MVCS modifica los valores excepcionales del bono familiar habitacional para la modalidad de adquisición de vivienda nueva para familias de Cantagallo

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el artículo 6° (Valores excepcionales del BFH y del ahorro) del Reglamento operativo para acceder al bono familiar habitacional para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 313-2020-Vivienda. Y dispone que, como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto Supremo N.° 008-2020-SA y sus prórrogas, y el estado de emergencia nacional declarado por el Decreto Supremo N.° 184-2020-PCM y sus prórrogas, el valor especial del BFH en la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva es de 8,75 UIT para la vivienda de interés social (VIS) en lote unifamiliar y la VIS en edificio multifamiliar/conjunto residencial/quinta, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2022. El ministerio prorroga, además, hasta el 31 de diciembre del 2022, la vigencia de la convocatoria excepcional para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva para 238 familias pertenecientes al pueblo indígena u originario Shipibo-Konibo asentadas en la zona denominada Cantagallo, en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, para otorgar igual número de bonos, disposición aprobada mediante la Resolución Ministerial N.° 201-2021-Vivienda. [MVCS, R. M. 397-2021-Vivienda, 24/12/2021] Leer más

SAT: los formatos de actas de control homologadas como actas de fiscalización servirán también para el control del transporte de carga y/o mercancías

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La baja imposición de actas de fiscalización sobre el servicio de transporte que regula la Ordenanza N.° 1693, al aplicarse únicamente en el Cercado de Lima, y en la medida que no se cuenta con actas para las acciones de fiscalización sobre el servicio de transporte que reglamenta la Ordenanza N.° 1682, que regula la prestación del servicio de transporte de carga y/o mercancías en la provincia de Lima Metropolitana; el Servicio de Administración Tributaria (SAT) autoriza, hasta agotar la reserva existente, la utilización de los formatos de las actas de control homologadas como actas de fiscalización por la Resolución Jefatural N.° 001-004-00004656 en el servicio de transporte de carga y/o mercancías que regula la Ordenanza N.° 1682. Sobre ello, es la Subgerencia de Fiscalización del Tránsito, Transporte de Carga y Vehículos Menores de la Gerencia de Movilidad Urbana de la MML la responsable de que los citados documentos contengan los requisitos de validez que establecen el artículo 40 de la Ordenanza N.° 1682 y el artículo 6° del «Reglamento del procedimiento administrativo sancionador especial de tramitación sumaria en materia de transporte y tránsito terrestre, y sus servicios complementarios». [SAT, R. J. 001-004-00004719, 24/12/2021] Leer más

Construcción

MML y municipalidades distritales deberán cumplir con estas normas para prevenir y controlar de la contaminación sonora

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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) establece el marco normativo aplicable para las acciones de prevención y control de la contaminación sonora causante de impactos negativos al ambiente y a la población, que se genera como consecuencia del desarrollo de actividades comerciales, de servicios y actividades domésticas dentro del ámbito territorial de la provincia de Lima. Con estas normas la institución busca garantizar un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el óptimo desarrollo de la vida de los habitantes. Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza se aplican en toda la provincia de Lima; y son de cumplimiento obligatorio para la MML y para las municipalidades distritales; así como para las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado. Finalmente, esta norma deroga la Ordenanza N.° 1965. [MML, Ord. 2419-2021, 24/12/2021] Leer más

MML aprueba su Plan de acción para la prevención y control de la contaminación sonora 2021-2025

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La Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el Plan de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora de la Provincia de Lima (2021-2025) y lo publica en su portal institucional: www.munlima.gob.pe y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe[MML, Ord. 2420-2021, 24/12/2021] Leer más

Vivienda incluye un nuevo indicador de brechas del sector para aplicarlo en la fase de Programación Multianual de Inversiones

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El artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 035-2019-Vivienda, que aprobó los indicadores de brechas del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para que se apliquen en la fase de Programación Multianual de Inversiones de los tres niveles de gobierno, es modificado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para actualizar seis de estos indicadores (referidos, entre otros, a los porcentajes de población urbana o rural sin acceso a servicios de agua potable, alcantarillado u otras formas de disposición sanitaria de excretas), e incorporar uno nuevo. [MVCS, R. M. 396-2021-Vivienda, 23/12/2021] Leer más

Tarjeta

Empresas del sistema financiero podrán financiar créditos Mivivienda con o sin financiamiento del FMV

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el literal c) del numeral 2.1 del artículo 2° del Reglamento de la Ley N.° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2015-Vivienda, correspondiente a la definición del «Crédito Mivivienda» a solicitud del Fondo Mivivienda, que fundamenta su pedido con el siguiente texto: «..la tasa de interés para créditos hipotecarios otorgados con recursos propios por la banca múltiple entre abril de 2020 y abril de 2021 se ha reducido de 6,77 % a 5,88 %, debido a que a partir del estado de emergencia nacional declarado para evitar la propagación de la COVID-19, la banca múltiple está ofreciendo tasas cada vez más bajas, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Banco Central de Reserva del Perú en materia de política monetaria, tales como la reducción de la tasa de referencia en abril de 2020 e inyección de liquidez al sistema financiero mediante el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos, denominado Programa Reactiva Perú; sin embargo, la tasa de interés para créditos Mivivienda otorgados por la mencionada banca entre abril de 2020 y abril de 2021 ascendió de 7,95 % a 8,29 %, lo cual representó un incremento de 0,34 % en dicho periodo, y al mes de julio ascendió a 8,50 %;» (sic). El cambio permitirá a las empresas del sistema financiar dichos créditos con un financiamiento distinto al efectuado por el Fondo Mivivienda S.A. (FMV) e impulsar el financiamiento de viviendas de la población que califica a un Crédito Mivivienda y que es beneficiaria del BBP, dinamizar el mercado de créditos hipotecarios al incorporar una nueva alternativa de financiamiento y favorecer a la población que accederá a créditos con menores tasas de interés. [MVCS, D. S. 017-2021-Vivienda, 23/12/2021] Leer más

Municipalidad Provincial del Callao y municipalidades distritales de Carabayllo y San Luis aprueban sus regímenes tributarios para el 2022

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La Municipalidad Provincial del Callao, con la Ordenanza N.° 013-2021 (que incluye un informe técnico), aprueba el Régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido y baldeo de calles recolección de residuos sólidos) parques jardines y Serenazgo para el ejercicio 2022, esto bajo lo dispuesto por el artículo 69-B del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Tributación Municipal. También aprueba las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales y establece un descuento del 10 % para los contribuyentes que realicen el pago total de los arbitrios. Por su parte, la Municipalidad Distrital de Carabayllo (MDC) emite, en una separata especial del diario oficial, la Ordenanza N.° 458-MDC y el Acuerdo N.° 439, con la que establece la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y Serenazgo, aplicados el año 2021 con el reajuste del Índice de Precios al Consumidor para el ejercicio 2022. Finalmente, y también en una separata especial, la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL) publica la Ordenanza N.° 319-2021-MDSL/C y el Acuerdo N.° 428-MML, con la que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines, y Serenazgo para el periodo 2022. [MPC, Ord. 013-2021, Ord. 458-MDC y Ac. 439, Ord. 319-2021-MDSL/C y Ac. 428-MML. 23/12/2021] Leer más

Sunarp viabiliza la expedición de certificados compendiosos a través de su agente automatizado

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) modifica los artículos 131 (Clases de certificados y denegatoria de expedición de copia literal), 133 (Forma de los certificados) y 137 (Plazo para expedir certificados) del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución N.° 126-2012-Sunarp/SN. Asimismo, modifica los artículos 2° (Glosario de términos), 16 (Formas de publicidad formal certificada), 41 (Publicidad formal con solicitud verbal y atención inmediata), 61 (Publicidad formal certificada), 62 (Procedimiento de publicidad formal certificada), 64 (Observación o pago del derecho registral del certificado), 112 (Certificado de vigencia de persona natural) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, aprobado por la Resolución N.° 281-2015-Sunarp/SN, al que incorpora, además, la Duodécima Disposición Complementaria, Transitoria y Final. Con estos cambios la Superintendencia viabiliza la expedición de certificados compendiosos al emplear el certificado digital de persona jurídica a través de su agente automatizado, además de sistematizar y actualizar las disposiciones del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral. [Sunarp, R. 198-2021-Sunarp/SN, 22/12/2021] Leer más

Una municipalidad distrital no puede establecer zonificaciones o niveles de uso menores a los permitidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara como barrera burocrática ilegal el impedimento de operar como farmacia en los predios de la urbanización Papa Juan XXIII ubicado en la Avenida Angamos Este, dentro de la Zona de Regulación Especial 2 del distrito de San Borja. Este impedimento se materializa en el Código CIIU G.52.3.1.01 del Anexo 02 de la Ordenanza 1591, que aprobó la modificación de la reglamentación de los parámetros urbanísticos y edificatorios y el índice de usos para la ubicación de actividades urbanas en zonas de reglamentación especial del distrito de San Borja. De acuerdo con la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas se verifica que esta norma vulnera lo previsto en el artículo 21 de la Ordenanza N.° 1862 (que regula el proceso de planificación del desarrollo territorial urbano del Área Metropolitana de Lima y que prohíbe establecer zonificaciones o niveles de uso menores a los anteriormente permitido), pues en la zonificación y usos que establece la Ordenanza N.° 1429 se permitía el uso de farmacias en la zona referida, por lo que la proscripción implica una disminución. [Indecopi, R. 0672-2021/SEL-Indecopi, 22/12/2021] Leer más

Indecopi declara barreras burocráticas varios procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera relacionados con la licencia de edificación y de habilitación urbana

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara que constituyen barrera burocrática ilegal diversos artículos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por la Ordenanza Municipal N.° 015-2016-MDVLH, relacionados con el trámite de las licencias de edificación y de habilitación urbana, pues, entre otras, la exigencia de presentar el Certificado de Factibilidad de Servicios original que prevé para los procedimientos 17, 18, 28, 29, 30, 31 y 32 del TUPA contraviene lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 49 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS), al obligar a las entidades, para el cumplimiento de los requisitos correspondientes a todos los procedimientos administrativos, a recibir copias simples en reemplazo de los documentos originales o copias legalizadas notarialmente acompañadas de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. Leer más