El Perú ratifica el acuerdo con Corea sobre servicios aéreos

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Comisión por servicios de intermediación está gravada con el IVA y se discriminará en la factura electrónica de venta

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Actualizados los precios de referencia y derechos variables adicionales para el maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo

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Cupo anual de importación | Colombia anuncia alza de aranceles para vehículos híbridos

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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia dio a conocer un proyecto de decreto que derogaría del Decreto 1116 del 2017, que establece un cupo anual para la importación de vehículos híbridos con un arancel del 5 %. Esta medida buscaba incentivar el uso de fuentes móviles que reducían las emisiones contaminantes. Sin embargo, la implementación del decreto no ha producido los resultados esperados en términos de reducción de emisiones ni en el consumo de combustibles fósiles. La propuesta de derogación se fundamenta en que los vehículos híbridos, que funcionan con un motor de combustión interna y uno eléctrico, no han demostrado una disminución significativa en las emisiones contaminantes. Leer más

exportaciones

Movimientos comerciales | Chancay ingresa a la lista de puertos marítimos de atraque directo de primera categoría

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Texto de la adenda del Contrato de Concesión del Terminal Portuario Multipropósito de Salaverry

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La versión 5 del procedimiento de Transbordo DESPA-PG.11 regirá desde el próximo 18 de noviembre

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Edición Extraordinaria: la etapa final del drawback se posterga hasta julio del 2025

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Atención a las tablas de infracciones | El ingreso del terminal portuario Chancay modifica ampliamente la Ley General de Aduanas

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Como el «Terminal Portuario Multipropósito de Chancay» funcionará de manera integrada con otros puertos del país y con el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, como un «hub» logístico de la región, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) decidió simplificar las reglas aplicables al régimen de tránsito aduanero, en especial del terrestre, y potenciar los controles basados en la gestión del riesgo y el uso de tecnología de última generación. En esa línea, se modifican los artículos 116, 118, 120, 122, 123 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, que regulan lo relativo a la destinación al régimen de tránsito aduanero, la garantía exigible y los controles aplicables; así como, los artículos 150 y 151 del mismo cuerpo legal, para introducir precisiones respecto al traslado de mercancías a los almacenes aduaneros que se ubican fuera del terminal portuario o del terminal de carga aéreo o a los locales considerados zona primaria, a fin de simplificar el despacho aduanero, reducir los tiempos de atención y reforzar el control y la trazabilidad de la carga. Sin embargo, en tanto se implementen almacenes aduaneros dentro de la circunscripción de la Intendencia de Aduana de Chancay, se decide incorporar una disposición complementaria transitoria al Reglamento de la Ley General de Aduanas, para permitir a los almacenes aduaneros de la circunscripción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao la recepción de carga de la circunscripción aduanera de la Intendencia de Aduana de Chancay, sin necesidad de contar con un local en esta circunscripción. Luego, se modifica el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para permitir que la Administración Aduanera instale sistemas y dispositivos de control en los almacenes aduaneros. Por otro lado, el segundo párrafo del artículo 136 del Decreto Legislativo N.° 1053, Ley General de Aduanas, permite que las declaraciones numeradas bajo la modalidad de despacho anticipado sean rectificadas dentro del plazo de quince días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga sin la aplicación de multa, salvo en los casos establecidos en el reglamento; en ese contexto legal, se modifica el artículo 195 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para establecer otros casos en los que no se exima la aplicación de la sanción de multa que contempla el artículo 136 del referido reglamento, debido a su relevancia para la gestión de riesgo y el control aduanero. Leer más

Edición Extraordinaria: el Gobierno va tras la identificación de extranjeros y dicta nuevas medidas de control migratorio

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El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N.° 011-2024-IN con la intención de mejorar las condiciones para que la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) lleve a cabo su labor de identificación y control con el objeto de garantizar la seguridad y el orden público. Así, por ejemplo, una de las modificaciones es la creación del Código Único de Identificación de Extranjeros (CUE), que se asignará a cada extranjero al momento de su registro. Este código constituye un atributo esencial de la identidad digital del migrante que facilitará su identificación en documentos oficiales y procedimientos migratorios. Además, se establecerán requisitos claros sobre la información que debe contener la identidad digital, como nombres, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, y nacionalidad. Leer más