaró inexequible la expresión, «bienes para su comercialización en el territorio colombiano, que estén contenidos en», contemplada en los numerales 1° y 2° del literal c) del artículo 50 de la Ley 2277 del 2022 por la cual se adoptó la Reforma tributaria para la igualdad y la justicia social. Leer más

Colombia mantendrá vigentes los derechos antidumping a las importaciones de tubos de acero para oleoductos originarias de China

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Derecho Comparado | Colombia. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) de Colombia ordenó el inicio del examen de extinción para determinar si la supresión de los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución 29 del 2021 a las importaciones de tubos de acero sin soldadura o soldados de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos clasificados en las subpartidas arancelarias 7304.19.00.00 y 7306.19.00.00 originarias de China, permitirían la continuación del dumping y del daño que se pretendía corregir. Mientras se adelanta el examen, permanecerán vigentes los derechos antidumping impuestos en la Resolución 29, consistentes en un gravamen ad valorem equivalente al 35,90% para la subpartida 7304.19.00.00 y del 33,13% para la 7306.19.00.00 los cuales aplicaron hasta el 16 de febrero del 2024. Leer más

La DIAN se pronunció sobre la importación temporal para procesamiento industrial por parte del OEA y los servicios de recepción y desconsolidación prestados por el usuario de zona franca al OEA

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Derecho Comparado | Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que la ampliación del área habilitada como depósito a instalaciones no adyacentes en municipios diferentes a aquel en el que se encuentra dicha área no es procedente; en efecto, el parágrafo 2° del artículo 82 del Decreto 1165 del 2019, la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero, podrá autorizar la ampliación del área habilitada como depósito a instalaciones no adyacentes, siempre que la zona sobre la cual se pretende otorgar la ampliación, se encuentre ubicada dentro del mismo municipio y se cumplan los requisitos de seguridad e infraestructura. De otra parte, la DIAN conceptuó que, en el caso de una importación temporal para procesamiento industrial, el Operador Económico Autorizado (OEA) tipo importador adquiere el compromiso de exportar los bienes resultantes de la transformación, procesamiento o manufactura industrial cuando presenta la declaración de importación temporal para procesamiento industrial, ya que el compromiso de exportar no está asociado a la habilitación del depósito privado para procesamiento industrial sino a la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial. Leer más

La facultad de imponer sanciones en materia aduanera podría implicar decisiones arbitrarias y no simplemente discrecionales

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Derecho Comparado | Colombia. La Corte Constitucional de Colombia admitió una demanda contra varios artículos del Decreto 920 del 2023 (nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera) por vulnerar los derechos constitucionales al debido proceso, el principio de legalidad y tipicidad y el de proporcionalidad. Adicionalmente, señalan los demandantes, las normas contienen apartes fundados en la discrecionalidad del funcionario que pueden sobrepasar los límites de sus facultades y consolidarse en decisiones arbitrarias y no simplemente discrecionales. Leer más

DUA, comercio

La DIAN de Colombia publicó un cuadro con las nuevas resoluciones de clasificación arancelaria

Derecho Comparado | Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia publicó, en el Diario Oficial 52.646 del 22 de enero del 2024, un cuadro con las resoluciones de clasificación arancelaria proferidas por la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, que se encuentran en firme. En el cuadro se puede consultar el número de resolución, la fecha, la razón social de la empresa solicitante, el Nit, el nombre del producto a clasificar, su descripción y la subpartida en la cual considera la DIAN que debe clasificarse el producto. [DIAN, Cuadro de clasificaciones arancelarias, 19/01/2024]

Colombia: el proceso de declaración de importaciones regresó a la normalidad

Comercio Exterior | Comparado. A través de un comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) de Colombia informó que, por primera vez, en más de 20 años, se actualizó la plataforma tecnológica en la que funciona el sistema de importaciones Syga. Según la entidad, el 98,67 % de las declaraciones de importación tramitadas al inicio de la actualización, que comenzó el 15 de noviembre del 2023 y finalizó 10 de enero del 2024, se pudieron hacer electrónicamente, pese al aumento en el número de mensajes de error y a la necesidad de reintentar varias veces los trámites en el sistema. En este sentido, la Dian informó que las dificultades técnicas que llevaron a la proliferación de mensajes de error y a la consiguiente lentitud del sistema han sido resueltas por los equipos de tecnología y aduanas de la Dian. Leer más