Nuevas reglas para prevenir el contagio de la COVID-19 en Jesús María

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El proceso de la pandemia de la COVID-19 y las normas emitidas por el Gobierno nacional relacionadas con la prórroga del estado de emergencia nacional y nuevas medidas para la prevención y control del riesgo de transmisión de la COVID-19 en la comunidad, motivan a la Municipalidad de Jesús María a modificar la Ordenanza N° 609-MDJM. Por esta razón, establece nuevas disposiciones para prevenir, mitigar y evitar la propagación del COVID-19 en el distrito. Entre otros cambios, las actividades en espacios abiertos se realizarán respetando el aforo y protocolos establecidos por el Ministerio de Salud (Minsa), previa autorización de la municipal. Dichas actividades son: artes escénicas, enseñanza cultural, restaurantes y afines en zonas al aire libre, áreas naturales protegidas, monumentos, museos al aire libre, actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, eventos empresariales y profesionales al aire libre, mercados itinerantes y estadios deportivos al 100 % y con vacunación, de acuerdo con la normatividad vigente. De igual forma, en el caso de espacios cerrados se utilizará la mascarilla de manera obligatoria y el distanciamiento no menor de un metro. [MDJM, Ord. 671-MDJM, 21/08/2022] Leer más

Entran cuatro nuevos directores al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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El día de ayer, se oficializaron los nombramientos de los siguientes cuatro funcionarios: (1) Henry Daisuke Izumi Noda, en el cargo de director de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); (2) Martín Bernardo Jiménez Falen, en el cargo de director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS; (3) Carlos Amaya Alvarado, en el cargo de director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS y (4) Genaro Artemio Alva Zevallos, en el cargo de director de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del MVCS. [MVCS, R. M. 229-2022-ViviendaR. M. 230-2022-ViviendaR. M. 231-2022-Vivienda, R. M. 232-2022-Vivienda, 21/08/2022] Leer más

Quien tiene facultades para vender, tiene facultades para ratificar los actos de disposición

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Con el artículo 156 del Código Civil, el Tribunal Registral (TR) recuerda que, «para realizar actos de disposición (por ejemplo: vender, donar, permutar) o de gravar (por ejemplo: hipotecar, constituir garantía mobiliaria) se requiere de poder especial que contenga indubitablemente la facultad de disponer o gravar los bienes del representado, otorgado por escritura pública, bajo sanción de nulidad, no exigiéndose en dicho artículo que el encargo para disponer o gravar conste en forma ‘expresa o literal’ sino tan solo de manera ‘indubitable’ es decir, que no pueda dudarse, conforme al significado de dicha expresión en el Diccionario de la Real Academia Española (…)» (sic). En el caso, por ejemplo, el apoderado (…) sí tenía la facultad, entre otros actos, para realizar actos de disposición, como comprar, vender o donar en nombre de su representada (…), «facultad que se extiende indefectiblemente hacia los actos de ratificación de dichos negocios jurídicos por cuanto tienen una naturaleza análoga» (sic). Leer más

Este es el reglamento de la ley que crea el bono de arrendamiento de vivienda para emergencias

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El Gobierno cumplió con aprobar el Reglamento de la Ley N.° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. El documento normativo está conformado por diez artículos y Una Disposición Complementaria Final. Su implementación se financiará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. En el marco de la autorización establecida en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31526, el Ejecutivo dispone el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias para el arrendamiento de una vivienda ubicada en cualquier departamento del país, a excepción del departamento de Pasco, a las veintidós familias que forman parte del Informe 45-2018-DENOTDGIESP/Minsa, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud. La relación de estas veintidós familias será elaborada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y formará parte de la resolución ministerial que aprueba la convocatoria. [MVCS, D. S. 008-2022-Vivienda, 18/08/2022]

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San Isidro multará hasta con 150 % de la UIT a quienes viertan aceites vegetales y aceites lubricantes usados en lugares no autorizados

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Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) regula la gestión y el manejo de aceites vegetales usados y aceites lubricantes usados, que están comprendidos en las etapas de generación, recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final, asimismo, regula las descargas de efluentes de aceites usados en el sistema de alcantarillado, suelo y áreas verdes dentro del distrito. De acuerdo con esta norma, los generadores comerciales o de servicio garantizarán que los aceites vegetales usados sean entregados a la empresa operadora de residuos sólidos registrada ante el Ministerio del Ambiente (Minam) o asociación y/o organización de recicladores formalizados autorizados por la municipalidad, a quien, además, le presentarán, cuando lo solicite, la documentación que sustente la entrega de dichos residuos. En ninguna circunstancia los generadores verterán los aceites vegetales usados sobre cuerpos de agua superficiales, a la red de alcantarillado, suelo y áreas verdes del distrito. Leer más

MVCS autoriza transferencia financiera de hasta S/ 108 millones a favor del Fondo Mivivienda para el bono del buen pagador

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/ 108 748 809,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo Mivivienda S.A., destinada a la ejecución del bono del buen pagador. Asimismo, establece que el Fondo Mivivienda S.A. informará al MVCS los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con esta transferencia, conforme con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N.° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el Convenio N.° 005-2022-Vivienda y sus adendas. [MVCS, R. M. 221-2022-Vivienda, 18/08/2022] Leer más

Guía para elaborar el Plan de preparación y respuesta ante epidemias o pandemias por empresas prestadoras de servicios de saneamiento

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El Sector Vivienda oficializa la «Guía para la elaboración del Plan de preparación y respuesta ante epidemias o pandemias por empresas prestadoras de servicios de saneamiento». Además, dispone que la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implemente una estrategia de comunicación y difusión de esta guía. El Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 399-2021-Vivienda, señala que en las últimas décadas se ha producido un incremento en la recurrencia y severidad de los desastres asociados a fenómenos de origen natural, incluyendo los que son asociados al cambio climático, y se han producido también eventos antrópicos, siendo que ambos tipos de fenómenos pueden representar peligros para la prestación de los servicios de saneamiento. [MVCS, R. M. 220-2022-Vivienda, 17/08/2022] Leer más

construcción

Ate actualiza la ordenanza que regula habilitaciones en lo concerniente a las secciones viales del Sector Catastral N.° 23 y parte de los sectores catastrales N.°s 24 y 26

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La Municipalidad Distrital de Ate (MDA) aprueba la actualización y modificación parcial del planeamiento integral correspondiente a la Ordenanza N.° 226-MDA, en lo que respecta al Sector Catastral N.° 23 y parte de los sectores catastrales N.°s 24 y 26, queda pendiente la actualización y modificación del sector de Pariachi, dado que el sector La Gloria ya cuenta con estudio urbano actualizado y modificado mediante la Ordenanza N.° 452-MDA. Asimismo, establece las nuevas secciones viales del Sector Catastral N.° 23 y parte de los sectores catastrales N.° 24 y 26 determinadas en el Plano signado N.° 004-2022-PI-GIU-SGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de diez años conforme con lo establecido en el artículo 39, Capítulo V, Planeamiento Integral del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE); también precisa que los componente viales del planeamiento integral están sujetos a los artículos 8°, 9°, 10 y 16 del Capítulo II – Diseño de Vías de la Norma GH.020 – Componentes de Diseño Urbano del RNE y a la topografía de la zona. A la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, la Sub Gerencia de Inversión Pública y demás áreas pertinentes se les encarga el cumplimiento de la norma, a fin de que se respete y actúe de acuerdo con las funciones referidas en el ROF municipal. [MDA, Ord. 579-MDA, 17/08/2022] Leer más

Cambios al reglamento del código del consumidor para adecuar el plazo de atención y respuesta de las quejas y reclamos

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En el marco de la Ley N.° 31435, que modificó el Código de Protección y Defensa del Consumidor al reducir el plazo de atención de reclamos de los consumidores, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2011-PCM, a fin de regular y adecuar el plazo de atención y respuesta de las quejas y reclamos de los proveedores, respectivamente, entre otros aspectos. Desde el campo legal, se modifican el numeral 3.4 del artículo 3° (Definiciones), del artículo 6° (Atención del reclamo) y del literal b) del numeral 6-A.2 del artículo 6°-A (Acciones adoptadas por el proveedor ante la presentación de reclamos) del Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 011-2011-PCM. Además, en este mismo reglamento, se modifica el Anexo I: Formato de Hoja de Reclamaciones del Libro de Reclamaciones y se incorpora el artículo 6°-B (Atención de Quejas). [PCM, D. S. 101-2022-PCM, 16/8/2022] Leer más

Competencias compartidas | Las municipalidades asumirán tareas de formalización de la propiedad

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Este último sábado, el Poder Ejecutivo oficializó la Ley N.° 31560 con el objeto de otorgar competencias compartidas a las municipalidades provinciales y distritales para ejecutar el proceso de formalización de la propiedad informal y garantizar su cobertura. Esta ley modifica la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N.° 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. Según la norma publicada, las comunas, de acuerdo con su condición de provincial o distrital, asumirán las competencias y ejercerán funciones específicas en materias de zonificación, catastro urbano y rural, habilitación urbana y saneamiento físico legal de las posesiones informales. Luego, los municipios provinciales aprobarán la regulación en su jurisdicción respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización, así como del saneamiento de la propiedad predial, de cumplimiento de las municipalidades distritales sobre reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de posesiones informales. También promoverán la ejecución del reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de posesiones informales a cargo de las municipalidades distritales y, en forma subsidiaria, de las comunas provinciales. [PL, Ley 31560, 13/08/2022] Leer más