Las dos características de la denominada garantía sábana

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Edificio

Un departamento puede venderse por debajo del valor de mercado si se acreditan las características que lo hacen diferente

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Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Si bien la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se encuentra facultada a establecer reparos por subvaluación de bienes cuando hubiesen sido transferidos a un precio que está por debajo del valor de mercado; el Tribunal Fiscal (TF) recuerda que este valor de mercado es el que normalmente se obtiene en las operaciones onerosas que el contribuyente realiza con terceros en las mismas circunstancias económicas y de mercado en que se produjo la transacción a comparar, considerando las características de los inmuebles, así como las condiciones en la que esta se efectuó, tales como, términos contractuales, estrategias de negocios, entre otros. Así, fluye que es importante que las diferencias que existan entre las transacciones objeto de comparación no puedan afectar materialmente el precio del bien. Leer más

La transferencia de la propiedad de un vehículo automotor en su calidad de bien mueble se perfecciona con la tradición

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Para calificar una operación como retiro de bienes, la Sunat debe probar que hubo una transferencia de propiedad

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La recurrente del caso se dedica a la venta de papel higiénico, papel toalla y jabón líquido, que instala en dispensadores de su propiedad y entrega en comodato (préstamo) a sus clientes. Por error, la recurrente gravó con el IGV esta entrega al considerarla «retiro de bienes» y la facturó como una «transferencia gratuita»; al advertir su error, la empresa presentó declaraciones rectificatorias. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) calificó como retiro la entrega de los dispensadores por parte de la recurrente sustentándose en lo señalado en las facturas emitidas en las que se consignó que la transferencia era gratuita y que el IGV lo asumía la recurrente. Leer más

Las reglas del redondeo rigen perfectamente en la sumatoria de cuotas ideales representadas por números con decimales

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. En el presente caso, se solicita la inscripción de la donación de cuotas ideales sobre el predio inscrito. El registrador a cargo de la calificación observó el título y señaló que, revisada la escritura pública de donación, se desprende que cada donante adquiere una cuota del 14,2857 % del predio, cuotas que multiplicadas por siete resultan en 99,9999 % y no el 100 %, y que esta situación tendrá que ser aclarada a través de otra escritura pública, con la comparecencia de todas las partes intervinientes en el contrato. El Tribunal Registral (TR), por su parte, da por cierta la observación del registrador; no obstante, señala «de la comparación de dichos porcentajes, se aprecia que se ha aplicado las reglas de redondeo (reglas que nuestro ordenamiento recoge, por ejemplo, para las obligaciones tributarias). Redondear un número quiere decir reducir el número de cifras manteniendo un valor parecido. En otras palabras, redondear es el proceso mediante el cual se eliminan decimales poco significativos a un número decimal» (sic). Las reglas del redondeo se aplican al decimal situado en la siguiente posición al número de decimales que se quiere transformar. Si el dígito es menor que cinco el anterior no se modifica. Si el siguiente decimal es mayor o igual que cinco, el anterior se incrementa en una unidad. Leer más

Fin de año, fin de las deudas… | La amnistía general tributaria en Surquillo será hasta el 23 de diciembre del 2022

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Hasta el día 23 de diciembre del 2022 mantendrá su vigencia la Ordenanza N.° 517-MDS, que aprobó el beneficio tributario denominado «Amnistía general tributaria: por fin… de año!!!!». La Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) se encargarán del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía. [MDS, D. de Alc. 021-2022-MDS, 6/12/2022] Leer más

Hasta el 29 de diciembre, vecinos de La Perla podrán acceder a la condonación y descuentos en sus deudas tributarias y administrativas

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La Municipalidad Distrital de La Perla brinda beneficios para los contribuyentes y administrados del distrito para el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, las que, de acuerdo con la presente ordenanza, implican:

  1. Pago al contado

1.1 Impuesto Predial: por el pago anual del ejercicio 2022, se condonará el 100 % de los intereses moratorios.

1.2 Arbitrios municipales: por el pago de cada ejercicio fiscal adeudado, ya sea de manera anual o mensual, se condonará el 100 % de los intereses moratorios. Adicionalmente, tendrán un descuento en el monto insoluto de los arbitrios municipales en cada ejercicio fiscal los contribuyentes y/o administrados que no registren deudas tributarias pendientes de pago del Impuesto Predial 2022; de acuerdo con el detalle que ofrece la norma.

1.3 Fraccionamiento: por el pago único y al contado de todas las cuotas pendientes por cancelar, se condonará el 100 % de los intereses moratorios.

1.4 Sanciones tributarias: las multas tributarias tendrán una condonación del 100 % de los intereses moratorios, adicionalmente, tendrán un descuento del monto de la multa de manera escalonada del 90 %, 80 % y 50 %.

1.5 Multas administrativas: tendrán una condonación del 100 % de intereses moratorios, adicionalmente tendrán un descuento del monto de la multa de manera escalonada del 90 %, 80 % y 50 %. Leer más

Para fijar los costos del proceso, también debe tomarse en cuenta si se acreditó o no el pago de tributos

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En reiterada jurisprudencia, el Tribunal Constitucional (TC) (Cfr., Expediente N.° 735-2014-PA/TC) ha establecido que, en cuanto al pago de los costos, conviene recordar que en la resolución emitida en el Exp. N.° 00052-2010-PA/TC se establecieron dos reglas, a saber: «a. La primera regla se aplica cuando no se ha demostrado el pago del Impuesto a la Renta y consiste en que para determinar el monto de los honorarios no sólo debe valorarse la razón del tiempo y la participación de los abogados, sino que también deben tenerse presente otros criterios relevantes, tales como el éxito obtenido y su trascendencia, la novedad o dificultad de la cuestión debatida, y si los servicios profesionales fueron aislados, fijos o constantes. b. La segunda regla se aplica cuando el juez de ejecución requiere el pago del Impuesto a la Renta o en autos se encuentra probado que este impuesto ha sido pagado y consiste en que sí se abonó el impuesto referido por el servicio profesional prestado, no resulta razonable que el juez regule el monto de los costos, pues justamente el pago del Impuesto a la Renta tiene como base imponible el monto pactado de los costos (servicios profesionales) que se reclama. Leer más

El servicio de «outplacement» será deducible si forma parte de los beneficios contenidos en el convenio de extinción del vínculo laboral

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Tercero que no participó en el proceso y al que le reflejan directamente los efectos de la sentencia puede plantear la nulidad de cosa juzgada fraudulenta

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