San Borja corrige el texto del Reglamento de Licencias y Autorizaciones Comerciales

La Municipalidad Distrital de San Borja (MDSB), mediante Oficio N.° 576-2023-MSB-OGSCM, dispuso la publicación de la fe de erratas de la Ordenanza N.° 707-2023-MSB, publicada en una Separata Especial del Diario Oficial «El Peruano» el día 8 de noviembre del 2023. La corrección recae sobre el artículo 29 (Compatibilidad de uso temporal). [MDSB, Fe de Erratas – Ord. 707-2023-MSB, 11/11/202] Leer más

Una corrección del MVCS: integra la comisión BIM el presidente ejecutivo, no el director ejecutivo

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) corrigió la Resolución Ministerial N.° 489-2023-Vivienda, publicada en la edición del día 10 de noviembre del 2023. Se trata de la norma que ordenó la creación de una comisión sectorial de naturaleza temporal denominada «Comisión BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, que tiene por objeto el seguimiento y la emisión de informes respecto de las acciones orientadas a la adopción e implementación de la metodología Building Information Modeling (BIM) en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento». Según esta corrección, el artículo 2° (Conformación de la comisión sectorial) debió decir «23. El/La presidente/a ejecutivo/a (…)». [MVCS, Fe de Erratas – R. M. 489-2023-Vivienda, 12/11/2023] Leer más

Las dos formas (larga y corta) para prescribir un bien deben superar los mismos requisitos

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La Corte Suprema (CS) explicó que el artículo 58 del Reglamento de la Ley N.° 28687, aprobado por el Decreto Supremo N.° 030-2008-Vivienda, en su versión primigenia, que es el Reglamento del Título I de la Ley N.° 28685, y en atención al artículo 950 del Código Civil, los pobladores del codemandado Asentamiento Humano (…) habían cumplido con las exigencias previstas en dicha normativa para que opere la prescripción adquisitiva a su favor respecto del inmueble bajo litigio. Leer más

En los interdictos, el demandante debe probar la posesión fáctica actual sobre el bien al momento de los hechos

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Cincuenta metros debe ser la distancia entre el surtidor o dispensador de una estación de servicios o grifo y un centro educativo

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La Corte Suprema (CS) confirma que se debe cumplir con lo dispuesto en artículo 11 del Reglamento de seguridad para establecimiento de venta al público de líquidos derivados de hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 054-93-EM, que establece la distancia mínima de cincuenta metros (50 m) desde un centro educativo al surtidor o dispensador, conexiones de entrada de los tanques y ventilaciones más cercanos de una estación de servicios o grifo, lo que deberá verificarse «in situ». Leer más

Solo hasta el 30 de noviembre | Jesús María lanza su programa «Actualiza tu predio y obtén grandes descuentos tributarios»

La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) lanzó un régimen de beneficio tributario para incentivar la regularización de las obligaciones tributarias generadas para aquellos contribuyentes que actualicen su declaración jurada sin requerimiento previo de Fiscalización Tributaria, también para las generadas como consecuencia de un proceso de fiscalización. La ordenanza aplica para los contribuyentes que deseen regularizar voluntariamente sus obligaciones tributarias, así como para aquellos que, como resultado del proceso de fiscalización tributaria, mantengan deudas por Impuesto Predial, arbitrios municipales y/o multas tributarias del presente ejercicio y/o años anteriores. Cabe indicar que los procedimientos de cobranza ordinaria y coactiva continuarán mientras la deuda materia de dicha cobranza no sea cancelada durante la vigencia de la presente ordenanza. Leer más

Comisión y Grupo de Trabajo BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento

El Gobierno aprobó la creación de la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, denominada «Comisión BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento», dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), que tiene por objeto el seguimiento y la emisión de informes sobre las acciones orientadas a la adopción e implementación de la metodología Building Information Modeling en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. La comisión sectorial tiene las siguientes funciones: Leer más

Cambios en la ficha y en el registro de la Ficha Técnica Ambiental para el Sector Saneamiento

La modificación realizada a los textos de los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, y 7° de la Resolución Ministerial N.° 036-2017-Vivienda, indica que los titulares de proyectos de inversión del Sector Saneamiento que no han iniciado su ejecución deben registrar la información de su proyecto en la Ficha Técnica Ambiental (FTA), conforme con el Anexo 1. Los proyectos de inversión del Sector Saneamiento no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental se detallan en el Anexo 2 de esta resolución ministerial. Los titulares de proyectos de inversión del sector deben registrar la información de las actividades en ejecución, paralizadas, así como en operación y mantenimiento en la FTA, conforme con el Anexo 3, según corresponda. Leer más

Según la Suprema, las marcas Kindle y Kimble pueden coexistir sin producir riesgo de confusión

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Al igual que en otros casos, la máxima instancia judicial explica que «[e]l hecho que entre las marcas que corresponden a una misma clase exista una similitud fonética no es suficiente para considerar que se podría ocasionar un riesgo de confusión o de asociación, pues se debe considerar también la falta de conexión competitiva o la inexistencia de riesgo de asociación, así como otros elementos diferenciadores» (sic). Leer más

¿Bien propio o bien social? | Existirá fecha cierta si el notario certifica que una minuta fue presentada y existía a determinada fecha

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En el presente caso, se pide el registro de la compraventa del predio que otorga la inmobiliaria a favor de la compradora. Para dicho efecto, se presenta -entre otra documentación- el parte notarial de la escritura pública de compraventa del 6 de setiembre del 2022 otorgada ante notario de Lima. Sin embargo, el registrador niega la inscripción, porque entiende que la certificación notarial de fecha 8 de mayo del 2023 expedida por el mismo notario de Lima, en la que certifica que la minuta fue ingresada a su despacho el 11 de agosto del 2006, no acredita la fecha cierta de la transferencia. En ese sentido, reitera que debe intervenir el cónyuge de la compradora, pues en la escritura pública del 6 de setiembre del 2022 ella comparece con el estado civil de casada, y de la revisión de la partida de matrimonio inserta en dicho instrumento público, se advierte que los cónyuges contrajeron nupcias el 16 de noviembre del 2018; entonces, se tiene que los bienes adquiridos a partir de dicha fecha corresponden a la sociedad conyugal en calidad de bien social, incluido el predio materia de compraventa en el presente título. La apelante sostiene que la minuta del contrato de compraventa es de fecha cierta anterior a la celebración del matrimonio; por lo tanto, el predio adquirido tiene la calidad de bien propio de la compradora. Leer más