La Molina actualiza once procedimientos administrativos estandarizados de licencias de funcionamiento

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La Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM) aprueba la actualización de once procedimientos administrativos estandarizados relacionados con las licencias de funcionamiento y ocho derechos de trámite, igualmente vinculados, en atención a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 200-2020-PCM, conforme detalla la norma edil en su Anexo 01, la que se publica en el portal web de la entidad: www.munimolina.gob.pe y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano. [MDLM, D. de Alc. 001-2021/MDLM, 26/01/2021]

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Cambios en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Miraflores sobre las licencias de funcionamiento

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Para que la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) se adecue a las disposiciones del Decreto Supremo N° 200-2020-PCM, norma que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas, modifica su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por la Ordenanza N° 490/MM, y encarga a la Secretaría General que publique la presente ordenanza en el Diario Oficial «El Peruano» y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional (www.miraflores.gob.pe). [MM, Ord. 560/MM, 23/01/2021]

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Todo agente inmobiliario debe informar si el área común del complejo donde está el bien en venta tiene una carga o una servidumbre de paso

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Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. Es jurisprudencia uniforme en la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi el criterio que establece que el proveedor debe brindar toda la información relevante para que el consumidor pueda tomar una adecuada decisión de consumo, como, por ejemplo, si el inmueble tiene cargas o gravámenes que impiden el pleno goce de sus derechos sobre el bien. En este caso, el vendedor fue sancionado porque no informó que en las áreas comunes del complejo habitacional donde se encontraba el departamento de los denunciantes se había constituido una servidumbre de paso. En efecto y en palabras exactas de la instancia administrativa, «es necesario analizar si la constitución de una servidumbre de paso en las áreas comunes del complejo habitacional donde quedaba ubicado al departamento adquirido por los denunciantes, debió ser informado a éstos en la medida que dicha información podría haber modificado las expectativas que tenían sobre las condiciones del bien que recibirían» (sic).

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San Miguel dicta medidas para evitar el contagio de la COVID-19 cuando se realizan actividades físicas y recreativas

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Con una ordenanza la Municipalidad Distrital de San Miguel establece las medidas para prevenir el contagio y propagación de la COVID-19 durante la realización de actividades físicas y/o recreativas en complejos deportivos públicos y privados dentro del ámbito de su jurisdicción. Con ello garantiza el desarrollo de estas actividades bajo condiciones de respeto de la tranquilidad de los vecinos, observando normas de seguridad, orden, limpieza y la declaración del estado de emergencia nacional. Las medidas de bioseguridad que aprueba este documento para todas las actividades físicas y/o recreativas en los complejos deportivos públicos y privados son las siguientes:

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Produce dicta el nuevo reglamento de la ley de competitividad productiva

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El día de hoy el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó el nuevo reglamento de la Ley N.° 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva. Este nuevo texto, que consta de cuatro títulos, tres capítulos, treinta y siete artículos, una Disposición Complementaria Final y una Disposición Complementaria Transitoria, busca facilitar el desarrollo productivo y promueve la competitividad de las cadenas productivas bajo un enfoque descentralizado en zonas en las que la inversión privada sea insuficiente para lograr el desarrollo competitivo y sostenible de la cadena productiva.

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¿Pactar o no pactar? | Acordar la penalidad por la resolución de la compraventa justifica que no se devuelva la «cuota» por separación?

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Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. A juicio de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, cuando no se pacte una penalidad por resolución unilateral del contrato de compraventa u otro cargo que corra a cuenta del consumidor, la negativa para devolver el monto pagado por concepto de separación del inmueble es injustificada. Por el contrario, cuando las partes pacten una penalidad por resolución unilateral del contrato de compraventa u otro cargo a cuenta del consumidor, la negativa a la devolución del monto pagado por concepto de separación o primera cuota (cuota inicial) estará justificada. En este caso, por ejemplo, la Sala no encuentra en el expediente medio probatorio alguno que dé cuenta, siquiera a nivel indiciario, de lo alegado por la inmobiliaria, sobre que el denunciante aceptó la aplicación de una penalidad u otras condiciones, pues para ello era necesario verificar el contrato respectivo debidamente suscrito por el consumidor o, en todo caso, un reconocimiento expreso de la aceptación de la cláusula de penalidad. Sin esto, la inmobiliaria estaba impedida de oponer al señor (…) penalidades no pactadas o por sustraerse de su obligación de suscribir el contrato definitivo de compraventa. (Pres. Javier Eduardo Raymundo Villa García Vargas) [Indecopi, R. 0312-2019/SPC-Indecopi, 4/02/2019]

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justicia

Nuevo Régimen de Sanciones Administrativas (RAS) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de Chaclacayo

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Esta ordenanza oficializa el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo (MDCH). La norma, que deroga la Ordenanza N.° 411-MDCH, actualiza y adapta la aplicación del RAS y el CUIS de la comuna de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativos General, Ley N.° 27444, con la finalidad de no vulnerar el principio de legalidad y del debido procedimiento. [MDCH, Ord. 454-2020-MDCH, 15/1/2021]

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El Callao flexibiliza los trámites para otorgar las licencias y autorizaciones

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Con la finalidad de facilitar el desarrollo de las inversiones y contribuir con la reactivación de la economía peruana afectada por la pandemia de la COVID-19, la Municipalidad Provincial del Callao (MPC) ordenó modificar los procedimientos administrativos de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, contenidos en la Ordenanza Municipal N.° 026-2014, de acuerdo con el Anexo N° 01 que va adjunto al presente decreto de alcaldía. Esta decisión modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N.° 027-2014 y modificatorias, correspondiente a la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización. [MPC, D. de Alc. 06-2020-DA/MPC, 9/01/2021]

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Con la flamante «Ley Antimonopolio», ahora el Indecopi realizará el control previo de las fusiones

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El Congreso dictó la ley con la que establece un régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial con la finalidad de promover la competencia efectiva y la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores. Se encuentran comprendidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley: (1) los actos de concentración empresarial, conforme con los umbrales previstos en la presente ley, que produzcan efectos en todo o en parte del territorio nacional, incluyendo actos de concentración que se realicen en el extranjero y vinculen directa o indirectamente a agentes económicos que desarrollan actividades económicas en el país y (2) los agentes económicos que oferten o demanden bienes o servicios en el mercado y realicen actos de concentración que produzcan o puedan producir efectos anticompetitivos en todo o en parte del territorio nacional. Con la dación de esta norma, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) podrá evaluar y aprobar las fusiones empresariales que se produzcan en cualquiera de los sectores económicos del país, con ello prevendrá las afectaciones a la libre competencia, con el consecuente beneficio para los consumidores. La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi únicamente evaluará las operaciones de concentración que superen los umbrales de ventas y activos previstos en la norma: umbral conjunto: 118 000 UIT (equivalente a 150 millones de dólares) y umbral individual, por lo menos 18 000 UIT (equivalente a 23 millones de dólares). Además, la norma señala que, con base en la evaluación que se realice, la CLC podrá tomar tres decisiones: a) aprobar la fusión empresarial sin condiciones; b) aprobar la fusión empresarial con condiciones; c) denegar la fusión de las empresas. La norma modifica los artículos 2° (Funciones del Indecopi), 24 (De la Comisión de Defensa de la Libre Competencia) y 52 (Fuentes de financiamiento del Indecopi) del Decreto Legislativo N.° 1033, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Indecopi y el numeral 58.3 del artículo 58 (Formas de iniciación del procedimiento) del Decreto Legislativo N.° 1044, que aprueba la Ley de Represión de la Competencia Desleal. Incorpora, por otro lado, el numeral 18.4 al artículo 18 (Formas de iniciación del procedimiento) del Decreto Legislativo N.° 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Derogan la Ley N.° 26876, Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico, el Decreto de Urgencia N.° 013-2019, que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial, y el Decreto Legislativo N.° 1510, que modifica el Decreto de Urgencia 013-2019. [PL, Ley 31112, 7/01/2021]

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Nuevos horarios de funcionamiento para tiendas comerciales, industriales y servicios en el Rímac

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El día de ayer, la Municipalidad Distrital del Rímac dictó una ordenanza para regular el horario de funcionamiento de los locales autorizados en el distrito, norma que se aplicará tanto a las licencias de funcionamiento autorizadas como a las que se emitan a partir de hoy día lunes 21 de diciembre del 2020. Leer más