No resulta suficiente que el menor refiera que quiere vivir con su padre para variar la tenencia y custodia

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Según da cuenta la Corte Suprema (CS), en este caso, no se ha podido establecer que el menor se encuentre en situación de vulnerabilidad, riesgo o abandono por parte de su progenitora. Así, pues, no resulta suficiente que el menor refiera quiera vivir con su padre. En los detalles de este caso, se tiene que la sala superior confirmó la apelada, «al señalar que se ha podido constatar que el menor se encuentra en mejores atenciones con la madre, puesto que en domicilio de su abuelos paternos, no reside su padre, sino que únicamente llega los fines de semana, por lo que los abuelos de avanzada edad no pueden hacerse cargo del menor, cuestión que si viene cumpliendo su madre, ya que se ven todos los días, le lava su ropa y le prepara sus alimentos. Leer más

Cuatro Áreas de No Admisión de Petitorios Mineros donde el Ingemmet realizará trabajos de prospección minera regional por el plazo de tres años

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El artículo 25 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N.º 014-92-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) puede autorizar áreas de no admisión de petitorios al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) por plazos máximos de cinco años calendario, con la finalidad de que dicha institución realice trabajos de prospección minera regional, respetando derechos adquiridos y áreas colindantes a las zonas arqueológicas del país. La misma norma establece que cada una de dichas áreas no podrá comprender más de trescientas mil (300 000) hectáreas. Bajo este marco, se oficializa el decreto supremo autoriza por un período de tres años las siguientes Áreas de No Admisión de Petitorio Minero (ANAP): Condori (4 400 hectáreas) (Arequipa); Intihuasi (3 100 hectáreas)(Huancavelica); Carumas (6 800 hectáreas) (Moquegua) y Coasa (9 600 hectáreas) (Puno). Leer más

El paso del ciclón Yaku posterga por treinta días el proceso de otorgamiento de los bonos habitacionales y el acceso al Programa Techo Propio

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Los múltiples informes dan cuenta de que la situación imprevisible de emergencia por las intensas lluvias producidas como consecuencia del ciclón Yaku en el Perú ha generado que el personal de las diversas municipalidades distritales y provinciales de las zonas bajo estado de emergencia dejen de atender sus labores cotidianas y se avoquen a la atención de las situaciones producidas por la emergencia. Esto impide, además, la movilización adecuada de las entidades técnicas y dificulta la obtención de la conformidad de obra emitida por la municipalidad para la liberación de garantías o para la recepción y remisión de documentos para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE). Leer más

Cincuenta y un bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias (BAE) serán otorgados en Cieneguilla

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En el marco del Decreto Supremo N.° 035-2023-PCM, que declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno, Tacna y de la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprueba la segunda convocatoria del año 2023 para el otorgamiento de cincuenta y un bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias (BAE), dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables a causa del deslizamiento de tierra producido por las intensas precipitaciones pluviales. Leer más

Las carreteras califican como una infraestructura de construcción y se deprecian a razón del 5 % anual

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Sobre la depreciación de los «edificios y construcciones», el Tribunal Fiscal (TF) señala que, si bien la definición de edificio precisa que se trata de una construcción dedicada a albergar distintas actividades humanas, ello no implica que una carretera, para efectos del Impuesto a la Renta, no pueda calificar, per se, como una construcción, al ser producto de una obra en la que se ha utilizado material de concreto y que tiene como finalidad ser utilizada para actividades humanas como el transporte. Leer más

CS: «lo determinante, desde el control del plazo, es si en una perspectiva normal y diligente se puede censurar la presencia de tiempos muertos en las investigaciones»

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En examen de legalidad de un auto que admite la prórroga por ocho meses del plazo de la investigación preparatoria (cfr., artículo 342, apartado 2, del Código Procesal Penal), la Corte Suprema (CS) cita lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Sentencia Genie Lacayo: «los criterios para determinar la razonabilidad del plazo de duración del proceso están en función a lo que denominó ‘análisis global del procedimiento’ [SCoIDH de 29 de enero de 1997]. Leer más

En casos de notificación electrónica, el plazo se computa a partir del tercer día hábil siguiente al ingreso de la casilla electrónica

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Si se cuenta con la notificación electrónica de una decisión judicial, para los fines de cómputo del plazo impugnatorio, el inicio será desde el primer día hábil siguiente al segundo día hábil en el que produce efectos la resolución desde la que se cursa la acotada notificación. De esta manera, por ejemplo, en el caso, la Corte Suprema (CS) determina que «la Resolución N.° 21, del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno, expedida por la Primera Sala de Apelaciones Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Ica, que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el recurrente (…), fue notificada electrónicamente (…) Leer más

En las hipotecas abiertas, no todas las obligaciones se encuentran detalladas en el titulo ejecutivo

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El derecho a la identidad no se concibe en favor de los padres, sino sobre el interés de los hijos

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La Corte Suprema (CS) recordó que el derecho a la identidad (impugnación de paternidad) es una institución jurídica concebida no en favor de los padres, sino en interés de los hijos, para que, a través de él, se cumpla con la obligación constitucional de asegurar su protección y desarrollo armónico e integral, y se garantice la vigencia de sus derechos, entre ellos, el derecho a tener una familia y a no ser separado de ella. Leer más

Lo trascendente en la colusión agravada es la verificación del resultado daño-afectación al patrimonio del Estado

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«La colusión agravada se produce con la defraudación patrimonial al Estado -es un delito de lesión, de resultado: lo ejecutado ha de importar un perjuicio para el Estado-, y si el acuerdo colusorio se ejecuta y solamente se genera un peligro concreto de afectación patrimonial al Estado, tal conducta se castiga como tentativa de colusión agravada [García Cavero, Percy: Ibidem, pp. 187, 192 y 195]» (sic). Con esta cita, la Corte Suprema (CS) entiende que «el tipo penal bajo análisis, se entenderá consumado, cuando a consecuencia de la concertación ilícita, afecte de manera cierta el patrimonio del Estado (…). Leer más