Jesús María dicta reglas para la notificación vía buzón electrónico de los actos emitidos por la administración tributaria

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La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) pone a disposición de los administrados la funcionalidad tecnológica de los buzones electrónicos; en este sentido, emite una ordenanza que aprueba el «Reglamento que regula el procedimiento de la notificación vía buzón electrónico de los actos emitidos por la administración tributaria dirigida a los contribuyentes de la jurisdicción», texto que publica en su portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe. Deja sin efecto, por otro lado, el reglamento que regula el procedimiento de la notificación electrónica anterior, aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N.° 015-2020. [MDJM, D. de Alc. 015-2021-MDJM, 25/12/2021] Leer más

SAT: los formatos de actas de control homologadas como actas de fiscalización servirán también para el control del transporte de carga y/o mercancías

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La baja imposición de actas de fiscalización sobre el servicio de transporte que regula la Ordenanza N.° 1693, al aplicarse únicamente en el Cercado de Lima, y en la medida que no se cuenta con actas para las acciones de fiscalización sobre el servicio de transporte que reglamenta la Ordenanza N.° 1682, que regula la prestación del servicio de transporte de carga y/o mercancías en la provincia de Lima Metropolitana; el Servicio de Administración Tributaria (SAT) autoriza, hasta agotar la reserva existente, la utilización de los formatos de las actas de control homologadas como actas de fiscalización por la Resolución Jefatural N.° 001-004-00004656 en el servicio de transporte de carga y/o mercancías que regula la Ordenanza N.° 1682. Sobre ello, es la Subgerencia de Fiscalización del Tránsito, Transporte de Carga y Vehículos Menores de la Gerencia de Movilidad Urbana de la MML la responsable de que los citados documentos contengan los requisitos de validez que establecen el artículo 40 de la Ordenanza N.° 1682 y el artículo 6° del «Reglamento del procedimiento administrativo sancionador especial de tramitación sumaria en materia de transporte y tránsito terrestre, y sus servicios complementarios». [SAT, R. J. 001-004-00004719, 24/12/2021] Leer más

Tarjeta

Empresas del sistema financiero podrán financiar créditos Mivivienda con o sin financiamiento del FMV

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el literal c) del numeral 2.1 del artículo 2° del Reglamento de la Ley N.° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2015-Vivienda, correspondiente a la definición del «Crédito Mivivienda» a solicitud del Fondo Mivivienda, que fundamenta su pedido con el siguiente texto: «..la tasa de interés para créditos hipotecarios otorgados con recursos propios por la banca múltiple entre abril de 2020 y abril de 2021 se ha reducido de 6,77 % a 5,88 %, debido a que a partir del estado de emergencia nacional declarado para evitar la propagación de la COVID-19, la banca múltiple está ofreciendo tasas cada vez más bajas, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Banco Central de Reserva del Perú en materia de política monetaria, tales como la reducción de la tasa de referencia en abril de 2020 e inyección de liquidez al sistema financiero mediante el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos, denominado Programa Reactiva Perú; sin embargo, la tasa de interés para créditos Mivivienda otorgados por la mencionada banca entre abril de 2020 y abril de 2021 ascendió de 7,95 % a 8,29 %, lo cual representó un incremento de 0,34 % en dicho periodo, y al mes de julio ascendió a 8,50 %;» (sic). El cambio permitirá a las empresas del sistema financiar dichos créditos con un financiamiento distinto al efectuado por el Fondo Mivivienda S.A. (FMV) e impulsar el financiamiento de viviendas de la población que califica a un Crédito Mivivienda y que es beneficiaria del BBP, dinamizar el mercado de créditos hipotecarios al incorporar una nueva alternativa de financiamiento y favorecer a la población que accederá a créditos con menores tasas de interés. [MVCS, D. S. 017-2021-Vivienda, 23/12/2021] Leer más

Municipalidad Provincial del Callao y municipalidades distritales de Carabayllo y San Luis aprueban sus regímenes tributarios para el 2022

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La Municipalidad Provincial del Callao, con la Ordenanza N.° 013-2021 (que incluye un informe técnico), aprueba el Régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido y baldeo de calles recolección de residuos sólidos) parques jardines y Serenazgo para el ejercicio 2022, esto bajo lo dispuesto por el artículo 69-B del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Tributación Municipal. También aprueba las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales y establece un descuento del 10 % para los contribuyentes que realicen el pago total de los arbitrios. Por su parte, la Municipalidad Distrital de Carabayllo (MDC) emite, en una separata especial del diario oficial, la Ordenanza N.° 458-MDC y el Acuerdo N.° 439, con la que establece la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y Serenazgo, aplicados el año 2021 con el reajuste del Índice de Precios al Consumidor para el ejercicio 2022. Finalmente, y también en una separata especial, la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL) publica la Ordenanza N.° 319-2021-MDSL/C y el Acuerdo N.° 428-MML, con la que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines, y Serenazgo para el periodo 2022. [MPC, Ord. 013-2021, Ord. 458-MDC y Ac. 439, Ord. 319-2021-MDSL/C y Ac. 428-MML. 23/12/2021] Leer más

Municipalidades de Lima, Barranco y Surquillo aprueban sus regímenes tributarios para el 2022

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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) establece, con la Ord. 2417-2021 y su anexo, los montos de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y serenazgo correspondientes al ejercicio 2022. Y como incentivo, dispone un descuento del 5 % sobre el importe total de los arbitrios para aquellos contribuyentes que opten por el pago total de las cuatro cuotas trimestrales del ejercicio 2022 dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre y de forma presencial en las oficinas del Sistema de Administración Tributaria de Lima (SAT). También descontará el 10 % sobre el importe total cuando el pago se realice bajo una modalidad distinta a la presencial en las oficinas del SAT. Esta ordenanza también fija las fechas de vencimiento para el pago de arbitrios municipales al contado y por cuotas trimestrales. Por otro lado, la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB), mediante la Ordenanza N.° 560-2021-MDB y el Acuerdo N.° 411-MML (y su anexo), prorroga para el ejercicio 2022 los costos y tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo aprobados para el ejercicio 2021. Finalmente, la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) publica la Ordenanza N.° 491-MDS y el Acuerdo N.° 441-MML (y su anexo) para aprobar el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública, recolección de residuos sólidos y barridos de calles, parques y jardines y serenazgo para el año 2022. [MML, Ord. 2417-2021, Ord. 560-2021-MDB (Anexo), Ord. 491-MDS y Ac. 411-MML (Anexo), 22/12/2021] Leer más

San Miguel fija para el ejercicio fiscal 2022 las mismas tasas de arbitrios municipales aplicables en el 2020

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La Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM) fija para el ejercicio fiscal 2022, las mismas tasas de arbitrios municipales determinados para el ejercicio fiscal 2020, aprobadas mediante la Ordenanza N.° 394/MDSM, de manera tal que no se incrementen las tasas de arbitrios municipales aprobadas mediante la Ordenanza N.° 422/MDSM, y facilitar, con ello, el cumplimiento oportuno en el pago de sus obligaciones tributarias. [MDSM, Ord. 451/MDSM, 21/12/2021] Leer más

San Miguel mantendrá en el 2022 el costo de S/ 5,40 por el pago del derecho de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio

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La Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM) emite la ordenanza que prorroga para el ejercicio 2022, la vigencia de los montos por derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, fijados mediante la Ordenanza N° 396/MDSM ratificada por el Acuerdo de Concejo N° 342/MML. En este sentido, para el ejercicio 2021 se fija en S/ 5,40 el monto para el concepto de derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, correspondiendo S/ 0,90 por cada predio adicional, tal como lo establece la Ordenanza N.° 396/MDSM. [MDSM, Ord. 448/MDSM, 21/12/2021] Leer más

La Molina extiende hasta el 30 de diciembre los descuentos para el pago del Impuesto Predial y arbitrios

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Ante la respuesta positiva de los contribuyentes que accedieron a los beneficios tributarios otorgados a través de la Ordenanza N.° 418/MDLM, y dada la proximidad del plazo de vencimiento establecido para la norma precitada, la Municipalidad Distrital de La Molina prorroga hasta el día 30 de diciembre del 2021 el plazo que estipula el artículo sexto de la Ordenanza N.° 418/MDLM, prorrogado, además, mediante el Decreto de Alcaldía N.° 010-2021/MDLM. [MDLM, D. de Alc. 011-2021/MDLM, 21/12/2021] Leer más

Lince ofrece descontar el 12 % por el pago anual de arbitrios municipales

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La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) establece que el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2022 es el 0,6 % de la UIT vigente para el ejercicio 2022. Aprueba, además, las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales, y establece un descuento del 12 % para los arbitrios municipales del ejercicio 2022, si los contribuyentes cumplen con el pago anual correspondiente a los arbitrios del mismo ejercicio, dentro del plazo establecido para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial. Asimismo, un descuento del 8 % sobre los arbitrios municipales del ejercicio 2022 si cumplen con el pago semestral correspondiente al mismo ejercicio dentro del plazo establecido para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial; además, un descuento del 8 % sobre los arbitrios municipales del ejercicio 2022 si se cumple con el pago semestral correspondiente al mismo ejercicio dentro del plazo establecido para el pago de la sétima cuota de los arbitrios municipales. [MDL, Ord. 465-2021-MDL, 19/12/2021] Leer más

Jesús María mantiene para el 2022 en S/ 6,74 el derecho por emisión mecanizada del Impuesto Predial y arbitrios

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La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) prorroga para el ejercicio 2022 la vigencia de la Ordenanza N.° 601-MDJM, ratificada mediante el Acuerdo de Concejo N.° 366-MML, que establece el monto para la emisión mecanizada que comprende la actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y arbitrios municipales 2020, en S/ 6,94 por un predio y S/ 2,40 por cada predio adicional, valor que debe abonarlo el obligado en el pago de la primera cuota del Impuesto Predial. La presente ordenanza se publica en el portal institucional de la municipalidad www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe[MDJM, Ord. 652-MSB, 19/12/2021] Leer más