El ejercicio del atributo reivindicativo puede comprender también la posibilidad de recuperar la posesión del bien de aquel que incluso se atribuye derecho de propiedad
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Uno de los atributos del derecho de propiedad es la reivindicación, entendida inicialmente como la pretensión real destinada a conseguir la restitución de la posesión del bien, de la que se encuentra privado el propietario, de persona que solo tiene la calidad de poseedor; sin embargo, según resuelve la Corte Suprema (CS), «en virtud a que por su propia naturaleza el derecho de propiedad excluye la posibilidad de que otra persona alegue idéntico derecho sobre el mismo bien, el ejercicio del atributo reivindicativo puede comprender también la posibilidad de recuperar la posesión del bien de persona que incluso se atribuye derecho de propiedad» (sic). Leer más
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