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¿Quiénes gozan del reintegro de remuneración por participación en pesca?

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La antigüedad laboral no basta para justificar un trato remunerativo diferenciado basado en causas objetivas y razonables

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CS: la interpretación de la Norma VIII del Código Tributario debe cumplir con estos requisitos

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De acuerdo con la Corte Suprema (CS), la interpretación de la Norma VIII del Título Preliminar del Código Tributario -que prohíbe crear tributos, establecer sanciones, conceder exoneraciones, o extender las disposiciones tributarias a personas o supuestos distintos de los señalados en la ley, en vía de interpretación- supone observar los siguientes requisitos: «a) La interpretación de esta disposición normativa debe efectuarse en concordancia con el principio constitucional de reserva de la ley desarrollado por la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario y por el propio Tribunal Constitucional, en cuanto la potestad de crear tributos, sanciones o la extensión de disposiciones tributarias es una atribución que debe ser ejercida por el Poder Legislativo (directamente o mediante delegación) y no por el Poder Judicial a través de una actividad interpretativa. Leer más

La corrección de la clasificación arancelaria que realiza la Sunat para determinar el goce o no del reintegro del IGV en la Región Selva se sustenta con un informe

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El cheque sin la cláusula «no negociable» sustentaría la bancarización si se acredita con documentación adicional que lo cobró la persona para la cual se emitió

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En el caso, de acuerdo con la Corte Suprema (CS), si bien los medios de pago eran cheques que no contaban con la cláusula «no negociable», la demandante presentó, además, la documentación que sustenta de manera fehaciente que los medios de pago utilizados en la cancelación de las facturas fueron emitidos para el proveedor y que, en consecuencia, no pudieron haberse pagado a otras personas, cumpliéndose con la finalidad de la Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía (N.° 28194). Leer más

La reducción de la remuneración debe ser un acuerdo expreso entre las partes y nunca será retroactiva

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«La reducción de la remuneración solo es posible cuando el trabajador y el empleador lo hayan acordado de forma expresa, no pudiendo dicho acuerdo afectar derechos ya devengados» (sic). La Corte Suprema (CS) resolvió un caso donde la trabajadora «suscribió con la demandada el ‘Convenio de modificación de la jornada de trabajo y simplificación de la estructura remunerativa’, en virtud del cual se reestructuró su remuneración a partir del uno de julio de dos mil cinco. Leer más

La naturaleza remunerativa del incremento se impone aunque las partes no lo hayan acordado

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Nuevamente la Corte Suprema (CS) recuerda que, «aun cuando las partes del proceso no hayan acordado que el incremento remunerativo por extensión de la jornada de trabajo deba formar parte de la remuneración básica, ello no implica que se desconozca su naturaleza remunerativa, pues se trata de un concepto pagado por la contraprestación de los servicios brindados por el actor; que ha sido abonada en forma regular, ordinaria y permanente; y que tuvo la calidad de concepto de libre disposición por el trabajo realizado» (sic). Leer más

La Suprema recuerda: un trabajador de dirección es uno de confianza, pero un trabajador de confianza no necesariamente es un trabajador de dirección

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En esta casación, la Corte Suprema (CS) expresa sobre el personal de confianza que, «si bien trabaja en contacto directo con el empleador o con el personal de dirección, tiene acceso a secretos industriales, comerciales o profesionales y, en general, a información de carácter reservado, y coadyuva a la toma de decisiones por parte del empleador o del referido personal de dirección, siendo sus colaboradores directos» (sic). Leer más

Doctrina jurisprudencial de la Suprema sobre la prueba en los procesos de nulidad del despido por maternidad

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Al igual que el Tribunal Constitucional (TC), la Corte Suprema (CS) confirma que no es necesario que la trabajadora comunique su condición de embarazada para gozar de protección frente al despido nulo. Así, la Corte Suprema (CS), en uso de la facultad que le confiere el artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece como doctrina jurisprudencial respecto de la prueba en los procesos de nulidad del despido por maternidad las siguientes reglas: Leer más

La Suprema explica la regulación tributaria sobre asuntos mineros: que contiene y que hace referencia el valor de adquisición de las concesiones

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  A partir de lo previsto en el artículo 74 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley General de Minería, para la Corte Suprema (CS), atendiendo a la regulación tributaria sobre los asuntos mineros que contiene y que hace referencia al valor de adquisición de las concesiones, a la titular de la concesión que efectuó los desembolsos para adquirir de manera definitiva y permanente la titularidad le resulta de aplicación tal normativa. Leer más