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Sustentada en la respuesta del Instituto Metropolitano de Planificación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), la Municipalidad Distrital de San Borja (MSB) dictó la ordenanza que modifica, a su vez, la Ordenanza N.° 491-MSB, que aprobó el «Reglamento de edificaciones y normas complementarias de la zonificación del distrito de San Borja», que ha sido ya modificada por las ordenanzas números 556-MSB, 600-MSB, 602-MSB y 637-MSB. De acuerdo con esta nueva modificación, se impone la obligatoriedad de edificar locales comerciales en los proyectos de conjuntos residenciales que se ubiquen en zonas residenciales, espacios que se destinarán exclusivamente para las actividades de bodegas, bazar, «minimarket» y farmacia/botica, con el objetivo de evitar los desplazamientos de la población hacia los centros comerciales y para evitar la congestión de las vías, aglomeración de personas y disminuir la contaminación por el uso de vehículos automotores; asimismo, se incluye la precisión sobre la subdivisión de lotes para lograr las áreas y frentes mínimos de acuerdo con las áreas diferenciadas.
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