Jesús María ofrece beneficios tributarios y no tributarios para reducir el impacto económico generado durante el estado de emergencia entre los contribuyentes

Con beneficios de carácter tributario y no tributario, la Municipalidad Distrital de Jesús María facilita entre los contribuyentes del distrito el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias y no tributarias y con ello se pueda reducir el impacto económico que les podrían generar las medidas extraordinarias adoptadas durante el estado de emergencia nacional declarado por el Gobierno nacional contra el avance de la COVID-19. El beneficio rige mañana sábado 23 de junio y tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2020; vencido este plazo, la administración procederá a cobrar el íntegro de la obligación tributaria y no tributaria, reajustada a la fecha de pago. Leer más

Municipalidad de Magdalena publica anexo de la ordenanza que reglamenta el servicio de transporte para entrega de productos con vehículos menores

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Independencia establece beneficios tributarios y no tributarios ante el estado de emergencia nacional por la COVID-19

La Municipalidad Distrital de Independencia condonará el 100% de los intereses, reajustes y moras hasta el 31 de agosto del 2020, cuando se trate del pago parcial o total de las deudas tributarias anteriores al ejercicio 2020 consistentes en Impuesto Predial y arbitrios municipales, ya sea que se encuentren en la vía ordinaria o en la vía coactiva. Asimismo, aprueba que se condone el 100% del monto insoluto de las deudas generadas por concepto de arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2011 y anteriores, siempre y cuando se pague el total de la deuda pendiente ya sea que se encuentre en la vía ordinaria o en la vía coactiva. También condonará el 100% de los intereses, reajustes y moras hasta el 31 de agosto del 2020, para el pago parcial o total de las obligaciones tributarias pendientes de pago, provenientes de un proceso de fiscalización tributaria para las resoluciones de determinación y resoluciones de sanción que se encuentren en la vía coactiva. De optar por el pago total de de este último concepto, se condonará el pago de la multa tributaria generada. Por otro lado, la municipalidad aprueba la condonación del 80% de los intereses, reajustes y moras hasta el 31 de agosto del 2020 para el pago fraccionado de las deudas tributarias vencidas o no, que se encuentren en la vía coactiva, hasta en 12 cuotas y del 100% de los intereses, reajustes y moras hasta el 31 de agosto del 2020, para el pago total de las cuotas de los fraccionamientos, así como del total de gastos y costas procesales del procedimiento de cobranza coactiva. [MDI, Ord. 000413-2020-MDI, 18/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 19/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Miraflores ofrecerá beneficios tributarios a empresas turísticas

Miraflores es uno de los principales centros turísticos de nuestro país, por lo que ve con preocupación la paralización del sector turismo. Esta inquietud lleva al alcalde del distrito a tomar algunas medidas que permitan reactivar las empresas dedicadas a este rubro que operan en la comuna. Los beneficios planteados son, entre otros, el beneficio tributario, el descuento del 10% de los arbitrios y la reducción del 90% de las multas administrativas. [MM, Noticia – MM (Turismo), 15/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 17/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Nuevo protocolo de la Sunafil para la inspección del trabajo en el marco de la emergencia nacional por coronavirus

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) aprueba el Protocolo N° 005-2020-Sunafil/INII, denominado «Protocolo sobre el ejercicio de la inspección del trabajo, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria y nacional por las graves circunstancias que afectan las actividades laborales y económicas a consecuencia del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional».

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24 nuevas faltas se incorporan al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja

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San Borja dicta medidas estratégicas para impulsar la reactivación comercial del distrito

La Municipalidad Distrital de San Borja establece medidas para impulsar la reactivación comercial del distrito luego de la afectación ocasionada por la pandemia de la COVID-19. En este sentido, establece procedimientos no presenciales para obtener la licencia de funcionamiento y las autorizaciones más rápidamente, así como flexibilizar las condiciones para el desarrollo de la actividad comercial en el distrito. La norma se aplica obligatoriamente y alcanza a todas las personas naturales y jurídicas que ejercen o deseen ejercer actividades comerciales en el distrito de San Borja.

La norma establece que podrán tramitarse vía correo electrónico las siguientes solicitudes:

  1. Licencia de funcionamiento para las edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo o medio, sujeto a aprobación automática.
  2. Ampliación de área del establecimiento comercial.
  3. Licencia de funcionamiento temporal gratuita.
  4. Autorización temporal de área de estacionamiento.
  5. Autorización temporal de área pública.
  6. Autorización temporal para instalación banderolas.
  7. Autorización temporal para instalación de toldos y sombrillas. [MSB, Ord. 646-MSB, 16/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 17/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

La Victoria establece régimen de incentivos y beneficios tributarios para el pago de tributos municipales

En el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, la Municipalidad Distrital de La Victoria establece el régimen de incentivos y beneficios tributarios para el pago de tributos municipales en su jurisdicción aplicable a todos los contribuyentes que tengan deudas pendientes por los siguientes conceptos: Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias y convenios de fraccionamiento.
Los beneficios son los siguientes:
1. Pago total del Impuesto Predial
Para acogerse al presente beneficio, el deudor tributario previamente deberá cumplir con pagar el total del Impuesto Predial 2020, debidamente determinado, hasta el 30 de junio. El beneficio de condonación se realizará de acuerdo con lo que detalla la norma.
2. Pago parcial del Impuesto Predial
El pago del Impuesto Predial se puede realizar en una sola cuota o en su defecto se divide en cuatro trimestres de acuerdo con la fecha de vencimiento en la que se realiza hasta el último día hábil de los meses de: febrero, mayo, agosto y noviembre. Para acogerse  se debe realizar el pago trimestral del Impuesto Predial 2020 debidamente determinado en el cronograma que indica la ordenanza, que entrará en vigencia desde mañana hasta el vencimiento establecido en el cronograma por trimestre indicado en el artículo 3°. [MLV, Ord. 341/MLV, 15/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 16/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Contribuyentes de La Victoria sancionados con una multa administrativa que se encuentre en vía ordinaria y/o coactiva podrán acceder a beneficios

Los contribuyentes del distrito de La Victoria que hayan sido sancionados con una multa administrativa que se encuentre en vía ordinaria y/o coactiva, podrán acceder a los siguientes beneficios:

1) Descuentos del 100% del interés moratorio, gastos administrativos y costas coactivas.

2) Un descuento del valor total de la multa impuesta o del saldo que quedase, de acuerdo con el cuadro adjunto en la norma.

Los citados beneficios estarán vigentes hasta el 31 de julio del 2020; posteriormente se cobrará la totalidad de las obligaciones pendientes acotando los intereses y reajustes respectivos y la comunicación de la deuda pendiente de pago a las centrales de riesgo. [MLV, Ord. 342/MLV, 15/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 16/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Hasta el 30 de junio contribuyentes de La Molina podrán pagar obligaciones de Impuesto Predial y arbitrios anteriores al 2020 sin intereses ni sanciones

La Municipalidad Distrital de La Molina prorroga hasta el 30 de junio del 2020 el plazo establecido en el artículo segundo de la Ordenanza N° 400/MDLM, que aprobó la condonación de intereses moratorios y sanciones respecto de las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto Predial y arbitrios municipales correspondientes a ejercicios anteriores al año fiscal 2020, que se encuentren pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la ordenanza hasta el 15 de mayo del 2020, por lo que se puede realizar su cancelación total o parcial sin intereses moratorios ni sanciones. [MDLM, D. de Alc. 004-2020/MDLM, 14/06/2020]

Ficha:
Vigencia: 15/06/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.